Las audiencias de Jujuy y Río Negro recibieron al organismo que sigue con su tarea de empoderamiento ciudadano tal como sucede desde desde su creación en 2012. El 20 y 21 de febrero estará en Villa Carlos Páz, Córdoba y el 26, 27 y 28 en Mendoza.

Luego de un paso exitoso por Mar del Plata, San Carlos de Bariloche y El Bolsón, el equipo de la Defensoría del Público estuvo presente junto a las audiencias en Jujuy ampliando la tarea que realiza desde los primeros años de su creación en noviembre de 2012. Se recibieron inquietudes y consultas sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y se dio a conocer más a fondo el trabajo del organismo. El 20 y 21 de febrero será el turno de Villa Carlos Páz, Córdoba y el 26, 27 y 28 de febrero de Mendoza.

"Que bueno que se acerquen hasta acá, pensé que solo los de Buenos Aires tenían esos derechos". "Muy interesante su trabajo, los felicito". "Los noticieros solo pasan noticias de la capital, voy a reclamar". "Nosotros acá no tenemos canales de aire, para ver tele tenemos que pagar". "No conocía a la Defensoría, ahora se donde reclamar". "Espero que mi reclamo tenga resultados". Fueron algunas de las frases que dejó el paso de la Defensoría en plenos festejos por carnaval en la zona de la Quebrada, específicamente en los pueblos de Tilcara y Purmamarca.

En su visita a Jujuy, el organismo también visitó radios comunitarias en San salvador de Jujuy y Tilcara tal como hizo días atrás en San Carlos de Bariloche, donde estuvo distintas radios como FM Liwen, ubicada en el barrio Nahuel Hue de Bariloche donde Gino, de 8 años, contó que tiene su programa de radio “porque le encanta la música”. "Yo nací escuchando rock", dijo. En su programa, que se llama “La radio y los chicos”, además se cuentan cuentos y chistes.

Por otra parte, en radio Conexión Bariloche, describieron la variedad en su programación que tiene una búsqueda de interpelar a distintos sectores etarios por eso "hay programas realizados por niños y niñas, por jóvenes y por adultos y adultas mayores" remarcaron.

Las audiencias de Río Negro también se expresaron en torno a diferentes aspectos relacionados a los medios audiovisuales: “Luchamos mucho por la ley de medios y tiene que estar en plena vigencia" afirmó Marilú desde Lago Puelo. La escasa producción y circulación de noticias locales, fue otra de las preocupaciones manifestadas por varias personas residentes en Bariloche. Al interiorizase acerca del trabajo del organismo, Gael de 7 años, en la feria de El Bolsón reflexionó: "Es el antibullying de la tele". En tanto en el Centro Cívico de Bariloche, Leticia dijo: "Estoy de acuerdo con que se sepa cómo denunciar cuando la tele nos discrimina".

En Playa Serena Mariela, recalcó: "Conozco más noticias de Buenos Aires que de mi propia ciudad" y agregó: "Tengo hijos pequeños y que no se respeten los horarios de protección es bastante molesto porque de pronto te encontrás que te preguntan cosas que no sabes de dónde sacan, igual que pregunten orienta y hace que con mi marido estemos más atentos".

Como ya sucedió en otros años, las audiencias elogiaron la presencia federal de la Defensoría y su preocupación por acercarse a los puntos de mayor concurrencia en el verano. También resaltaron el trabajo realizado en sus tres años de creación y la labor de difusión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La Defensoría Móvil, seguirá presente len el Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se encuentra dentro del Espacio de Memoria y Derechos Humanos, ubicado en Av. Del Libertador 8151 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los miércoles y viernes de 11.00 a 17.00 hs y los domingos desde las 14.00 hasta las 20.00 hs. durante febrero de 2016.

Continuando con las actividades para hacer efectivo su compromiso con el empoderamiento ciudadano, la Defensoría estará el 20 y 21 de febrero en Villa Carlos Páz, Córdoba y el 26, 27 y 28 en Mendoza.

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Acercaron sus inquietudes al Relator de la CIDH, Edison Lanza, relacionadas a los derechos humanos y a la libertad de expresión. Participaron referentes como Estela de Carlotto, Taty Almeyda y Lita Boitano y agradecieron la predisposición de Lanza.

La Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, e integrantes de Abuelas de Plaza de Mayo, representadas por su presidenta, Estela de Carlotto; Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, referenciada por Taty Almeyda, H.I.J.O.S. Capital (Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio) y Familiares de detenidos y desaparecidos por razones políticas, encabezada por Lita Boitano; mantuvieron una reunión con el Relator Especial para Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Edison Lanza, en la Ciudad de Buenos Aires.

