informe marzo
En el mismo mes, pero en 2013, habían sido 35. La Defensoría presentó una serie de actividades que llevará a cabo en el marco del Año de lucha contra la violencia de género y la violencia mediática hacia las mujeres. Y se firmó un vínculo con el CONICET.

Mes a mes, desde su creación, la Defensoría del Público continúa con “un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto”, según lo establece el artículo 19 en su inciso b). En marzo se recibieron 94 presentaciones: 49 consultas, 16 actuaciones, 25 otras acciones y 4 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos. En el mismo mes, pero un año antes, fueron 35.

En materia de accesibilidad, una denunciante de Hurlingham avisó que su cableoperador no transmite en su horario completo las señales PakaPaka, Incaa TV y 360 TV. El mismo problema fue comunicado por una denunciante de San Miguel. Otra persona, desde Concepción del Uruguay, Entre Ríos, reclamó que la empresa de televisión por cable contratada en su domicilio ubicó a un canal de noticias internacional entre los canales informativos argentinos. En Mendoza, una televidente denuncia que el proveedor de televisión satelital no se ajusta a la emisión completa de Incaa TV, 360TV y PakaPaka. Idéntico reclamo planteó una persona en Ituzaingó y se le suma al de un televidente de Carlos Keen, Buenos Aires, al de una persona en Cutral-Co, Neuquén y al de otro denunciante en Junín. Una denunciante de Balcarce avisó que un canal local impide ver las señales de aire.  En Rosario, una persona ingresó un reclamo porque su cableoperador no transmite un canal de noticias por cable. Otro, de la misma ciudad, extiende el pedido, ya que enumera que dos señales de noticias no pueden ser vistas. Y se agrega, en ese mismo tono, el pedido de un denunciante de Lincoln, Buenos Aires. En San Pedro se originó un reclamo porque el cableoperador quitó de la grilla a un canal de noticias internacionales. En San Bernardo, una televidente le pidió a este organismo que interceda para que un canal de aire sea incluido por la empresa de televisión por cable local.

Referidas a la radio, en Bahía Blanca, un denunciante se comunicó con la Defensoría para detallar que una FM local interfiere a una nacional. En Formosa, una oyente de una FM local se quejó por el vocabulario utilizado por los conductores de los programas de esa frecuencia. Por otra parte, un denunciante de Monte Grande, Buenos Aires, presentó un reclamo porque una emisora radial invade frecuencias en un rango que comienza en el 102.6 y se extiende hasta el 103.3, durante todo el día. Un oyente de radio, denuncia que la municipalidad de la localidad en la que vive intenta clausurar una FM. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dos personas aseguran que una radio AM interfiere a un canal de noticias.

Además, un denunciante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reclamó que algunos nombres de algunas películas y series que aparecen en la programación de su cableoperador (paquete digital) están en inglés.

En Córdoba, un televidente se comunicó con la Defensoría para reclamar que, en una novela emitida por una canal de aire, tiene “altos contenidos de escenas de sexo tanto explícito como implícito en el horario apto para todo público”.

En Junín, una persona reclamó que no hay una antena de Televisión Digital Abierta. Lo mismo hizo un denunciante oriundo de Santo Tomé, Corrientes.

Una denunciante de Gonnet, Buenos Aires, exige que el noticiero de un canal de aire interrumpió su programación para que se escuchara en vivo y en directo los gritos y el llanto de una mediática vedette en la puerta de una sala velatoria.

En el orden publicitario, desde Pergamino una denunciante se comunicó con la Defensoría del Público para reclamar por un anuncio de un yogur en el que se mezcla la delgadez con la belleza de una chica con los celos de un chico que, supuestamente, es su novio. En la misma línea, otra persona da aviso de que un canal de cable le da lugar a publicidades de contenido adulto con imágenes procaces durante todo el día.

También se recibió una denuncia por estigmatización y cosificación hacia las mujeres. Desde Lavallol, la persona que hizo el reclamo en la Defensoría enumera que en una señal de noticias por cable se emitió un informe sobre los precios de la canasta escolar y lo hicieron con dos jóvenes mujeres vestidas con guardapolvos. “Una imagen cargada de connotación sexual”, fue su argumento.

En marzo, la Defensoría del Público presentó una serie de actividades que llevará a cabo en el marco del Año de lucha contra la violencia de género y la violencia mediática hacia las mujeres en coordinación con AFSCA, el Consejo Nacional de las Mujeres y el INADI. Luego, se firmó un convenio para enfrentar la violencia mediática hacia las mujeres. Además, el organismo acordó un vínculo de trabajo junto al CONICET para complementar y fortalecer las acciones para el desarrollo científico y tecnológico.

El mes, en números

En marzo se recibieron 94 presentaciones: 49 consultas, 16 actuaciones, 25 otras acciones y 4 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos. En el mismo mes, pero un año antes, fueron 35.

La región Buenos Aires, conformada por provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la que más presentaciones tuvo con un 72,3 % del total. Luego se encontró la región Centro con el 8,5 %, seguido por Cuyo y Patagonia con el 5,3%. Después, se ubicó NOA: 4,3%. El mismo porcentaje alcanzó NEA.

El 55,4% de las presentaciones fue de las mujeres. Para los hombres correspondió el 44,6 %.

El 28,3% de las presentaciones, denuncias y reclamos fueron hechos por ciudadanos/as de entre 51 y 65 años. Con el 22, 8% se ubicaron quienes tienen entre 31 y 40 años. Los y las denunciantes que tienen entre 19 y 30 años alcanzaron el 18,5%. El 17, 4% para la franja entre 41 y 50 años. Con el 12%, quienes tienen más de 65 años. 

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gráficos febrero
En el mismo mes, pero en 2013, habían sido 42. Además, la Defensoría del Público llevó adelante un trabajo de difusión del organismo en la Costa Atlántica: en Mar del Plata, San Bernardo y Santa Teresita.

Mes a mes, desde su creación, la Defensoría del Público continúa con “un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto”, según lo establece el artículo 19 en su inciso b). En febrero se recibieron 134 presentaciones: 89 consultas, 24 actuaciones, 17 otras acciones y 4 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos. En el mismo mes, pero un año antes, fueron 42.

Entre las presentaciones que se recibieron en el organismo pueden citarse, en materia de accesibilidad, el reclamo de una denunciante desde Córdoba, Capital: asegura que el cableoperador de su zona incumple con la grilla de AFSCA. Desde Villa Ballester, Necochea, General Villegas, Lincoln, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Villa Gobernador Gálvez, Santa Fe, surge el mismo reclamo. Por otra parte, una denunciante en Berazategui, dice que una FM no cumple con la ley, ya que el ciento por ciento de su programación es en inglés y los títulos de las canciones son presentados en ese idioma. En San Nicolás, una persona que se comunicó con la Defensoría del Público detalla que en su ciudad, un cableoperador “no ha cambiado absolutamente nada de su grilla”. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una denunciante requiere que una señal de noticias de cable pueda escucharse sin interferencias a través de su cableoperador. Otro denunciante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avisa que su cableoperador quitó dos canales de su grilla. Y agrega que al comunicarse con la empresa le dijeron que si quiere volver a ver esas señales debe alquilar un decodificador. Además, una persona, en Mar de Ajó, le envió una nota al organismo porque no puede escuchar una radio de amplitud modulada porque es interferida por una FM local. En Merlo, un denunciante asegura que no puede sintonizar las frecuencias de FM del 92 a los 105 Mhz por interferencias provenientes de una radio evangelista. En Castelar, una persona que recurrió a la Defensoría avisa que su cableoperador no cumple con la grilla estipulada por AFSCA. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un denunciante avisa que una empresa de televisión digital no transmite un canal con contenidos para niñas y niños. En Posadas, Misiones, una denunciante reclama que un servicio de TV satelital fusionó canales en un solo número. En Villa Dolores, Córdoba, una persona asegura que una FM es interferida por otra, ambas de la misma provincia.

