Se declara desierto - segundo llamado de la Licitación Pública N° 3/15

Se declara desierto el segundo llamado a la Licitación Pública N° 3/2015,  por ausencia de ofertas, que fuera aprobado mediante Resolución N° 28/2015

Asimismo, se autoriza el llamado a Contratación Directa por Compulsa Abreviada,  para la adquisición de UN (1) inmueble en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la sede principal de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.

 

Conclusión - Resolución

Buenos Aires,    01 de junio de 2015.

 

VISTO el Expediente Nº 19/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, Resolución DPSCA N° 28 de fecha 2 de marzo de 2015, Resolución N° 38 de fecha 08 de abril de 2015 y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita el procedimiento tendiente a la compra de UN (1) inmueble en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la sede principal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución DPSCA Nº 28 de fecha 2 de marzo de 2015, se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 3/2015 para la adquisición en cuestión, en los términos del artículo 25 inciso a) apartado 1 del Decreto 1023/2001 y del  Artículo 56° inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de este organismo aprobado por Resolución N° 32/2013, aprobándose por el artículo 2° el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que regiría la referida compulsa.

Que atento a la falta de presentación de ofertas para el aludido procedimiento de selección, por la Resolución N° 38 de fecha 08 de abril de 2015 se declaró desierta la Licitación Pública Nº 3/2015, autorizándose por la misma el segundo llamado de la precitada Licitación.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fs. 278, no se han recibido ofertas para el segundo llamado de la  Licitación Pública Nº 3/2015.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN da cuenta que persiste la necesidad que motivó el llamado a la Licitación Pública primigenia, atento a que la sede actual del organismo es de menores dimensiones de las necesarias, teniendo en cuenta el incremento sostenido de la demanda, de la estructura organizativa, de la dotación de personal, así como también requerimientos de accesibilidad geográfica y de políticas de puertas abiertas que inspira la labor de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que en tal sentido, la adquisición que se propicia no solo permitirá satisfacer las necesidades funcionales actuales y las proyectadas a futuro, sino que, además, se optimizarán los recursos públicos al incorporar al patrimonio estatal un nuevo activo físico.

Que lucen acompañados a las presentes actuaciones el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas aprobadas en el segundo llamado de la Licitación Pública Nº 3/15.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, da cuenta que no se ha modificado el monto presupuestado oportunamente y que fuere preventivado mediante la Solicitud de Gastos Nº 7/2015, dando cuenta de la existencia de crédito presupuestario suficiente para continuar con la presente.

Que en atención a lo expuesto, corresponde tramitar un nuevo llamado a contratación, en los términos del artículo 25 inciso d), apartado 4 del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y del artículo 42 inciso 4) de la reglamentación aprobada por la Resolución DPSCA N° 32/2013.

Que asimismo, y a efectos de garantizar mayor publicidad y por consiguiente una mayor concurrencia de posibles oferentes, se autoriza a la DIRECCION DE ADMINISTRACION, a publicar la convocatoria en un diario de amplia difusión de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que la DIRECCIÓN DE LEGAL Y TECNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° y su Anexo de la Resolución DPSCA N° 32/2013 y por el Artículo 25 inciso a) y b)  del Anexo I de la precitada Resolución.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACION

AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébese lo actuado en el segundo llamado de la Licitación Pública N° 3/2013 para la adquisición de UN (1) inmueble en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino a la sede principal de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, en los términos del artículo 25 inciso a) apartado 1 del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y del  Artículo 56° inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de este organismo aprobado por la Resolución N° 32/2013.

 ARTÍCULO 2º: Declárase desierto el segundo llamado a la Licitación Pública N° 3/2015,  por ausencia de ofertas.

ARTÍCULO 3°: Autorízase el llamado a Contratación Directa por Compulsa Abreviada, en los términos del Artículo 25 inciso d) apartado 4 del Decreto Delegado Nº 1023/2001 y del Artículo 42 inciso 4 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución N° 32/2013,  para la adquisición de UN (1) inmueble en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la sede principal de la DEFENSORÍA  DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 4°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo forma parte integrante de  la presente y que regirá el llamado a contratación que se autoriza por el Artículo 3°.

ARTÍCULO 5°: Autorízase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, a efectuar las invitaciones y difusión establecida en el Artículo 71 y concordantes del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.

ARTÍCULO 6 °: Autorízase a la DIRECCIÖN DE ADMINISTRACION a publicar la presente Convocatoria en un diario de amplia difusión de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 7°: Regístrase, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

 RESOLUCION N° 63/2015

 

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Autoriza llamado Licitación Pública - merchandising

Se autoriza el llamado a Licitación Pública, tendiente a adquirir productos de merchandising para esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Conclusión - Resolución

Buenos Aires,   20 de mayo de 2015

 

VISTO el Expediente Nº 56/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto 1023/2001 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, y

 

CONSIDERANDO

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita el procedimiento tendiente a la adquisición de productos de merchandising para la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que la presente contratación se propicia en virtud del requerimiento efectuado por la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que corresponde encuadrar la presente adquisición en el procedimiento de Licitación Pública de Etapa Única Nacional, en los términos del Artículo 25 inciso a) apartado 1) del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y del Artículo 56 inciso c) del Anexo al Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución 32/2013, por ser el monto estimado mayor a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000.-)

Que se glosan a las actuaciones del VISTO el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que junto con las Especificaciones Técnicas regirán la presente convocatoria y posterior contratación.

