Adjudicación Licitación Privada- traslados terrestres
Se aprueba la Contratación Directa N° 12/2014, para la provisicón del servicio de traslado terrestre de adultos y menores a la Ciudad San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA, desde distintas ciudades de la Región Noroeste, para la Tercera Audiencia Pública 2014 Región Noroeste (NOA) de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a realizarse el 15 de agosto del 2014.
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 11 agosto de 2014
VISTO el Expediente Nº 201/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Contratación Directa N° 12/2014, enmarcada según lo previsto en el Artículo 42 inc. 1 de la Resolución de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de traslado terrestre de adultos y menores a la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca, desde distintas ciudades de la Región Noroeste, para la Tercera Audiencia Pública 2014 Región Noroeste (NOA) de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a realizarse el 15 de agosto del 2014.
Que el llamado fue autorizado mediante Resolución N° 73 de fecha 29 de julio de 2014 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en virtud del requerimiento que efectuara la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN.
Que se efectuaron las invitaciones y difusión establecida en el Artículo 71 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.
Que del Acta de Apertura de Ofertas se desprende la presentación de DOS (2) propuestas, a saber: AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A. (CUIT N° 30-56178540-2), por un total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 66.600), cotizando los Renglones Nros. 1 y 2; y TRONCOSO CAMILO HORACIO (CUIT N° 20-13296275-9), por un total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 55.800), cotizando los Renglones Nros. 3 y 4.
Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN recomienda adjudicar a AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A. (CUIT N° 30-56178540-2) los Renglones Nros. 1 y 2, por la suma total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 66.600), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente convenientes.
Que asimismo recomienda adjudicar a TRONCOSO CAMILO HORACIO (CUIT N° 20-13296275-9) los Renglones Nros. 3 y 4 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 55.800), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente convenientes.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 26.522, Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, Expediente Nº 3933-S-2012 y 7764-D-2012, y Artículo 25 inc. a) de la Resolución DPSCA N° 32/2013.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Contratación Directa N° 12/2014, enmarcada según lo previsto en el Artículo 42 inc. 1 de la Resolución de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de traslado terrestre de adultos y menores a la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca, desde distintas ciudades de la Región Noroeste, para la Tercera Audiencia Pública 2014 Región Noroeste (NOA) de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a realizarse el 15 de agosto del 2014.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase a la firma AUTOTRANSPORTES ANDESMAR S.A. (CUIT N° 30-56178540-2) los Renglones N° 1 y 2, por un monto total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 66.600) y al Sr. TRONCOSO CAMILO HORACIO (CUIT N° 20-13296275-9) los Renglones Nros. 3 y 4 por un monto total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 55.800); ambos por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente convenientes.
ARTÍCULO 3°: Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a emitir y suscribir las Órdenes de Compras correspondientes.
ARTÍCULO 4°: El gasto derivado del cumplimiento de la presente, se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese y pase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.
Audiencia pública- delegación Presidencia- Región NOA
La Defensora delega al Licenciado José Luís FERRERO, Jefe del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARÍA GENERAL, el ejercicio de la presidencia de la Audiencia Pública Regional que fuera convocada mediante Resolución de esta Defensoría N° 72 /2014, a desarrollarse el día 15 de agosto de 2014 en la Ciudad San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA.