Por otra parte, una denunciante de San Martín, Buenos Aires, expresa que un conductor de un canal abierto utiliza un lenguaje fuera de lugar a las dos de la tarde. En Villa Ballester, otra persona hizo un reclamo similar. Una denunciante de General Roca, Río Negro, reclama que en un programa de un canal de aire transgrede el horario ATP. Desde la Calera, Córdoba, una persona denuncia que una empresa de televisión satelital no incluye en su programación ningún contenido regional.

En el orden publicitario, la Defensoría recibió un reclamo desde La Plata: se reclama que las publicidades de los canales infantiles no son apropiadas para niños y niñas. Y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una persona solicita que se observe una publicidad de un desodorante, en televisión abierta, en donde hay violencia mediática hacia las mujeres. En José Mármol, también, una denunciante requiere que se analice una publicidad televisiva de un medicamento en el que se cosifica a una mujer. Desde Temperley y Wilde, otras personas se comunicaron con la Defensoría por el mismo tema.

En el mes de febrero, además, la Defensoría del Público llevó adelante un trabajo de difusión del organismo en la Costa Atlántica: En Mar del Plata, San Bernardo y Santa Teresita se entregaron materiales informativos para continuar efectivizando su compromiso con el empoderamiento ciudadano y los derechos del público. Y se canalizaron reclamos y consultas.

El mes, en números

En febrero se recibieron 134 presentaciones: 89 consultas, 24 actuaciones, 17 otras acciones (recepciones de CV, pedidos de entrevistas, etc) y 4 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos.

La región Buenos Aires, conformada por provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la que más presentaciones tuvo con un 73,9 % del total. Luego se encontró la región Centro con el 13,4 %, seguido por NEA con el 4,5%. Después, se ubicó Cuyo: 3,7%. La región Patagonia obtuvo el 3% y NOA registró el 1,5%.

El 55,6% de las presentaciones fue de las mujeres. Para los hombres correspondió el 44,4 %.

El 32,3% de las presentaciones, denuncias y reclamos fueron hechos por ciudadanos/as de entre 51 y 65 años. El 20, 3% para la franja entre 41 y 50 años. Con 18,8% se ubicaron quienes tienen más de 65 años. Con el 17,3%, entre 31 y 40 años. Y los y las denunciantes que tienen entre 19 y 30 años alcanzaron el 11,3%.

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Enero
Además hubo cuatro presentaciones resueltas. Y se emitió un comunicado a raíz de las diversas consultas y reclamos que se recibieron para conocer el ordenamiento de las señales en las grillas de los prestatarios de servicios de comunicación audiovisual.

Mes a mes, desde su creación, la Defensoría del Público continúa con “un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto”, según lo establece el artículo 19 en su inciso b). En enero, se recibieron 150 presentaciones: 85 consultas, 30 actuaciones, 19 otras acciones y 16 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos.

Entre las presentaciones que se recibieron en el organismo pueden citarse, en materia de accesibilidad, el reclamo de una denunciante de Comodoro Rivadavia: no recibe la señal de Chubut TV que corresponde al canal de la provincia. Y pide que DirecTV lo incorpore a la grilla. Desde Mar del Plata, una persona avisa que desde noviembre tiene problemas de recepción en la TDA con la señal de la Televisión Pública y Tecnópolis TV. En Santa Teresita se presenta un caso similar: no cuenta con la TDA, que tomaba con normalidad la señal desde San Clemente. Se acumula a idénticas situaciones en Villa Luzuriaga (Buenos Aires), Mar de Ajó y Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Otra de las presentaciones está centrada en la imposibilidad de un denunciante que avisa que el audio de C5N está interferido por una FM. Una persona se comunicó con la Defensoría porque se siente discriminada por no vivir en Capital, ya que no puede acceder a Radio Nacional Folclórica, Clásica y Rock. En Morón, una denuncia enumera que las FM 96.3, Radio Nacional Clásica, 96.7 y JAI se ven interferidas por voces y música de otras emisoras. En Chovet, Santa Fe, surgió una presentación también por interferencias entre una radio local, una cordobesa y una uruguaya.

Sobre estigmatización, discriminación y morbo hacia las personas, un denunciante de Paso de la Patria, Corrientes, dejó constancia que “hay una radio clandestina que utiliza lenguaje vulgar, soez, y agrede verbalmente a las familias e instituciones de la comunidad”. Otra persona, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reclama que viene siendo estigmatizada por un conductor de una FM. En la misma ciudad, una persona detalla que en un programa de televisión abierta se hace una utilización “aberrante del cuerpo femenino, denigran a la mujer”. Otra denunciante se comunicó con el organismo para dejar sentado que en una emisión de la tarde -en un canal de cable de noticias- se mostraron de manera “morbosa” imágenes del cuerpo de una vedette.

En el orden publicitario, la Defensoría recibió un reclamo de una denunciante que señala que “se presenta al cuerpo de la mujer como un objeto de propiedad de su pareja de una forma grotesca” en un anuncio de un organismo público. En el mismo marco, pero en radio, un denunciante considera “imposibles de entender” las tandas porque “utilizan una voz robótica, monótona y veloz”. Otro reclamo ingresado a la Defensoría enuncia que en un programa periodístico de cable, al mediodía, se presenta como noticia algo que en realidad es una publicidad.

Además, se generó una actuación luego de que una denunciante reclamara que Cablevisión aumentó la tarifa de $192 a $215. Otra, dentro del mismo rubro, asegura que el cableoperador Telecentro no cumple con el sistema “close caption”.

Una persona, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dirigió a la Defensoría para reclamar por la cobertura de la mayoría de los medios televisivos sobre el asesinato de una menor en una localidad del Gran Buenos Aires. “Muestran su foto una y otra vez”, argumenta. Y amplía: “Se inventa un relato sobre su triste realidad familiar”.

Por otra parte, a raíz de las diversas consultas y reclamos que recibió el organismo, se dio a conocer un comunicado para saber cómo debe aplicarse la normativa establecida por AFSCA para todos los prestatarios de servicios de comunicación audiovisual en relación al ordenamiento de las señales en sus grillas.

Presentaciones resueltas

La Resolución 002/14 tiene su origen el 11 de octubre de 2013. En la denuncia se cuestionaba “la publicidad realizada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en donde realiza alusión a los barrios de la ciudad donde se encuentra el Banco Ciudad. En dicha publicidad hay una relación inapropiada con el Barrio Villa Ortúzar, en la que se utiliza el cuerpo de la mujer a tal punto de dejarla en lugar de objeto. La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo llevó adelante un visionado de la pieza y constató que la misma comienza con la enunciación de una propuesta al televidente –“Elegí un lugar” – y a continuación se suceden una serie de imágenes tituladas, a modo de respuesta a dicha consigna. Entre las imágenes aparece un plano -detalle- de los glúteos de una mujer que viste unas calzas con rayas verticales celestes y blancas. La exhibición de la parte inferior de una larga cabellera sobre su espalda, junto con el plano de un automóvil de carrera como imagen de fondo sugiere que se trata de una promotora de automovilismo. Esta imagen es titulada “Villa Ortúzar”. Y concluye con la exhibición de un recuadro: “Tu casa está en el Banco Ciudad”. La misma Dirección, detalló: “En la selección de la imagen descripta está implícita una representación estereotipada y cosificante de la mujer, ya que se eligen visualizar (como correlato de la dualidad terminológica “orto-Ortúzar”) los glúteos de una mujer (y no de un varón) y, entre estos, se privilegian los glúteos trabajados bajo el estereotipo de las promotoras de automovilismo, reproduciendo así una mirada cosificante, sexualizante y reductora de las mismas”. Y concluye: “El caso denunciado bordea la tensión entre el humor y la cosificación de manera poco auspiciosa, dado que, tratándose de un órgano público, desconoce la problemática inherente a las formas de cosificación de la mujer y su debate social contemporáneo”. Por su parte, la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos analizó si la representación estereotipada y cosificante que la elección de la imagen cuestionada supone, confronta las obligaciones emanadas de la normativa nacional sobre comunicación audiovisual y sobre protección de los derechos de las mujeres, y la normativa e instrumentos internacionales referidos a estos temas. En virtud del análisis interdisciplinario realizado por la Defensoría sobre el reclamo y la pieza publicitaria, la Actuación fue puesta en conocimiento de la Secretaría de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de la Gerencia del Banco Ciudad y de la presidencia de la agencia de publicidad que desarrolló el comercial. Además, se convocó a todos estos actores a una reunión que se concretó el 18 de noviembre de 2013 en forma conjunta con la Defensora y representantes del Banco. En función de lo conversado, los representantes del Banco y de la agencia plantearon la posibilidad de que el comercial fuera retirado en lo que restaba de la campaña y reemplazado. Este organismo, además, le propuso al Banco la firma de una Carta Compromiso que plasmara su posición institucional con el desarrollo de una sociedad igualitaria, inclusiva, plural y con equidad de géneros. En la Resolución puede leerse lo siguiente: “Que esta disposición y la sensibilidad del público expresada en el reclamo que motivó la presente actuación —y otras sobre discriminación, estereotipación y violencia simbólica y mediática contra las mujeres— ratifican la decisión de esta Defensoría de impulsar un trabajo integral en torno a estas problemáticas, motivo por el cual la Defensoría del Público ha decidido trabajar, conjuntamente con otros Organismos y con organizaciones de la sociedad civil, en acciones de sensibilización, concientización y capacitación dirigidas a los actores de la comunicación audiovisual y al público de todo el país”.

