La Defensoría del Público elaboró una serie de sugerencias para facilitar la labor periodística y de las autoridades involucradas en los comicios de informar a la ciudadanía para un correcto desarrollo del proceso eleccionario.

Los servicios de comunicación audiovisual tienen un rol central en la difusión de los temas electorales, informando sobre los principales acontecimientos, plataformas, políticas y propuestas de los partidos, las personas que son candidatas a cargos públicos, y los resultados de los comicios en las distintas jurisdicciones. Sólo cuando el electorado se encuentra debidamente informado, de manera plural y diversa, son posibles elecciones libres y transparentes.

A partir de la preocupación expresada ante la Defensoría del Público por profesionales de la comunicación de localidades de la provincia de Córdoba en relación a dificultades para el ejercicio de su labor durante las Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias (PASO), y que afectaron, además, el derecho de acceso a la información de las audiencias de esos lugares, el organismo elaboró estas Recomendaciones.

Para contribuir al ejercicio de una comunicación audiovisual profundamente democrática, que promueva el respeto y la presencia de las realidades de las diferentes regiones y provincias del país, y que sea respetuosa de la multiplicidad de las perspectivas, cultural, política, étnica, de género, de ideas y formas de entender el mundo, de capacidades, contextos sociales y realidades socioeconómicas, credos, orígenes, rasgos físicos y lenguas.

En este sentido, el objetivo de estas Recomendaciones es aportar a la tarea que realizan, en contextos electorales, quienes trabajan en los medios audiovisuales de gestión estatal y privada, con y sin fines de lucro, y las autoridades estatales involucradas en el desarrollo de los comicios.

SE RECOMIENDA a los Servicios de Comunicación Audiovisual en general

1- Respetar y promover el pluralismo político procurando representar la multiplicidad de actores sociales y no únicamente a quienes conforman un partido político con acceso al Parlamento (tal el caso de movimientos sociales, sindicales, partidos sin representación parlamentaria, entre otros) persiguiendo un equilibrio relativo entre las frecuencias de sus apariciones, la naturaleza de sus intervenciones (con voz propia, a través de referencias a otras fuentes, etc.), y en relación con las características de la imagen difundida (negativa o positiva).

Promover la difusión de las plataformas electorales, principales temas en debate y posiciones políticas que sostienen los distintos partidos políticos y sus candidatos y candidatas.

2- Contribuir a que los ciudadanos y ciudadanas reciban información diversa y precisa sobre cuestiones electorales, difundiendo modalidades de votación, mecanismos de control partidario y ciudadano del proceso, días, horarios y lugares en los que se realizan los comicios, períodos de veda, vías disponibles de acceso a la información, entre otras cuestiones. Para obtener información sobre estos temas se recomienda contar con la colaboración de la Dirección de Información y Capacitación Electoral de la Dirección Nacional Electoral.

3- Contribuir a la realización plena del proceso electoral, estimulando una participación ciudadana, diversa y federal: incluir la perspectiva de la juventud, personas adultas mayores, ciudadanos y ciudadanas de todas las provincias o regiones, y comunidades indígenas entre otros, para que puedan participar a través de sus opiniones, intereses y puntos de vista.

4- Evitar toda discriminación y estigmatización: en particular en relación con los ciudadanos y ciudadanas con derechos electorales de reciente reconocimiento, como las personas privadas de libertad sin condena y los y las adolescentes de más de 16 años.

5- Garantizar la accesibilidad integral en la programación propia referida a los comicios: incorporar subtitulado visible y/u oculto (“close caption”) y lenguaje de señas y audio descripción, priorizando los programas informativos, de servicios públicos e institucionales y las emisiones periodísticas en el horario central. Ello para promover la inclusión de las personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores u otras que pudieren tener dificultades para acceder a la información.

Asimismo chequear que los spots de campaña garanticen la accesibilidad integral de las personas con discapacidad auditiva y/o visual, implementando el subtitulado visible y/u oculto ("close caption") y/o lengua de señas, de acuerdo con los parámetros previstos en el art. 19 del Decreto PEN N° 1142/2015. (Se aclara que la elaboración de los spots en las condiciones técnicas de accesibilidad descriptas se encuentra a cargo de los propios partidos políticos, debiendo el medio audiovisual controlar que se cumpla con las mismas antes de proceder a su transmisión).

A los efectos de cumplir con el deber de garantizar la accesibilidad integral para personas con discapacidad visual y al no encontrarse previsto en la norma un mecanismo específico, se recomienda la lectura de todos los textos que aparezcan en pantalla y en lo posible la implementación de la audio descripción, en los términos del Decreto N° 1225/10, reglamentario de la Ley N° 26.522.

6- Respetar los parámetros temporales establecidos por la legislación para la emisión y publicación de avisos publicitarios electorales en medios de comunicación audiovisual (Capítulo III bis. de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos N° 26.215), en tanto se realicen con el fin de promover la captación del sufragio para candidatos a cargos electivos nacionales, ejecutivos y legislativos. En particular el artículo 64 ter del Código Electoral Nacional que los prohíbe antes de los 25 días previos a la fecha fijada para el comicio.