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 13 agosto de 2014
VISTO el Expediente Nº 198/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley N° 26.522, la Resolución DPSCA N° 72 de fecha 24 de julio de 2014, y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 72 de fecha 24 de julio de 2014 se convocó a Audiencia Pública Regional de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL para el día 15 de agosto de 2014 a las 13.00 horas a realizarse en el Predio Ferial Catamarca, ubicado en la calle México s/n, de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA, con el objeto de evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en la Región NOROESTE (noa), abarcando las provinciaS DE LA RIOJA, CATAMARCA, JUJUY, SALTA, TUCUMÁN y SANTIAGO DEL ESTERO, así como la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en dicha zona y a nivel nacional, como ser los derechos que involucran a niños, niñas y adolescentes; las representaciones de la niñez y la adolescencia en los medios de comunicación audiovisual; los abordajes mediáticos de los temas que involucran a niños, niñas y adolescentes; la expresión de la diversidad lingüística, cultural, social, económica, política, ideológica, etc. de niños, niñas y adolescentes; el desarrollo de experiencias comunicacionales que abren espacios para el ejercicio de la libertad de expresión de niños, niñas y adolescentes; las programaciones de los servicios de comunicación audiovisual de gestión pública, privada comercial y sin fines de lucro dirigidas a ese sector; la aplicación de lo establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual respecto al resguardo de niños, niñas y adolescentes en los servicios de comunicación audiovisual (Artículos 17, 68, 70, 71, 121, 149, 153, entre otros).
Que en la citada Resolución dispuso que la Presidencia de la Audiencia será ejercida por la Licenciada Cynthia OTTAVIANO – D.N.I. 23.250.442.
Que en virtud de específicas razones de servicio se considera imprescindible delegar el ejercicio de la presidencia de la mencionada Audiencia Pública en el Licenciado José Luis FERRERO - D.N.I. 20.241.072, Jefe del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARÍA GENERAL.
Que en consecuencia procede emitir el dictado del acto administrativo pertinente.
Que la Dirección Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Deléguese en el Licenciado José Luis FERRERO, D.N.I. 20.241.072, Jefe del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARÍA GENERAL, el ejercicio de la presidencia de la Audiencia Pública Regional que fuera convocada mediante Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 72 de fecha 24 de julio de 2014, a desarrollarse el día 15 de agosto de 2014 en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese la presente Resolución a la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.
Preselección Concurso Nacional producciones radios escolares
Se aprueba la lista de producciones preseleccionadas, para el Concurso Nacional "DERECHOS EN EL AIRE-UN CONCURSO PARA CHICOS Y CHICAS", convocado a través de la Resolución Nº 17 /2014.
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 28 de julio de 2014
VISTO el Expediente N° 48/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 17 de fecha 18 de marzo de 2014, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 17 de fecha 18 de marzo de 2014 se llamó a Concurso Nacional para la presentación de producciones radiales de radios escolares en torno a la promoción, difusión y problematización de los derechos contenidos en la “CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y SU RELACIÓN CON EL DERECHO A LA COMUNICACIÓN” y se aprobaron las Bases que regirían el mismo.
Que surge de las Bases aludidas que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL preseleccionará CINCUENTA (50) producciones sobre la base de la apertura de los sobres N° 1 de los participantes.
Que asimismo preseleccionará TRES (3) producciones más asignándoles un Orden de Mérito, para el caso que el Jurado haga lugar a una posible impugnación.
Que se dispuso en las Bases que dicha preselección se efectivizará entre el 10 de julio y el 31 de julio del corriente.
Que la preselección se realizó teniendo en cuenta la coherencia temática, la propuesta sonora, el tratamiento ficcional o periodístico, la creatividad en el uso del lenguaje radiofónico, la originalidad de la propuesta, el federalismo y que la producción sea acorde con la edad de los participantes conforme surge del Informe efectuado por la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN de esta Defensoría del Público.
Que en consecuencia corresponde proceder a la designación de las CINCUENTA (50) preseleccionadas conforme el Anexo I y las TRES (3) producciones para los supuestos de hacerse lugar a posibles impugnaciones de acuerdo al Orden de Mérito que figura en el Anexo II que integra la presente.
.Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase la lista de producciones preseleccionadas, de acuerdo a lo estipulado en las Bases del Concurso Nacional “DERECHOS EN EL AIRE-UN CONCURSO DE RADIO PARA CHICOS Y CHICAS”, que obra como Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: Apruébase el Orden de Mérito otorgado a las producciones nombradas en el Anexo II de la presente, para los supuestos que el Jurado haga lugar a posibles impugnaciones efectuadas.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.