El 12 de septiembre de 2013 se dio el primer paso para llegar a la Resolución 005/14: la Defensoría recibió una denuncia de la Coordinadora de la Oficina de Atención Descentralizada por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de Villa Soldati - Nueva Pompeya de la Asesoría General Tutelar del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Un joven se acercó a ver a esta mujer y le expresó que en un programa de cable de noticias “se mostraron imágenes distorsionadas de su persona, identificándolo como integrante de una banda de delincuentes juveniles. En dicho programa en realidad mostraron imágenes que corresponden a un corto del que formó parte y que fue realizado como una iniciativa cultural y recreativa”. Paso siguiente, se presentó el reclamo que originó esta Resolución. Sustentado, además, en otra presentación de dos jóvenes reiterando los términos de la denuncia interpuesta ante la Asesoría General Tutelar. Uno de ellos sostuvo: “En el informe se utilizaron imágenes en las que aparecía una fotografía mía, tomada […] por el grupo Actores de Villa, al que pertenezco”. Por último, en la presentación se informó que “la mamá de un compañero llamó al canal, pero no le contestaron nunca. La foto la bajaron del Facebook”. A pesar de que su cara aparecía parcialmente cubierta, el denunciante dijo que “en el colegio me reconocieron todos” y luego puntualizó: “Tengo miedo porque además en el informe dice: ‘siguen siendo buscados’. ¿Por esa imagen a mí me pueden detener? Me pueden parar por la calle por la foto […] mataron a un policía, y si me agarran en la calle me pueden llevar”.

La Defensoría del Público intervino para que la señal tomara conocimiento de las denuncias, estableciera por qué motivo se había decidido incluir estas imágenes en el informe y rectificara al aire lo ocurrido, a fin de proteger la seguridad personal de los denunciantes y de reparar la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la honra y a la reputación. Desde el canal argumentaron que “se había producido debido a un error en la rotulación de las mismas en los archivos audiovisuales de esa señal”. El 18 de septiembre, el periodista que conduce ese programa, ofreció disculpas en cámara. Por su parte, el canal se comprometió a realizar una producción periodística que, en línea con lo solicitado por los propios denunciantes “muestre cómo es el barrio realmente”, dando a conocer la participación de niños y adolescentes en experiencias organizativas que buscan promover la cultura en el Barrio Zavaleta. En paralelo a la propuesta de capacitación de los trabajadores de la señal periodística, la Dirección de Capacitación y Promoción de la Defensoría hizo una capacitación en la Villa 21-24, lindera con el barrio Zavaleta, en la que participaron jóvenes y adultos de ambos barrios y en la que se abordaron los contenidos de la Ley 26.522, los derechos del público y obligaciones de los servicios de comunicación audiovisual.

Además, la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo, luego de observar la emisión, redactó: “Es responsabilidad de productores, periodistas y directivos del canal el chequeo de la información, en particular en el tratamiento de temas tan sensibles como un asesinato, y aún más si quienes aparecen involucrados/as o son invocados durante las coberturas son niños, niñas y adolescentes. El recurso de tomar información de las redes sociales, como sucedió en este caso con Facebook, amerita una serie de cuidados”.

En la Resolución se puede leer el siguiente párrafo ilustrativo: “Que el agravante del caso en cuestión radica en que a medida que se muestran las imágenes tomadas de Facebook de distintos jóvenes que presuntamente habitan en el barrio Zavaleta, se los asocia con una serie de hechos delictivos relatados por el columnista –sin contemplar la presunción de inocencia–, como el asesinato de un policía y otros tres posibles crímenes. Tal como manifestaron los denunciantes, a pesar de las medidas de edición adoptadas por la señal periodística, los adolescentes fueron identificados por sus amigos cuando vieron el informe en televisión”. La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo, finaliza: “La exhibición de imágenes indebidamente chequeadas permite al conductor, sin embargo, arribar a conclusiones que generalizan prácticas delictivas sobre un grupo etario y que habita un espacio geográfico construido como marginal, ‘pobre’ y periférico”. A su vez, la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos elaboró un dictamen sobre la normativa aplicable al caso y los derechos afectados en el informe periodístico emitido por el canal y enuncia que la presunción de inocencia es una garantía procesal que otorga a toda persona, sin discriminación, el derecho a ser considerada inocente hasta tanto no se obtenga el pronunciamiento de una sentencia condenatoria firme que establezca legalmente su culpabilidad.

En otro pasaje de la Resolución, se observa: “Que la inobservancia de las normas que regulan la difusión de las imágenes de niñas, niños y adolescentes en el informe, vinculándolos con el homicidio de agentes de seguridad, posibilitó que se lesionaran la dignidad, la honra y la reputación de los jóvenes denunciantes”. Y un tema central: junto a las afectaciones recién mencionadas se puso en juego la seguridad personal e integridad física de los denunciantes. Además, el estigma social creado por este tipo de coberturas no se diluye, aun cuando las hipótesis culpabilizadoras sí lo hagan y se pruebe fehacientemente que nada tenían que ver estos jóvenes con el asesinato de un policía.

En síntesis, los conductores hicieron “suyas” las afirmaciones que habrían obtenido de fuentes policiales, y a su vez, difundieron las imágenes —y con ellas la identidad—de adolescentes a quienes se vinculó con el asesinato de un policía, afectando de esta manera sus derechos. Además, la exhibición de esas imágenes indebidamente chequeadas en el informe, le permite al conductor arribar a conclusiones que generalizan prácticas delictivas sobre un grupo etáreo (niños y jóvenes) que habita un espacio geográfico construido como marginal, “pobre” y periférico.

La Defensoría deja constancia del compromiso asumido por el canal con respecto a que, en la mayor brevedad posible, se concreten las propuestas de capacitación que este organismo ha puesto a disposición de los responsables de la señal, con la convicción de que enriquecerán su tarea en el respeto por los derechos de las personas y de sus propias audiencias.