Luego del encuentro, Ottaviano aseguró: "Lanza recibió toda la documentación y las expresiones con mucha atención y se comprometió a trasladar todo a la Comisión. Hemos dado un paso más en la defensa inclaudicable del derecho humano a la comunicación".

La Presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, reflexionó: “Fue una reunión muy buena por encontrar a una persona muy dispuesta con conocimiento de la situación real de nuestros países. Haber venido para el tema acuciante de la libertad de expresión y no desentenderse de otros temas es también de una gentileza muy grande”. “Desde Abuelas hemos estado siempre en contacto con la Comisión Interamericana para todo lo que sea la denuncia en épocas de dictadura permanentemente como cuando fue su visita en 1979. Aún hasta hoy que tenemos casos que están en custodia de la CIDH para la relación de los nietos, los apropiadores, que todavía hay algunos resabios”, enfatizó Carlotto. Y agregó: “Es lamentable en épocas democráticas tener que recurrir a organismos internacionales para defender nuestros derechos, un derecho necesario en el tema que involucra todo lo que es Memoria, Verdad y Justicia por lo acontecido en la dictadura cívico militar, lo importante es que sabemos que alguien nos escucha en Washington”.

Por su parte, la integrante de Madres de Plaza de Mayo, Taty Almeida, dijo: “Agradecemos muchos que Edison Lanza se haya hecho un espacio para recibirnos. Vemos con tristeza que a esta altura tengamos que recurrir otra vez a la CIDH para contar que se están violando los derechos humanos en Argentina, pero es una esperanza que se sepa en todas partes. Aunque con mucho dolor estamos firmes y no bajamos los brazos”.

Durante la visita a la Argentina, luego de que la Defensoría del Publico se reuniera en Washington con el propio Lanza y el secretario Ejecutivo de la CIDH, Emilio Alvarez Icaza; el Relator mantuvo encuentros con la Coalición por una comunicación democrática, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Martín Sabbatella, y representantes del gobierno nacional.

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El organismo lamenta su muerte y reivindica el legado de quien fue pionera en la lucha por la igualdad de género en nuestro país.

La Defensoría del Público lamenta la muerte y acompaña a la familia de la querida Lohana Berkins, quien se desempeñaba desde 2013 como directora de la Oficina de Identidad de Género y Orientación Sexual del Observatorio de Género en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

Berkins fue una pionera en la lucha por la visibilización y conquista de derechos del colectivo trans. En 1994, fundó la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual (ALITT), y fue una de las principales impulsoras de la ley 3062 de respeto a la identidad adoptada por travestis y transexuales y aprobada por la Legislatura porteña en 2009 y de la Ley de Identidad de Género sancionada por el Congreso Nacional en 2012.

El 9 de marzo de 2015, Berkins junto a la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, formaron parte del jurado del I Concurso de Periodismo Multimedia “Trata de Personas y Explotación Sexual: Otras Miradas”, organizado por el Ministerio de Justicia de la Nación en el que la Defensoría junto con otros organismos y representantes de la sociedad civil y organizaciones seleccionarán los trabajos ganadores.

Su lucha obtuvo reconocimientos en diversos sitios del mundo, como Londres, Sudáfrica y San Francisco. Al mismo tiempo, fundó la Cooperativa "Nadia Echazú" a través de la cual numerosas personas pudieron obtener  una salida laboral.

Según escribió la periodista Marta Dillon en un perfil publicado en Página 12 en 2013, Berkins “fue candidata a diputada cuando a las travestis apenas se las consideraba para algo más que el sexo pago y el calabozo fácil, la primera que consiguió que la inscribieran en la escuela secundaria con su nombre propio, fundadora con otras compañeras de la primera cooperativa de trabajo integrada y dirigida por travestis y transexuales”.

Ayer, a través de su compañera de militancia Marlene Wayar, dio a conocer lo que fueron sus últimas palabras: “Queridas compañeras, mi estado de salud es muy crítico y no me permite reunirme personalmente con ustedes. Por eso quiero agradecerles sus muestras de cariño y transmitirles unas palabras por medio de la compañera Marlene Wayar, a quien lego esta posta. Muchos son los triunfos que obtuvimos en estos años. Ahora es tiempo de resistir, de luchar por su continuidad. El tiempo de la revolución es ahora, porque a la cárcel no volvemos nunca más. Estoy convencida de que el motor de cambio es el amor. El amor que nos negaron es nuestro impulso para cambiar el mundo. Todos los golpes y el desprecio que sufrí, no se comparan con el amor infinito que me rodea en estos momentos. Furia Travesti Siempre. Un abrazo".