Asimismo evitar la publicación y/o transmisión por medios audiovisuales, durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales. Todo ello en los términos del segundo párrafo del artículo 64 quater del Código Electoral Nacional (Ley Nº 19.945)

7- Asegurarse de que las encuestas que se difundan cumplan con la normativa de rigor, ya que, en lo que respecta a las elecciones nacionales, deben estar inscriptas ante el Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión, dependiente de la Cámara Nacional Electoral (artículo 44 ter Ley N° 26.215), donde además consta la información de quién la contrató, el monto facturado por el trabajo realizado, el detalle técnico de la metodología científica utilizada, tipo de encuesta, tamaño y características de la muestra utilizada, procedimiento de selección de los entrevistados, error estadístico aplicable y fecha del trabajo de campo, información clave para las audiencias. Se recomienda difundir esa información.

8- Evitar la difusión de encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta 3 horas después de su cierre, de acuerdo con el artículo 71, inciso h) del Código Electoral Nacional.

9- Respetar los tiempos normales de escrutinio, evitando especulaciones que no se apoyen en datos concretos.

SE RECOMIENDA a todas las Autoridades involucradas en el desarrollo de los comicios

1- Contribuir a una cobertura periodística lo más amplia posible durante la realización del proceso electoral, permitiendo el ingreso de la prensa a todos los espacios donde transcurre, siempre que no se viole el secreto del voto u otras normativas.

2- Estimular especialmente el uso de lenguas de pueblos originarios en los medios audiovisuales en las regiones donde existen comunidades originarias que no puedan acceder a la información electoral necesaria en su propia lengua.

3- Respetar durante la campaña electoral las previsiones del artículo 64 quater del Código Electoral Nacional, el cual ordena que “la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.” para agregar luego “Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".

 

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Luego de la resolución en la que el organismo pide que se generen condiciones para la protección de una emisora comunitaria, se sumaron numerosos reclamos de otras radios que motivaron la elaboración de un texto con miras a generar un marco global.

La Defensoría del Público amplió la solicitud a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), de generar un marco de protección y normalización de radios comunitarias luego del antecedente generado con la resolución 123 en la que el organismo recomendó “regularizar la situación legal específica” de dichas emisoras debido a la inestabilidad en la licencia de la radio La Ranchada de Córdoba.

En el texto firmado por la Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, se señala que “la Defensoría entiende que, en las denominadas 'zonas de conflicto', la necesidad de regularización del espectro debe atender las necesidades específicas de las emisoras comunitarias, en sincronía con el reconocimiento que les formula la ley 26.522 como un sector específico dentro de las organizaciones sin fines de lucro que contribuye claramente a la democratización de la comunicación”.

La solicitud, que insta a “explorar mecanismos para que el reconocimiento propiciado alcance a todas las emisoras comunitarias”, se produce en respuesta a los reclamos de integrantes de las emisoras “Radio Sur FM 88,3”, “Radio Gráfica 89,3” y "FM En Tránsito 93,9" donde piden al organismo “se garantice la plena legalidad de este medio popular mediante el otorgamiento de la licencia correspondiente” y “se otorgue un reconocimiento que garantice la continuidad de la explotación”.

En el texto presentado, la Defensoría citó la declaración conjunta de relatores y relatoras especiales de libertad de expresión articulada en 2014 sobre universalidad y el derecho a la libertad de expresión que recomienda a los Estados: "Crear y habilitar un marco jurídico para medios de comunicación comunitarios a fin de que, entre otras cosas, puedan responder a las necesidades de comunicación y expresión de distintos grupos e individuos".

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, define a las emisoras comunitarias como “actores privados que tienen una finalidad social y se caracterizan por ser gestionadas por organizaciones sociales de diversos tipos sin fines de lucro”. Desde su creación en noviembre de 2012, la Defensoría del Público, trabaja junto a más de 60 emisoras comunitarias para su impulso, mediante capacitaciones técnicas, de coordinación y asistencia legal.

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El organismo lamenta la muerte y acompaña a la familia del querido Sergio Caletti, investigador, periodista, profesor universitario y ex decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA.

La Defensoría del Público lamenta la muerte y acompaña a la familia del querido investigador, periodista y profesor universitario Sergio Caletti. Desde el comienzo de la actividad del organismo, Caletti se mostró muy activo en la construcción en conjunto de una comunicación más inclusiva y democrática. Su espíritu crítico y hacedor nos acompañará siempre.

Como decano de la Facultad de Ciencias Sociales en el período 2010-2014, firmó, junto a la Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, un convenio de cooperación mutua donde se comprometieron a desarrollar tareas de capacitación, investigación y promoción relacionadas al campo de la comunicación audiovisual.

Con la muerte de Sergio Caletti la Argentina pierde a un trabajador de la comunicación cuyas huellas estarán presentes entre nosotros para siempre.

El velatorio, llevado a cabo en la Sala Cortázar de la Biblioteca Nacional, se extenderá hasta las 22 hs. del día de hoy. El último adiós será mañana martes 17 de noviembre a las 10 hs., en la Capilla Ardiente del Cementerio de Chacarita, Guzmán 680 (CABA).