La Resolución 006/14 toma cuerpo a raíz de una denuncia que hizo referencia al programa “Cámara Viva Extremo”. El mismo denunciante puntualizó que el programa se emitió en un canal de cable, con quien la Defensoría se comunicó para poner en su conocimiento la existencia de la denuncia y darle la posibilidad de tomar vista de la actuación y de remitir las consideraciones que estimara corresponder. Asimismo, se le solicitó que remitiera copia del programa objeto de la denuncia. El canal contestó la Nota antes referida. Por un lado expresó: “Negamos y rechazamos haber emitido imágenes y diálogos pornográficos dentro del horario de protección al menor. Se tiene muy en cuenta los contenidos de su programación y el respeto por la integridad de los menores”. Seguidamente informó que no contaba con copia del material solicitado. Y por último solicitó la postergación de la reunión convocada para ese día, por compromisos de índole profesional previamente asumidos por la empresa. “El programa de en cuestión (sic) está integrado por nueve informes, siendo los dos primeros aquellos que condensan los aspectos destacados en la denuncia […] El primer informe, subtitulado casi en su totalidad, se inicia con la entrevista a un director de films eróticos que se inscriben, tal como él afirma, en una estética amateur”, describe, inicialmente, la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo. Luego, se explaya: “Las descripciones permiten identificar que el programa transmite y configura una serie de mensajes que es posible considerar como inapropiados para el horario ATP [Apto para Todo Público]. A) La representación del acto sexual, en el primer informe, de un modo visualmente implícito, que surge de la concatenación entre la emisión del arrodillamiento de la actriz, el primer plano de la cara de satisfacción del actor, el ángulo picado de la cámara del director y el plano general lejano que muestra a la actriz agachada a la altura de los genitales del actor y moviendo su cabeza hacia adelante y atrás. Pero que se repone de un modo explícito a través del diálogo entre la actriz y el director […] A su vez es preciso destacar que el informe se cierra con la repetición del plano general que captura la realización implícita del acto sexual, permitiendo advertir su centralidad en el relato y la pretensión de enfatizar y anclar en él la mirada de los televidentes. B) La utilización de lenguaje adulto, fuera de contexto y anclado en el campo semántico de lo sexual […] C) La emisión de escenas e imágenes que enfatizan lo procaz tales como el plano detalle sobre la bicicleta fija que porta el consolador en forma de pene, enseñando sus movimientos ascendentes y descendentes […] D) La representación explícita de la desnudez en el informe dos, excediendo la representación artística de un cuerpo sometido a la técnica bodypainting, mediante el relevamiento de planos detalle de los senos y glúteos”.

En síntesis: el programa no sólo contiene elementos inapropiados para ser emitidos dentro del horario ATP, sino que también contribuye a la reproducción y refuerzo de un modelo perceptivo e ideológico que reduce a la mujer a un objeto sexual, mediante su narrativa particular del cuerpo femenino”.

En la resolución se lee lo siguiente: “Que los niños, niñas y adolescentes son considerados sujetos de derecho a partir de la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual goza de jerarquía constitucional en Argentina desde el año 1994. El artículo 17 de la Convención reconoce la importante función que desempeñan los medios de comunicación y obliga a los Estados a velar porque el niño tenga acceso a “la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental” y establece en su inciso e) que los Estados: “Promoverán la elaboración de directrices apropiadas para proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar”. Más adelante, se detalla: “Que el análisis hasta aquí expuesto sustentó el interés de este organismo en dialogar con Artear al respecto y proponer a la licenciataria y por su intermedio a los responsables de la señal y de la producción del programa, la realización de una actividad de capacitación sobre los derechos de la infancia y la adolescencia”. El canal, más tarde, le envió una nota a la Defensoría: “Durante las reuniones habituales de producción se ha trabajado el tema en cuestión reiterándose la necesidad de evitar la emisión de contenidos no aptos para todo público en horario de protección al menor”. Y expresó: “Hacemos saber que es política habitual de esta empresa no vulnerar los principios de protección al menor teniendo en consideración el horario apto para todo público, y continuaremos con el mismo criterio”.

La Defensoría reiteró la posibilidad de realizar una actividad de capacitación sobre la Ley 26.522 en materia de protección de la infancia y la adolescencia.

En el marco de estas competencias, este organismo dará continuidad durante 2014 al debate que iniciara el año anterior con los representantes de licenciatarios de televisión y radio para trabajar conjuntamente en un compromiso renovado y fehaciente con los derechos del público infantil con la convicción de que la reflexión y la construcción colectiva, protagonizada por todos los actores involucrados, son las acciones adecuadas para generar compromisos de largo plazo hacia la plena vigencia de los derechos comunicacionales de la niñez y la adolescencia.

La Resolución 007/14 comienza su largo camino el 13 de agosto de 2013 la primera Actuación a raíz de una denuncia referida al programa “Cuestión de peso” emitido por Canal 13. En ese reclamo, se lee: “Creo que el programa del Dr. Cormillot que se transmite a la tarde está incurriendo en grave falta de respeto hacia las personas que intervienen en él. En este momento están 'tratando' a dos mellizas con una obesidad terrible y las exponen prácticamente desnudas como dos 'monstruos' de circo. Me gustaba ver el programa cuando se trataba de enseñar y educar sobre la obesidad a través de participantes, pero se ha convertido en un show circense”. La Defensoría organizó una reunión con las autoridades del canal y con la productora de la emisión, que luego envió una nota: “Reconocemos que es posible que en ocasiones, la temática tan personal sobre la que versa el programa –la obesidad y la lucha contra dicha enfermedad– da lugar a la exposición de situaciones de angustias personales que son capaces de causar en el público cierta disconformidad”. Asimismo comentan que han realizado reuniones en donde reflexionaron para que el programa “se mantenga fiel a su principio rector, que es la concientización y visualización de la realidad que viven en su vida cotidiana aquellas personas que sufren un mal tan difundido en nuestra sociedad como la obesidad”.

Como el canal no respondió la nota, la Defensoría hizo un nuevo envío. Esa sí tuvo una devolución: “El programa está conducido por especialistas en la materia que trata y no es posible desconocerles su carrera y su profesionalismo en cuanto al trabajo que realizan. Contra la queja de un denunciante, diariamente escriben miles de personas felicitando al canal por la función social, la enseñanza y la calidad del programa en cuestión que ha logrado cambios en la vida, no sólo de los participantes sino de las miles de personas que lo miran día a día desde hace varios años”.

El 12 de noviembre de 2013 ingresó una nueva denuncia sobre el mismo programa: “Se presentó un tape en el cual uno de los participantes nuevos del programa era exhibido como un animal de zoológico u objeto extraño, llamando la atención [de] transeúntes para que se detengan frente a él y comenten sobre su persona. Me parece totalmente violento hacia la persona estigmatizada, teniendo en cuenta que en su condición de enfermo, por la obesidad, psicológicamente esto provoca un daño mayor”. Dos días más tarde, otra persona se comunicó con la Defensoría y denunció: “Dejó de ser un programa que promueve la salud, para pasar a promover las burlas. Ellos mismos se burlan de los supuestos `pacientes´ de los cuales pasan imágenes que ofenden el honor, la figura pública y el pudor de la persona”.

La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo realizó un informe sobre el programa cuestionado: “Si bien el programa se enmarca en la lógica de un reality, dentro del cual los participantes atraviesan una serie de desafíos para obtener un premio final, el mismo convoca a una dimensión pedagógica original, asociada a la (re)educación alimentaria y al cuidado de la salud. En este caso, se trata de volver sobre el propósito de “enseñar y educar sobre la obesidad”, más allá de toda puesta en escena espectacular”.

Finalmente, el 10 de diciembre, un equipo de la Defensoría llevó a cabo la capacitación de integrantes de la productora. Se presentó el trabajo del organismo, el abordaje que se da a los reclamos del público, y en particular se analizaron los planteos referidos al trato que se da a los participantes en el programa. El encuentro consistió en un diálogo fructífero en base al análisis que la Defensoría hizo de los reclamos recibidos. Los productores del ciclo comentaron las transformaciones que el programa había experimentado desde que se encuentra al aire y profundizaron en la complejidad que tiene una producción de estas características en función de la diversidad de situaciones que plantea la evolución de los participantes. Comprendieron las preocupaciones manifestadas por el público a la Defensoría y valoraron el análisis interdisciplinario que este organismo presentó como un aporte que puede enriquecer la tarea que llevan adelante.

El mes, en números

En enero, se recibieron 150 presentaciones: 85 consultas, 30 actuaciones, 19 otras acciones (recepciones de CV, pedidos de entrevistas, etc) y 16 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos.

La región Buenos Aires, conformada por provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la que más presentaciones tuvo con un 72 % del total. Luego se encontró la región Centro con el 16 %, seguido por Cuyo con el 5,3%. Después, se ubicó Patagonia: 4,7%. La región NOA obtuvo el 1,3% y NEA registró el 0,7%.