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La Defensoría del Público llevó a cabo un trabajo en el que pone en evidencia las modificaciones a la LSCA generadas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 267/2015 emitido por el Poder Ejecutivo.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 267/2015 emitido por el Gobierno Nacional dispone modificaciones a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522 entre las que se encuentran la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la remoción de su Directorio. También altera aspectos centrales como la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización; la integración del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA); la adjudicación para servicios de radiodifusión por suscripción, prórroga, transferencia y multiplicidad de licencias, y la adecuación de los titulares de las mismas.

En relación a las condiciones de admisibilidad de personas de existencia ideal, se permite emitir cualquier tipo de obligación negociable inferior al 30% del capital social. En caso de ser mayor al 30 % del capital social, deben pedir autorización. La ley 26.522 requería siempre la previa autorización. La adjudicación para servicios de radiodifusión por suscripción excluye a la TV por cable y la Televisión Digital Terrestre (TDT) paga, de la aplicación de la Ley 26.522. De esta forma la televisión por suscripción que no sea satelital pasa a ser regulada por la Ley de Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), 27.078.

La prórroga de licencias se podría entender que al excluir de la regulación al servicio de televisión por cable, las licencias de este tipo de servicio dejarían de tener un plazo de vencimiento. Por otro lado, se flexibiliza la posibilidad de prorrogar los plazos, sin vencimiento concreto y dejando a la discrecionalidad del Ministerio de Comunicaciones la posibilidad de convocar a nuevos concursos. A su vez, elimina el mecanismo de transparencia y participación ciudadana que establecía el artículo 40 de la LSCA al disponer la previa celebración de audiencias públicas en la localidad donde se preste el servicio para autorizar las prórrogas.

En cuanto a la transferencia, regresa la concepción de la regulación existente en la Ley de Reforma del Estado de 1989, donde se permitió la posibilidad de vender y transferir las licencias, considerando a la comunicación audiovisual como una mercancía, es decir priorizando el derecho privado sobre el derecho público. Este artículo inclusive tiene mayor flexibilidad que la Regulación de la derogada ley 22.285, ya que posee un mecanismo de aprobación tacita de las transferencias de licencias. La multiplicidad establece que no existe mas el limite de licencias de servicios por suscripción físico y de TDT pago, ya que no son considerados servicios de comunicación audiovisual. Flexibiliza la cantidad de licencias que puede tener un licenciatario de Radio y Televisión abierta. Elimina límites a la titularidad de registros de señales. El artículo 17 del Decreto, además de ampliar de 10 a 15 las licencias de servicios audiovisuales admitidas, también elimina el límite del 35% del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios regulados por el artículo 45 de la LSCA. En el “orden local”, excluye de la regulación de límites cruzados, del artículo 45, apartado 2.c) y d), respecto de las licencias de radiodifusión televisiva por suscripción.

Con respecto a la apertura del capital financiero, aumenta los porcentajes de comercialización en el mercado de valores de su capital social. Unifica el tope en 45 % y excluye de todo límite de comercialización al cable. La vinculación de emisoras es flexibilizada por la posibilidad de constituir redes de emisoras. El aumento de los porcentajes de retransmisión en red, potencia la concentración de contenidos y la retransmisión de la programación generada por los canales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo cual se debilita la producción de contenidos propia, locales, federales e independientes en las distintas regiones del país, con sus correspondientes efectos en la homogenización de contenidos y la reducción de puestos de trabajos en las provincias. También elimina requisito de que las redes sean entre prestadores del mismo tipo y clase de servicio.

Las definiciones de los párrafos 34, 35, 36 y 40 del artículo 4 de la LSCA, modificadas por el DNU, implican que la televisión por cable y la TV paga con uso de espectro que no sea satelital, pasan a ser reguladas por la Ley TIC. Los licenciatarios dejan de tener como objeto social único de servicio de comunicación audiovisual. Deroga el arículo 43 de la LSCA y los bienes de radiodifusión dejan de ser bienes afectados a la radiodifusión. Derogan el artículo 44 que impedía delegar la explotación de los servicios de comunicación audiovisual. Esto permitiría que cualquier Fondo de inversión internacional alquile medios de comunicación en la Argentina. Deroga el artículo 48 de la LSCA, profundizando los mecanismos de concentración de medios audiovisuales. Deroga el segundo párrafo del art. 55 de la LSCA flexibilizando la posibilidad de constituir fideicomisos sobre acciones de sociedades licenciatarias. Deroga el abono social del art. 73 de la LSCA. Deroga el art. 158 que limitaba la posibilidad de solicitar prorrogas de licencia, deroga el art. 161 y con ello todo el proceso de adecuación.