ANEXO I y II: Listado preseleccionados-as
Régimen Locación de Servicios Personales- excepción
Se aprueba la posibilidad, carácter de excepción, que esta Defensoría contrate consultores, cuando la función a desempeñar permita compensar el requisito obligatorio de educación formal con la acreditación de experiencia suficiente, o cuando posean una especialidad informática u otra de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual pueda prescindirse de alguno de los requisitos consignados en el presente Régimen.
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 04 agosto de 2014
VISTO el Expediente Nº 75/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 se aprobó el Régimen de contrataciones de servicios técnicos profesionales autónomos a título personal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que en el ANEXO II de la citada Resolución se identifican, describen y establecen requisitos específicos obligatorios para las diferentes funciones.
Que asimismo en el Artículo 8 del ANEXO I de dicha normativa, se aprueba el referido ANEXO II y se establecen las excepciones que permitirían, mediante decisión fundada, prescindir de los requisitos consignados en el Régimen de Contrataciones.
Que conforme informe de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN existen determinadas actividades donde la experiencia laboral es condición suficiente para contar con la capacidad y conocimiento necesarios para desarrollar ciertos servicios.
Que en virtud de lo expuesto resulta conveniente considerar, en determinados supuestos, la importancia de la trayectoria laboral con similar valoración que la formación académica obtenida a partir de estudios formales.
Que la DIRECCION DE LEGAL Y TÉCNICA de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CAMARA DE SENADORES Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION de fecha 14 de noviembre de 2012, Expedientes N° 3933-S2012 y N° 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Modifíquese el segundo párrafo del Artículo Nº 8 del Anexo I de la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, el que quedará de la siguiente forma: “La/el Defensor/a del Público podrá autorizar con carácter de excepción, mediante decisión fundada, la contratación de consultores, cuando la función a desempeñar permita compensar el requisito obligatorio de educación formal con la acreditación de experiencia laboral suficiente, o cuando posean una especialidad informática u otra de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual pueda prescindirse de alguno de los requisitos consignados en el presente régimen.”
ARTÍCULO 2°: Dispónese que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.
Llamado Licitación Privada- servicio audio, video e iluminación
Se autoriza el llamado a Licitación Privada, para la contratación del servicio de audio, video e iluminación bajo modalidad de Orden de Compra Abierta por un plazo de CUATRO (4) meses para el uso de esta Defensoría.
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 31 julio de 2014
VISTO el Expediente Nº 149/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, y,
CONSIDERANDO
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita el procedimiento tendiente a la contratación del servicio de audio, video e iluminación bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta por un plazo de CUATRO (4) meses.
Que la presente contratación se propicia en virtud del requerimiento efectuado por el DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACION INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARIA GENERAL de esta Defensoría del Público.
Que por las características y monto estimado de la contratación que se predispone por medio de las presentes actuaciones y de acuerdo a lo previsto en el Artículo 56 inc. b) de la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN propicia imprimir a este procedimiento de selección el carácter de Licitación Privada (conforme fojas 1).
Que el precitado Departamento ha confeccionado el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, estableciendo los términos y pautas que regirán la presente convocatoria y posterior contratación.
Que se ha incorporado a las actuaciones el documento contable de afectación preventiva autorizado por el DEPARTAMENTO DE FINANZAS dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, por lo que el requerimiento cuenta con la partida presupuestaria pertinente.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, Expediente N° 3933-S-2012 y 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Autorízase el llamado a Licitación Privada, enmarcada según lo previsto en el Artículo 56 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, que fuera aprobado por Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a contratación del servicio de audio, video e iluminación bajo modalidad de Orden de Compra Abierta por un plazo de CUATRO (4) meses.
ARTÍTCULO 2°: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante que como Anexo se adjunta a la presente y que regirá el presente llamado.
ARTÍCULO 3°: Procédase a efectuar las invitaciones y difusión establecida en el Artículo 68 y concordantes del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.
ANEXO: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, ver PDF
ANEXO I: FORMULARIO DE COTIZACIÓN, ver PDF
ANEXO II: PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, , ver PDF