El 60,1% de las presentaciones fue de las mujeres. Para los hombres correspondió el 39,9 %.

El 27,2% de las presentaciones, denuncias y reclamos fueron hechos por ciudadanos/as de entre 51 y 65 años. El 23, 1% para la franja entre 31 y 40 años. Con 19,7% se ubicaron quienes tienen más de 65 años. Con el 19%, entre 41 y 50 años. Los y las denunciantes que tienen entre 19 y 30 años alcanzaron el 10, 2%. Con 0,7% cerró la brecha entre 13 y 18 años.

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diciembre
Con una serie de actividades, el organismo presentó su nuevo lugar, ubicado en Alsina 1470, CABA. Además, se recibieron 98 presentanciones y se firmó un convenio con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.

Mes a mes, desde su creación, la Defensoría del Público continúa con “un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto”, según lo establece el artículo 19 en su inciso b). En diciembre, se recibieron 98 presentaciones: 45 consultas, 18 actuaciones, 29 otras acciones y 6 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos. En el mismo mes, además, el organismo abrió las puertas de su nueva casa, ubicada en Alsina 1470: se llevaron a cabo diferentes actividades desde el lunes 16 al viernes 20.

Entre las presentaciones que se recibieron en el organismo pueden enumerarse, en materia de accesibilidad, una denuncia sobre la imposibilidad de escuchar radio Nacional. Otra detalla que un abonado de DirecTV no puede ver durante las 24 horas las señales PakaPaka e Incaa Tv. En Quilmes, una persona asegura que sufre interferencias en una radio local. Un abonado de Cablevisión en Pergamino remarcó que la empresa no incluye CN 23, Telesur y PakaPaka en su servicio clásico. En Moreno, una persona reclama que DirecTV no transmite PakaPaka e Incaa TV. En Gonnet, según otro denunciante, hay interferencias y no se puede escuchar Radio Nacional Floclórica.

Sobre estigmatización y discriminación y morbo hacia las personas, un denunciante dejó constancia que en un programa de televisión por cable “editaron un informe de policiales sobre una banda que se dedicaba a el robo de automóviles. Destacaban los modismos de la jerga de los sectores populares y se lo acompañaba con música de cumbia: una asociación intencional”. En la misma línea, una persona se comunicó con la Defensoría porque un periodista, en un programa deportivo de radio Nacional, “muestra falta de educación al hablar”. Siempre bajo los mismos parámetros, un denunciante especificó que en Radio 10, un conductor “utilizó un lenguaje y comentario fuera de lugar sobre los gays”. Como en el mes anterior, se comenzó una actuación debido a una denuncia por discriminación en un programa de televisión abierta en el que se expone a personas con obesidad. Un oyente de radio puntualizó que en una FM, el conductor y sus colaboradores se burlaron de la muerte de Nelson Mandela y que eso derivó en el “prode de la muerte”: consiste en acertar quiénes morirán en el transcurso del año. En Posadas, un denunciante contó que un conductor de una emisión de un canal local incurre en comentarios sexistas y discriminatorios.

Otro reclamo que ingresó a la Defensoría enumera que en un programa periodístico de cable “se mostró a saqueadores encapuchados quienes contaban sus hazañas”. Según otro reclamo, en una emisión de la tarde de una señal abierta se emiten “sistemáticamente fotos y videos eróticos”.

En el orden publicitario, la Defensoría recibió un reclamo sobre un aviso de mensajería instantánea: “Tiene contenidos discriminatorios. Un joven es golpeado por manifestarle su afecto a su amigo”. La misma persona, después, se refirió a otra publicidad de la misma empresa: “Es generadora de violencia, una adolescente habla mucho y un emoticón le pega una trompada”. A raíz de tres reclamos relacionados a una publicidad de preservativos en el horario apto para todo público se inició una actuación.

En la Sexta Audiencia Pública

Llevada a cabo el 1 de noviembre, en la sala de prensa del municipio de San Carlos de Bariloche, en el Centro Cívico, un representante de la “Comisión en Defensa de Radio Mix 105 de Neuquén” solicitó la representación de la Defensoría para que se revean párrafos de un acta que los deja fuera de la frecuencia.

En la Audiencia Pública realizada en Patagonia, 70 expositores (85 inscriptos) dieron cuenta de la situación de la comunicación audiovisual en la región. En nueve ejes temáticos, el informe sintetiza un mapa de situación construido en base a las exposiciones de representantes de organizaciones sociales, sindicatos de trabajadores, medios públicos, comerciales y sin fines de lucro, organismos públicos, escuelas, puebos originarios y productoras: hubo reiteradas presentaciones sobre la imposibilidad de transmitir por aire, en Bariloche, el canal 10. Siempre en la misma ciudad, en el marco de la convocatoria del organismo para la región, un integrante de la Fundación Alternativa Popular y Comunicación Social, informó que iniciaron la tramitación para obtener una licencia para un servicio de comunicación audiovisual abierta para Viedma ante la AFSCA. Siempre en Bariloche, una persona pidió que el canal Aqua Mayor se pueda ver en todo el territorio y que sea incluido en los cables locales.

Presentaciones resueltas

El 18 de julio del año pasado, la Defensoría recibió una denuncia por incumplimiento del Artículo 16 de la Ley 26.522 por parte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, indicando que no ha integrado el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. En idéntica fecha llegó otro reclamo en igual sentido, referido al incumplimiento del inciso a) del Artículo 16 de la Ley 26.522, proveniente de una persona que se identificó como representante de la Asamblea de Av. Juan B. Justo y Corrientes de Villa Crespo, CABA. En la Resolución 120, al respecto, se pueden leer los siguientes párrafos: Que en esta instancia corresponde indicar que esta Defensoría, el 24 de abril de 2013, suscribió un Convenio Marco de Cooperación con el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Su objeto refiere a la promoción de la colaboración y asistencia técnica recíproca entre las partes y a “articular todas aquellas tareas necesarias para impulsar y fortalecer institucionalmente los derechos del público de Servicios de Comunicación Audiovisual” y la implementación de la Ley 26.522 (conforme cláusula primera). Y: “Que ‘Nadie reclama un derecho que no conoce’. Bajo esta premisa, la Dirección de Capacitación y Promoción de la Defensoría del Público lleva adelante una tarea pedagógica esencial para fortalecer a la ciudadanía a partir de la formación, el debate, la participación y la generación de propuestas”. Y amplía: “estas actuaciones evidencian la importancia de la participación ciudadana y los valiosos aportes que las Audiencias están llamadas a desempeñar, propiciando la implementación plena de la Ley 26.522”. Para cerrar: “Que la conclusión de estas actuaciones -por agotamiento de su objeto al avenirse CABA a designar a su representante ante el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual- en términos de organización de los procesos internos de la Defensoría, es corolario del trabajo interdisciplinario de sus equipos de trabajo. Que la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le corresponde”. Se resolvió: “Expresar su reconocimiento a los integrantes de la Asamblea de Avenida Corrientes y Juan B. Justo por las actividades de participación ciudadana que han impulsado; Remitir copia de la presente Resolución a las denunciantes, al Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, al Gobierno de CABA y a la Autoridad federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La Resolución 127 tuvo su origen el 31 de mayo de 2013: se recibió una denuncia que decía que “en la edición del mediodía de Noticiero 7, de Canal 7 Mendoza, se emitió un asesinato donde se ve claramente el hecho. El evento incluyó puñaladas y disparos a una víctima. Este es un hecho aberrante y espero que el canal sea sancionado”. Inmediatamente, la Defensoría decidió solicitar a la Dirección de la Licenciatura en Comunicación Social de la Universidad Nacional de Quilmes (UNQUI) un análisis y peritaje técnico de la pieza audiovisual remitida por Canal 7. Luego, el 27 de diciembre, se llevó adelante una reunión con las autoridades del canal, quienes reconocieron haber puesto al aire las imágenes que motivaron la denuncia y se comprometieron a que el Área de Noticiero realizaría una capacitación sobre distintos temas de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En cumplimiento de dicho compromiso, la Defensoría coordinó una modalidad de capacitación que permitió la participación de directivos, trabajadores y trabajadoras del canal y de Radio Nihuil. Se resolvió lo siguiente: “Téngase presente la voluntad manifestada por Canal 7 de Mendoza para trabajar en un futuro Código de Ética o Manual de Estilo, que permita además a las audiencias conocer los compromisos asumidos por la emisora en el camino de la autorregulación”.