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El organismo puso en conocimiento de Daniel Scioli y Mauricio Macri de los reclamos recibidos en relaciòn al debate presidencial y les solicitó "hacer todo cuanto esté a su alcance" para respetar la igualdad de género, el federalismo y la accesibilidad.

La Defensoría del Público solicitó “hacer todo cuanto esté a su alcance" a los candidatos presidenciales, Daniel Scioli y Mauricio Macri, a quienes informó sobre los numerosos reclamos de las audiencias recibidos en los últimos días en relación con la representación femenina, la falta de federalismo y el derecho a la accesibilidad en el debate que se llevará a cabo el domingo 15 de noviembre.

El organismo recibió en los últimos días numerosas presentaciones que refieren a la necesidad de que el Debate presidencial garantice los derechos reconocidos en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Las inquietudes que fueron manifestadas por el público de la radio y la televisión hacen propios los derechos y garantías que la Ley N° 26.522 que introduce en el ámbito comunicacional como la protección y salvaguarda de la igualdad entre mujeres y hombres (art. 3° inc. m), la promoción del federalismo (art. 3° inc. b) y el derecho de acceder a la información por parte de las personas con discapacidad (art. 3° inc. n y art. 66).

Al poner en conocimiento de los candidatos estos reclamos fundados en derechos, la Defensoría espera que sean tenidos en consideración al momento de participar en el Debate, para lograr una adecuada protección de los derechos de las audiencias y garantizar que el debate llegue a la mayor cantidad de personas posible, con respeto de la igualdad entre hombres y mujeres, y el federalismo propio de nuestro país.

"A 33 años de la recuperación democrática, recomendamos hacer todo cuanto esté a su alcance para que la primera transmisión televisiva de la historia del país de una instancia de balotaje cumpla con el consenso social de igualdad de género, federalismo y accesibilidad, propios de este siglo XXI", recomendó la Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano.

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Luego de una serie de reuniones, la Defensoría del Público recibió una comunicación de la organización de Argentina Debate en la que asumen el compromiso de analizar la inclusión de una moderadora femenina para el debate presidencial del domingo.

En una comunicación dirigida a la Defensoría del Público, la organización de Argentina Debate asegura: “Nos comprometemos a revisar en el corto tiempo que tenemos las posibilidades de poner de manifiesto el equilibrio de género”. Esta respuesta se produce luego de distintas reuniones entre la Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, la directora de Protección de Derechos, María José Guembe, y el coordinador general de Argentina Debate, Hernán Charosky, a raíz de distintos reclamos de las audiencias, universidades y entidades ante el organismo.

Ottaviano remarcó al respecto: “Creo que es relevante señalar por un lado que el reclamo de igualdad de género en la Argentina no es sólo de las mujeres, sino que es transversal e intersectorial, ya que se expresaron distintos organismos de la sociedad civil, referentes de los derechos humanos, del ámbito académico, cultural y científico y 25 carreras de comunicación de todo el país, por ahora porque todo el tiempo llegan nuevas presentaciones. Por otra parte es muy saludable notar la alta visibilidad mediática que tuvo este consenso social en torno de que nuestra democracia se construye con más inclusión. Y por último, la trascendencia de que un debate público puede y debe ser construido colectivamente, con diversidad y pluralidad, sin ningún trato discriminatorio por identidades de género y con accesibilidad como señala la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”.

La Defensoría del Público recibió distintos reclamos de las audiencias, como así también de universidades, entidades y organizaciones, en relación a distintos puntos de la primera emisión de Argentina Debate que se produjo el domingo 4 de octubre y en vistas de la próxima emisión del domingo 15. Una de las principales demandas de las audiencias solicita presencia femenina entre quienes estarán a cargo de moderar el encuentro como así también de la temática de género. Por otra parte, las audiencias se contactaron con el organismo para solicitarle la plena accesibilidad pera personas con discapacidad de la transmisión.

En referencia a la presencia femenina, desde Argentina Debate aseguraron: “Creemos que debemos mejorar todos nuestros procesos de toma de decisión a fin de que no resulten en composiciones que no representen adecuadamente la igualdad de género”. En cuanto a la temática de género la carta afirma: “Están presentes tópicos directa e indirectamente vinculados a la igualdad de género. En la sección temática sobre seguridad y derechos humanos se incluyen los tópicos de trata con fines sexuales y violencia de género, como así también en la sección educación e infancia se incluye el tema de servicios de cuidado para la primera infancia, que afecta directamente a las perspectivas laborales de las mujeres”.

En cuanto al reclamo referido a la accesibilidad para personas con discapacidad, desde Argentina Debate anoticiaron a la Defensoría que “nos encontramos en contacto con organizaciones especializadas y con los canales que se han comprometido a la emisión. Entre las condiciones propuestas por Argentina Debate a los medios que decidan transmitir está, en el inciso II, el uso de closed caption”. También aseguran que la emisión tendrá traducción simultánea en Lengua de Señas Argentina y que “se anunciará verbalmente y por escrito la disponibilidad de estos sistemas en el programa mismo”.

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