Al excluir al servicio de televisión por cable, se deroga indirectamente todas las obligaciones en materia de composición y orden de grillas de programación dispuestas en el artículo 65 de la LSCA para los cables, continuado sólo para los servicios satelitales. En tal sentido y a modo de ejemplo cualquier operador de TV por cable podría quitar de sus grillas los canales abiertos de su área de cobertura, tales como TV Pública, Telefe, America, Canal 9 en CABA, dando prioridad a las señales internacionales. Asimismo la TV por cable tampoco deberá incluir una señal de producción local, afectando el derecho de información de distintas localidades del interior de país y perdidas directas de fuentes de trabajo. Los cableoperadores no tendrán mas la obligación de incorporar las señales abiertas generadas por Universidades, provincias y municipios que se encuentren localizadas en su área de prestación de servicio. Tampoco los servicios de TV por cable a convertirse en TIC por medio del DNU tendrán la obligación de cumplir con las cuotas de pantalla de películas nacionales y telefilmes producidos por productoras independientes nacionales, establecidas en el artículo 67 de la LSCA. A los servicios por suscripción (cables y televisión digital paga) ya no se le aplicará el régimen de sanciones previsto en el título VI de la LSCA creando una evidente desigualdad con los servicios satelitales.

La ley 23.696 de Reforma del Estado, -promulgada en 1989- era mas restrictiva en cuanto a las condiciones societarias que el DNU publicado, ya que estipulaba en su articulo 65 (sustituyendo a la Ley 22.285), que las sociedades comerciales o las personas físicas, adjudicatarias de una licencia, no podrían tener vinculación jurídica societaria u otras formas de sujeción con empresas periodísticas o de radiodifusión extranjeras. Dicho articulo fue derogado oportunamente por el articulo 164 de la LSCA.

En cuanto a los bienes afectados a un servicio de comunicación audiovisual, si bien se mantiene el artículo 42 que establece la “inembargabilidad” de las licencias y autorizaciones, la derogación del artículo 43 y su reglamentación, significan un grave retroceso, ya que permiten embargar los bienes imprescindibles para la prestación regular del servicio de comunicación audiovisual, antes considerados también inembargables como parte integrante de la licencia o autorización. Lo cual, frente al incumplimiento de los aspectos técnicos que exige la adquisición de estos bienes para mantener la operatividad, habilitación y prestación regular del servicios de comunicación audiovisual conforme el artículo 85 y 87 de la LSCA, fuerza a los licenciatarios a transferir voluntariamente su licencia a personas que reúnan las condiciones de acuerdo al nuevo régimen, según el artículo 20 del Decreto 267/2015. En este punto, cabe destacar que la ley 22.285, sancionada por la ultima dictadura cívico militar en 1980, estipulaba en su articulo 63 que los bienes afectados a un servicio de radiodifusión, considerados imprescindibles, son los detallados en los pliegos de condiciones y en las propuestas de adjudicación como equipamiento mínimo, son inembargables.

La derogación del artículo 44 de la LSCA que trata la indelegabilidad de las licencias, abre la puerta para delegar la prestación efectiva de servicios de comunicación audiovisual a terceros, sin que hayan sido sometidos a la evaluación previa que debe realizar la autoridad de aplicación de la ley para considerarlos licenciatarios. De esta forma se autoriza a que terceros se hagan cargo indirectamente de las licencias debido a un procedimiento de adjudicación flexibilizado y poco riguroso, que oscurece la propiedad real y el funcionamiento en los hechos de los verdaderos titulares de las licencias, favoreciendo a su vez, la concentración indirecta a través de terceros.

Las prácticas de concentración indebida, al derogar el artículo 48 de la LSCA se elimina el régimen de verificación de vínculos societarios que exhiban procesos de integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social. Por lo tanto se desconocen los estándares de la relatoría sobre la necesidad de establecer regulaciones específicas en el ámbito de los servicios de comunicación audiovisual además de la regulación sobre defensa de la competencia, por lo tanto aniquila las medidas de desmonopolización.

Los debentures pueden ser emitidos y constituir fideicomisos sin la necesidad de autorización de la autoridad de aplicación de la LSCA, cuando antes se requería su previa autorización. Aunque el artículo 13 del Decreto 267/15 establece que las personas jurídicas pueden emitir debentures, acciones, bonos sin autorización hasta el 30% del capital social que forma la voluntad social, un porcentaje mayor requiere la autorización del nuevo Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Respecto del abono social, se deroga el artículo 73, por lo cual se establecen condiciones excluyentes para acceder al servicio de televisión por cable para los sectores económicamente más desaventajados.