A la Resolución 129 se arriba después de que el 31 de julio de 2013 se iniciara la Actuación a raíz de una denuncia referida a publicidades de una marca que desarrolla productos para el tratamiento la enfermedad del acné. En su presentación el denunciante señala: “... Son muy discriminadoras y hacen sentir mal a mucha gente, burlándose de la gente que tiene granos. Yo en particular me siento mal al verlas ya que hace ver como 'tonta´ a la gente que tiene imperfecciones en la piel”. La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo trabajó sobre las piezas referidas por el denunciante y la Defensoría tuvo un encuentro con la agencia de publicidad y la empresa, que mencionó la amplia participación que las/os adolescentes tienen en sus sitios en redes sociales y señaló el valor que podía tener la colaboración del organismo en la respuesta a consultas que se refieren a representaciones que la televisión propone sobre la adolescencia, en particular en lo que hace a la salud, a los cánones estéticos que el consumo impone y la aceptación social y afectiva en esta etapa de la vida. El informe elaborado por la mencionada Dirección señala: “Las publicidades tratan una enfermedad inflamatoria de los folículos polisebáceos de la cara como un inconveniente estético de fácil solución. De este modo, la tematización y la solución propuesta por la publicidad sobre el acné es unidireccional, enfatiza las implicancias estéticas y la solución inmediata que ofrece la marca en sus distintas presentaciones, sin incluir la leyenda en la que se recomienda la consulta con el especialista, presente en publicidades de otros productos de similar índole, como pueden ser los dentífricos”. Este tipo de mirada resulta especialmente problemática si se tiene en cuenta que las/os adolescentes se encuentran en pleno proceso de apropiación del propio cuerpo, experimentando vivencias de extrañamiento respecto de ciertos cambios corporales característicos del momento vital que atraviesan. La Dirección consideró que la mostración de las imperfecciones en la piel como susceptibles de generar vergüenza, en un caso, y rechazo, en el otro (en ambos por parte de otros/as adolescentes pares, ya sean amigas o posibles futuras novias) banaliza, en primer término, la condición de problema de salud que cabe a la cuestión del acné, reduciendo su incidencia al plano estético. Al mismo tiempo, los adolescentes mostrados son contrapuestos a ellos mismos en una tensión entre el ser, el deber ser y el ser ideal. Se resolvió: “Ténganse presente las recomendaciones vertidas en los Considerandos de esta Resolución relativas al diseño de campañas publicitarias dirigidas a niños, niñas y adolescentes que ofrezcan productos para el tratamiento de problemas de salud que les afecten”; “Encomiéndese a la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público, el seguimiento de los temas que la presente denuncia aborda, en el marco de la tarea del Observatorio de Salud y Ambiente que se encuentra a su cargo. Dicho Observatorio, cuya necesidad se reveló a partir de las denuncias y consultas del público, propone estudios y reflexiones sobre estos campos temáticos”.

En la Resolución 131 se resolvió, luego de la remisión que presentara el interventor del INADI el 13 de mayo pasado, en el que se transcribe y se analiza el diálogo que se produjo el 22 de marzo de 2013 en un programa de radio: “Recomendar al señor Ángel Pedro ETCHECOPAR, a los responsables periodísticos del programa “El ángel del mediodía” y al titular de la licencia AM 710 KHz de la Ciudad de Buenos Aires, en función de las consideraciones vertidas en la presente Resolución, el respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres, en particular el derecho a la una vida libre de todas las formas de violencia definidas en la normativa vigente. En particular téngase presente la obligación que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual impone a “quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad…” (Artículo 71) de velar por el cumplimiento de la Ley 26.485 que enuncia las formas de violencia que pueden producirse en los servicios de comunicación audiovisual, las violencias simbólica y mediática.  

Que se elabore, en el marco del Año de Lucha contra la Violencia Mediática hacia las Mujeres 2014, un Plan de Acción Federal que incluya iniciativas dirigidas a: promover la sensibilización y la concientización de las audiencias; impulsar ámbitos de reflexión con comunicadores/as sociales que permitan transformar progresivamente aquellas prácticas que incurran en estereotipación, discriminación y violencia contra las mujeres; capacitar a los distintos actores que intervienen en la comunicación audiovisual sobre las pautas que la normativa vigente establece en estas materias y contribuir en los avances que éstos realicen para profundizar estas pautas con instrumentos de autorregulación. 

Y que se convoque, en el marco del Plan de Acción mencionado en el Artículo anterior, a otros organismos estatales comprometidos en la lucha contra la discriminación, la plena vigencia de los derechos de las niñas y las mujeres, y de los derechos comunicacionales. También a organizaciones de la sociedad civil, universidades y organizaciones profesionales y sindicales de la comunicación, en función del carácter interinstitucional que deben tener la propuesta y su implementación. 

También, que se involucre, en el mencionado Plan de Acción Federal, a las radios y televisiones públicas de todo el país que integran Radio y Televisión S.E. Ello en virtud de los objetivos que la Ley 26.522 enuncia para estos servicios (Artículo 122) y de los compromisos asumidos mediante la firma del Acuerdo compromiso del sistema público de medios para el desarrollo de una sociedad con equidad de género, suscrito el 29 de noviembre de 2012 por autoridades nacionales y titulares de servicios de comunicación estatales.

Y que la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público monitoree durante 2014, la coordinación de un estudio sobre las especificidades que presenta la violencia mediática contra las mujeres en la radio y la televisión en una serie de localidades del país, que serán oportunamente determinadas en función de acuerdos que la Defensoría suscribirá con universidades, para el desarrollo de investigaciones sobre la programación de los servicios de comunicación audiovisual en Argentina. En dicho estudio se hará la realización de un monitoreo durante 24 horas, en simultáneo, en emisoras de radio y televisión abierta de ciudades del país a determinar en el diseño del proyecto.

Por último, la Resolución 132 comenzó su curso el 18 de junio de 2013, cuando se recibió una denuncia por “el tratamiento que los medios audiovisuales –en particular TN, América TV, C5N, Crónica TV- hicieron del homicidio de la joven Ángeles Rawson a partir del día 11 de junio, exhibiéndola reiteradamente, violentando derechos de las personas imputadas y de las no imputadas, en particular los trabajadores del CEAMSE y los familiares de la víctima. Puntualmente, la violación de las reglas de la institucionalidad democrática, la estereotipización, y la afectación del honor, todo reiteradamente”. Ese mismo día se recibió otra denuncia referida a la cobertura periodística del caso, solicitando la intervención de este Organismo para que “urgentemente se protejan los menores de edad, dejando de mostrar hasta el cansancio sus fotos en todos los medios, miles de veces por día, con el agravante de que están fallecidos”. El 28 de junio se recibió otra presentación vinculada a este caso en la que se consultaba: “¿Qué tipo de reclamo se puede hacer en relación a la tapa del Diario MUY de hoy (28/6/13) que muestra la foto del cuerpo de una adolescente asesinada? ¿No puede entenderse como una vulneración de los derechos de esa niña, incluso aún después de muerta?” Aludiendo a su condición de madre y de mujer, la denunciante considera que dicha imagen “encierra un mensaje que contiene violencia simbólica contra las mujeres y vulnera los derechos de la víctima”, y señala que si bien la Defensoría tiene competencia para atender casos relacionados con los servicios de comunicación audiovisual, esa tapa había sido “defendida y justificada en la edición del noticiero Telenoche del jueves 27 de junio de 2013”. El 4 de septiembre de 2013 se notificó a los directivos de las diferentes señales de noticias, tales como TN, América TV, C5N, Crónica TV, A24, Canal 26, CN23, Telefé y Canal 9 sobre la existencia de estas denuncias, la posibilidad de tomar vista de las actuaciones y/o de remitir a esta Defensoría las consideraciones que estimaran corresponder. A partir de las denuncias recibidas, la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo realizó un análisis en base a la visualización de la cobertura televisiva. El informe en el que se plasma ese análisis señala que el tratamiento mediático del homicidio de Ángeles Rawson “está subordinado a una tendencia a espectacularizar el caso, en la que la narrativa ficcional es transpuesta a los noticieros y la función informativa relegada. En esta transposición singular, los medios no informan sobre los hechos ni sobre el estado de la investigación vigente, sino que comunican su propia construcción ficcional del caso”. Se resume, en uno de los párrafos de la Resolución: “Que dicho esto es pertinente abordar, en función del caso que se analiza, cuáles son las obligaciones específicas que pesan sobre los licenciatarios respecto de las personas involucradas en la noticia y el público en general, y qué derechos se encuentran afectados cuando las coberturas presentan características como las que se especificaron en los considerandos anteriores de esta Resolución”.

A su vez, el informe de la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos observa que existe un vacío legal en la protección del derecho a la imagen de niñas, niños o adolescentes fallecidos –cuestión a la que alude una de las denunciantes-. En otro pasaje de la Resolución se observa lo siguiente: “Que la necesidad de reafirmar los objetivos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual puesta de manifiesto por la cobertura del homicidio de Ángeles Rawson dio lugar a diversas acciones de la Defensoría del Público. Algunas de ellas tuvieron carácter pedagógico, otras se dirigieron a reparar hechos puntuales y otras tuvieron por objetivo abordar con mayor profundidad las prácticas que derivan en la vulneración recurrente e irreflexiva de los derechos tutelados en la normativa vigente”.

La Defensoría remitió a las gerencias periodísticas de los canales y señales mencionados en los reclamos, el trabajo "Por una comunicación democrática de la niñez y la adolescencia. Herramientas para estudiantes y profesionales, elaborado junto a la AFSCA Y UNICEF, con el fin de acercar instrumentos útiles para una cobertura responsable y respetuosa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

El tratamiento periodístico de este caso puso además de manifiesto la necesidad de impulsar un debate profundo con los distintos actores involucrados en la cobertura de noticias que se refieren a hechos de violencia y situaciones delictivas, en particular cuando éstas involucran a niñas, niños y adolescentes. En este marco, la Defensoría convocó también a asociaciones civiles, familiares de víctimas y organismos de protección del Estado.

Finalmente, un aspecto común de la totalidad de las Mesas de Trabajo fue la reflexión en torno a la necesidad de respetar y defender la privacidad del dolor de las víctimas y familiares de los casos policiales y hechos de violencia. Las denuncias recibidas, el análisis de la cobertura del caso Ángeles Rawson y los fructíferos intercambios mantenidos en las reuniones organizadas por la Defensoría, ponen de manifiesto la necesidad de profundizar en la divulgación de los principios que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y el resto de la normativa vigente prevén para el tratamiento periodístico de hechos como los que suscitaron las Actuaciones que mediante este acto se tienen por finalizadas.

Se concluyó lo siguiente: “Recomendar a los responsables periodísticos de los canales y señales de televisión, en función de las consideraciones vertidas en esta Resolución, respetar en la cobertura periodística de hechos policiales y de violencia, los derechos personalísimos y las garantías constitucionales de las personas involucradas, y los derechos del público, tal como dispone la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y la normativa que ésta expresamente recepta”; Encomendar a la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos de la Defensoría del Público, profundizar el diálogo con los organismos del Estado vinculados a la temática —Ministerio Público Fiscal, Ministerio Público de la Defensa, Ministerio de Seguridad y Seguridad y Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia— para avanzar en el desarrollo de herramientas de divulgación y capacitación que aborden las cuestiones de índole jurídica y de procedimiento involucradas en casos policiales y de violencia, que deben ser consideradas en una cobertura responsable y respetuosa de los derechos de las personas involucradas y del público; Encomendar a la Dirección de Capacitación y Promoción de la Defensoría del Público la elaboración de un módulo de capacitación basado en los materiales que se desarrollen en cumplimiento del Artículo 1° de la presente Resolución y el desarrollo de módulos de capacitación presencial específicos sobre este tema que se incorporen a las propuestas de capacitación que la Defensoría realiza con trabajadores, trabajadoras y equipos de dirección de emisoras y productoras de televisión y radio.

En diciembre, también, la Defensora del Público, Licenciada Cynthia Ottaviano, firmó un convenio de cooperación institucional con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social en la nueva sede del organismo. “Realizar en forma conjunta actividades de capacitación, campañas de difusión y concientización, promoción y participación a efectos de divulgar el conocimiento sobre el derecho a la información, a la comunicación y los valores de la libertad de expresión” son algunos de sus ejes.

El mes, en números

En diciembre, se recibieron 98 presentaciones: 45 consultas, 18 actuaciones, 29 otras acciones (recepciones de CV, pedidos de entrevistas, etc) y 6 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos.

La región Buenos Aires, conformada por provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la que más presentaciones tuvo con un 65,3 % del total. Luego se encontró la región Patagonia con el 15,3 %, seguido por Cuyo con el 11,2%. La región NEA y la Región Centro se ubicaron después con el 4,1%. NOA no registró presentaciones.

El 58,9 % de las presentaciones fueron de las mujeres. Para los hombres correspondió el 41,1 %.

El 33,7% de las presentaciones, denuncias y reclamos fueron hechos por ciudadanos/as de entre 51 y 65 años. En la franja de 41 a 50 años se dio el 22,1%. Seguidos con el 17,9% por quienes tienen entre 19 y 30 años, así como los que están en la franja de 31 a 40 años se ubicaron con el 16,8%. Y el 9,5% estuvo representado por personas de más de 65 años.

La Defensoría abrió las puertas de su nueva casa

Entre el 16 y el 20 de diciembre, el organismo llevó adelante una serie de actividades en el marco de la presentación de su nueva sede ubicada en Alsina 1470, CABA. El lunes 16, tuvo lugar la Ceremonia de Inauguración de la Casa de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual y la presentación del Primer Informe Anual de Gestión. El martes 17 se representó: “Los derechos de las audiencias en América Latina. Las experiencias de Argentina, Brasil y México”. El panel estuvo integrado por: Cynthia Ottaviano, Defensora del Público; Regina Lima, Defensora de la audiencia de EBC (Radio y TV Pública de Brasil); Beatriz Solís Leree, Defensora de los radioescuchas de Radio Educación de México; Glenn Postolski, Director de la Carrera de Comunicación Social de la Facultad de Ciencias Sociales UBA y Daniel Badenes, Director de la Licenciatura de Comunicación Social de la Universidad Nacional de Quilmes. El miércoles 18 tuvo su lugar la: “La Batalla de la Corte”, un debate y reflexión sobre el presente y futuro de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con los Amicus Curiae ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en apoyo a la constitucionalidad de la LSCA. Estuvieron presentes Cynthia Ottaviano, Damián Loreti, Graciana Peñafort, Horacio Verbitsky, Miguel Rodríguez Villafañe y Víctor Abramovich. El mismo día hubo una reunión y debate con periodistas y representantes de organismos e instituciones. para analizar y definir en conjunto con autoridades de organismos involucrados, como el Ministerio de Salud, la Cruz Roja y Bomberos; la cobertura de situaciones de desastre a fin de asegurar el mejor servicio de los medios audiovisuales a sus audiencias y una conexión eficiente con las fuentes informativas. El jueves 19 se presentó la jornada “Los noticieros y la ciudadanía comunicacional”. Se dieron a conocer los resultados de los monitoreos de noticieros de televisión abierta. Realizados por la Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público. Y el viernes 20 fue la premiación de los 30 ganadores del primer concurso nacional de producciones radiofónicas “DEMO 3.0” con la presencia de Cynthia Ottaviano y los miembros del jurado: María Cristina Mata, Carlos Ulanovsky, Deborah Gornitz, Miguel González y Matías Melillán.

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noviembre
La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, en el mismo mes, llevó a cabo la Sexta Audiencia Pública: en Bariloche, región Patagonia.