Con el nuevo DNU, el régimen de licencias vigente, permite las prorrogas sucesivas de las licencias de radio, TV abierta, dejando al arbitrio del Ministerio de Comunicaciones la facultad de obligar a vender a aquellos licenciatarios que supuestamente no cumplen con la LSCA. El artículo 161 de la LSCA que establecía parámetros de adecuación equitativos para aquellos titulares de licencias que fuera ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) luego de ser cuestionado, quedó derogado por completo bajo la nueva reglamentación.

En cuanto a la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización es modificada en sus funciones y potestades. Con respecto a la AFSCA crean un nuevo Organismo dependiente del Ministerio de Comunicaciones, donde el Directorio se asegura una amplia mayoria, ya que de un total de siete miembros, el Poder Ejecutivo nombra cuatro. Tres propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la mayoría o primera minoría, uno por la segunda minoría y otro por la tercera minoría.

Esto habilitaría a que el partido oficialista tenga un Director mas propuesto por la mencionada Comisión Bicameral, lo que asegura al Poder Ejecutivo una mayoría automatica de cinco miembros en el Directorio del ENACOM, en contraposición con lo resuelto en el año 2013 por la CSJN en el caso " Grupo Clarin"y los standares internacionales sobre los Organismos Reguladores en la materia. Se faculta al Poder Ejecutivo también a remover sin expresión de causa y sin derecho de defensa a todos los directores, incluidos los propuestos por el Congreso Nacional, afectando de esta manera la división de poderes, el federalismo, el sistema republicano y el derecho de defensa.

Quedan sin reglamentar artículos clave como la naturaleza y domicilio de la Autoridad Federal, su presupuesto, directorio. También queda sujeto a disposición del ENACOM la creación del Consejo Federal de Comunicaciones en sustitución del Consejo Federal de Comunicación audiovisual como la designación de sus integrantes.

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"La reunión fue muy fructífera. Recibieron con mucho interés y señales de preocupación la información llevada por la Defensoría", aseguró Cynthia Ottaviano luego del encuentro con Emilio Álvarez Icaza Longoria y Edison Lanza.

La Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, se reunió el viernes 22 de enero en Washington con el Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Emilio Álvarez Icaza Longoria, y el Relator Especial para Libertad de Expresión, Edison Lanza. El encuentro se produjo luego del pedido de audiencia realizado por la Defensoría, motivado por los cientos de reclamos ante los decretos emitidos por el Gobierno Nacional, que modifican la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y disponen la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la remoción de su Directorio.

Durante una hora y media, Ottaviano expuso un extenso informe sobre la situación generada a partir de los Decretos y presentó la documentación que acredita las motivaciones del pedido de audiencia. A su término afirmó: “La reunión fue muy fructífera. Recibieron con mucho interés y señales de preocupación la información llevada por la Defensoría. Y nos anunciaron que la semana que viene van a transmitirle al pleno de la Comisión la situación para ver cuáles son los escenarios de acción".

Por otra parte dijo: “Hemos podido plantear la ilegitimidad de los Decretos de Necesidad y Urgencia como herramientas para modificar una ley de comunicación que fue debatida y consensuada por todos los poderes de la Argentina, sólo resistida por el poder concentrado de la comunicación que hoy vuelve a encontrar privilegios. Hemos dejado en claro cómo estos DNU, que no respetan los lineamientos del sistema interamericano de derechos humanos, son un retroceso en materia de libertad de expresión, no sólo para la Argentina, sino para toda la región”.

En referencia a la recepción de la CIDH de lo descripto por la Defensoría aclaró: “la preocupación en la CIDH es evidente ante el aumento de concentración comunicacional que pueden significar las medidas tomadas por el gobierno argentino, sobre todo porque desde la propia comisión se ha dicho que la concentración comunicacional conspira contra las democracias”.

Ottaviano agradeció a la CIDH la reunión de la que también participó la directora de Protección de Derechos de la Defensoría, la Dra. María José Guembe y dijo: “Que nos hayan recibido hoy, luego del pedido de reunión urgente motivado por los cientos de reclamos de sectores universitarios, sindicales, campesinos, pueblos originarios, de la Argentina y América Latina; la buena recepción de la documentación que aportamos y la preocupación por los cambios negativos en materia de libertad de expresión hechos por el gobierno argentino, es una muy buena señal respecto del pedido de audiencia, realizado por la Defensoría y otras organizaciones de la sociedad civil”.

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