Mes a mes, desde su creación, la Defensoría del Público continúa con “un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto”, según lo establece el artículo 19 en su inciso b). En noviembre, se recibieron 157 presentaciones: 126 consultas, 20 actuaciones, 8 otras acciones y 3 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos. En el mismo mes, además, se llevó a cabo la Sexta Audiencia Pública: en Bariloche, correspondiente a la región Patagonia.

Entre las presentaciones que se recibieron en el organismo se destaca el pedido de una denunciante de la provincia de Buenos Aires: reclama la falta de inclusión de Telecentro de las señales PakaPaka, CN23 y Telesur. Otra persona, en Tandil, asegura que DirecTV no le permite el acceso a PakaPaka, 360TV e Incaa TV. También en materia de accesibilidad, surgió un reclamo porque Cablevisión no emite PakaPaka.

En el orden publicitario, un denunciante se comunicó con la Defensoría porque sostiene que, en televisión, un anuncio sobre una crema expone “el cuerpo femenino con un tinte erótico que nada tiene que ver con el producto”. Otra persona expuso que en un aviso de preservativos, el cuerpo de la mujer “es utilizado con menoscabo, sólo como un objeto sexual”.

En el marco de la Sexta Audiencia Pública (región Patagonia), llevada a cabo en Bariloche, se inició una actuación a raíz de la presentación de una integrante de la comunidad mapuche: planteó dificultades en la gestión del canal abierto WALLKINTUN TV. La Defensoría suscribió una carta de intención con los representantes de WALL KINTUN TV a los fines de brindar a principios de diciembre una capacitación a los integrantes del Canal. En la misma Audiencia, quedó registrada la siguiente denuncia: en algunas localidades del país no se estaba recibiendo el subtitulado oculto de las emisiones de la TV Pública. Los casos se registrarían en las ciudades de Rosario, Mendoza, Córdoba, San Juan y Buenos Aires.

Otra actuación se inició a raíz de un pedido recibido por este organismo durante la Quinta Audiencia Pública que se hizo en Mendoza, referido a la implementación de herramientas de accesibilidad prevista por el artículo 66 de la Ley 26. El denunciante señaló: “El tema a tratar es sobre el tamaño de la imagen de los intérpretes de lengua de señas en el noticiero de medianoche, de canal 9, Mendoza, ya que es muy pequeño el cuadro y casi no se entiende”. Sobre la misma emisión e idéntica problemática, una persona más hizo el siguiente reclamo: “Quiero difundir que todas las personas sordas necesitamos que el recuadro del intérprete sea más grande”.

Desde Buenos Aires, ingresó una denuncia en relación a un programa de televisión (un reality en el que los concursantes deben bajar de peso). Se dirigió de la siguiente manera: “Se presentó un tape en el cual uno de los participantes nuevos era exhibido como un animal de zoológico u objeto extraño”. Esta presentación se sumó a otras sobre el mismo ciclo, que permitió iniciar un diálogo con la productora sobre la protección de la salud y los derechos del público. El reclamo se puso en conocimiento también del canal y luego se acordó un encuentro con el equipo de producción del programa, en el que se profundizó sobre los planteos recibidos y sobre el análisis de la Defensoría.

Otra presentación se inició luego de una denuncia referida a un programa de una señal de televisión extranjera, incluida en la TDA. Según lo detallado por el denunciante, “el participante debe realizar una tarea específica, por ejemplo servir una mesa a otro concursante al ritmo de un tema musical, bailando y cantando durante unos minutos. En el proceso le aplican choques eléctricos mediante electrodos que tiene colocados en su cuerpo y están supuestamente visibles al público. Gana el participante que mejor haya resistido los choques”. En su denuncia, envió el material del programa objeto de su reclamo. La Defensoría se comunicó con TDA.

Presentaciones resueltas

Desde la localidad de Esperanza, en Santa Fe, la Defensoría del Público recibió una denuncia el 5 de septiembre que finalmente derivó en la Resolución N° 114. ¿El motivo? Problemas para acceder al servicio de Televisión Digital Abierta (TDA). Entonces, se le enviaron notas al Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T) y a AR-SAT para trasladarle la inquietud y solicitar información. Acto seguido, el organismo se contactó con el denunciante para consultarlo sobre si el conflicto de accesibilidad continuaba. Como la respuesta fue afirmativa, se le sugirió que se comunicara con el 0-800 de la TDA, se le informaron las medidas adoptadas y se le adelantó que su caso se iba a incorporar a los antecedentes para la resolución.

Finalmente, el 1 de octubre, se firmó un convenio de colaboración institucional técnica y específica entre la Defensoría, el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre y AR-SAT. En la Resolución se lee: “El objeto del trabajo en conjunto es la elaboración del protocolo básico de intervención. Complementariamente, se pretende que la difusión de dicho protocolo actúe como instrumento activo de facilitación del acceso a la información pública sobre el procedimiento aplicable y los mecanismos de solución existentes”.

La conclusión es la siguiente: “Incorpórense las presentes actuaciones a los antecedentes a considerarse en la elaboración del protocolo básico de intervención encomendado a la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos de esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual por el Artículo 2° de la Resolución N° 22 de fecha 27 de marzo de 2013”.

En la misma línea de accesibilidad, la Defensoría del Público también recibió una denuncia el 29 de agosto sobre problemas para acceder al servicio de Televisión Digital Abierta (TDA) en la localidad de Mendiolaza, Córdoba. Como en el caso contado anteriormente, se enviaron notas al Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T) y a AR-SAT para trasladarle la inquietud y solicitar información. La operatoria fue la misma que con el caso del denunciante de Esperanza: el organismo se contactó para consultar sobre si el conflicto continuaba. Y se le sugirió que se comunicara con el 0-800 de la TDA y se le informaron las medidas adoptadas y se le adelantó que su caso se iba a incorporar a los antecedentes para la resolución. La conclusión de la Resolución N° 115 es idéntica a la N° 114.

Sexta Audiencia Pública

El informe de cierre de la Audiencia Pública de la región patagónica reúne las presentaciones realizadas el 1 de noviembre por participantes de las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Islas Malvinas y Antártida Argentina.

En nueve ejes temáticos, el informe sintetiza un mapa de situación construido en base a las exposiciones de representantes de organizaciones sociales, sindicatos de trabajadores, medios públicos, comerciales y sin fines de lucro, organismos públicos, escuelas, puebos originarios y productoras. Bajo estos títulos se sintetizan también las acciones iniciadas por la Defensoría del Público tras las presentaciones realizadas en la Audiencia Pública: La Defensoría del Público y el proceso de aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual; Accesibilidad e inclusión; Programaciones, representaciones y discriminación; Contenidos locales y repetidoras; Regularización del espectro; Medios públicos; Sostenibilidad económica y técnica de emisoras sin fines de lucro, indígenas y de pequeñas empresas; Necesidad de formación y capacitación para comunicadores/as y otros sectores relacionados; Situación laboral de trabajadores/as de los servicios de comunicación audiovisual.

El mes, en números

En noviembre, se recibieron 157 presentaciones: 126 fueron consultas, 20 fueron actuaciones, 8 fueron fueron otras acciones (recepciones de CV, pedidos de entrevistas, etc) y 3 se convirtieron en derivaciones hacia otros organismos

La región Buenos Aires, conformada por provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue la que más presentaciones tuvo con un 61,1 % del total. Luego se encontró la región Centro (Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba y La Pampa) con el 15,9 %, seguido por Patagonia y Cuyo con el 10,19%. La región NEA se ubicó después con el 1,9% y por último NOA: 0,64%.

El 53,25 % de las presentaciones fueron de las mujeres. Para los hombres correspondió el 46,75 %.

El 31,17% de las presentaciones, denuncias y reclamos fueron hechos por ciudadanos/as de entre 51 y 65 años. En la franja de 19 a 30 años se dio el 24,03%. Seguidos con el 17,53% por quienes tienen entre 31 y 40 años, así como los que están en la franja de 41 a 50 años se ubicaron con el 15,58%. El 10,39% estuvo representado por personas de más de 65 años. Y el 1,30 % por los de 13 a 18 años.

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