Que el Departamento de Finanzas dependiente de la Dirección de Administración de esta Defensoría del Público, ha efectuado la afectación preventiva del gasto.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA ha tomado la intervención de su competencia

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente, conforme las atribuciones conferidas por el  Artículo 25 inciso a) del Anexo I de la Resolución 32/13 y por el Artículo 2° y Anexo II de la precitada Resolución.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

           RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el llamado a Licitación Pública, enmarcada según lo previsto en el 25 inciso a) apartado 1) del Decreto Delegado Nº 1.023/2001, y en el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, aprobado por Resolución N° 32/2013, con el objeto de adquirir productos de merchandising para esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 2°: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas que como Anexo se adjuntan a la presente y que regirán el llamado a contratación que se autoriza por el artículo que antecede.

ARTÍCULO 3°: Autorízase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a efectuar las invitaciones y difusión establecida en el Artículo 67 y concordantes del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 57/2015

 

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Declaración de Interés - Actividades - Uruguay

Se declara de Interés para esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual la actividad que organiza el Instituto Nacional de Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo de la República Oriental del Uruguay (INDDHH).

Conclusión - Resolución

                                                                                       

                                                                         Buenos Aires,   11 de mayo de 2015

 

VISTO el Expediente N° 69/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522, y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de declaración de interés de la actividad que organiza el INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE URUGUAY (INDDHH)  que se llevará a cabo en la Ciudad de Montevideo, REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, el día 15 de mayo  de 2015.

 Que tal evento tiene como objetivo el intercambio de ideas y experiencias entre ambos organismos ya que el INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE URUGUAY (INDDHH) será el encargado de representar los derechos de las audiencias de la radio y la televisión de ese país.

Que la presencia de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL  en tal encuentro internacional es de relevancia dado que puede aportar la perspectiva institucional y el modelo de gestión en momentos que la institución uruguaya se encuentra definiendo su propia estructura para llevar a cabo el mandato que le fue asignado por ley.

 Que ese ámbito permitiría la difusión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, además del debate sobre otros temas de interés vinculados a la comunicación audiovisual, principios y derechos de la misma.

Que asimismo se profundizarían las políticas de fomento y promoción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados por organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudio e investigación u otras entidades de bien público en general.

 

Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la declaración de interés impulsada por el expediente mencionado en el VISTO.

            Que mediante Resolución N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, expediente N° 69/13, esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL estableció un Régimen de Viáticos para los traslados oficiales del personal de la misma, autorizando al Departamento de Finanzas de la Dirección de Administración a realizar pagos de anticipos, previa aprobación de la Dirección de Administración.

            Que en virtud del Articulo 4° inciso b) del Anexo I sobre Instructivo de Viáticos de la mencionada Resolución, el monto del viático a pagar fuera del país será estipulado en cada oportunidad por la Defensora mediante el acto administrativo correspondiente, en función de la actividad oficial a desarrollar.

Que el DEPARTAMENTO DE FINANZAS, dependiente de la DIRECCION DE ADMINISTRACION ha tomado intervención de su competencia informando que existe crédito presupuestario suficiente.

            Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés para esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL la actividad que organiza el INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE URUGUAY (INDDHH) que se llevará a cabo en la Ciudad de Montevideo, REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, el día 15 de mayo  de 2015.

Artículo 2º: Autorízase el pago de un anticipo de viáticos  igual a TRESCIENTOS DÓLARES (U$S 300,-) y  SEISCIENTOS PESOS ($600.-) en moneda nacional para la cobertura de los viáticos que demanden la asistencia de la representante de esta Defensoría del Público, Licenciada  Cynthia OTTAVIANO.

Artículo 3º: Autorízase el pago de un anticipo de viáticos igual CIEN DÓLARES (U$S 100,-) y  SEISCIENTOS PESOS ($600.-) en moneda nacional para la cobertura de los viáticos y pasajes que demanden la asistencia del representante de esta Defensoría del Público, Augusto TORELLO.

Artículo 4º: Autorízase el pago de un anticipo de viáticos igual a CIEN DÓLARES (U$S 100,-) y SEISCIENTOS PESOS ($600.-) en moneda nacional para la cobertura de los viáticos y pasajes  que demanden la asistencia de la representante de esta Defensoría del Público, Daniela AMDAN.

Artículo 5º: Regístrese y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 53/2015

 

 

 

 

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Licitación Pública N° 2/2015 - productos gráficos

Aprueba lo actuado en la Licitación Pública 02/2015, ordenada mediante Resolución N° 18/2015, tendiente a la adquisición de productos gráficos impresos para comunicación institucional de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Conclusión - Resolución

Buenos Aires, 04 de mayo de 2015   

 

VISTO el Expediente Nº 14/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013 y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 2/2015, enmarcada según lo previsto en el Artículo 25 inciso a) apartado 1) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y en el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la adquisición de productos gráficos impresos para comunicación institucional de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, según especificaciones técnicas.

Que se efectuaron las invitaciones, difusión y publicaciones establecida en el Artículo 67 y 73 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, de acuerdo a las constancias obrantes a fojas 161/188.

Que el día 27 de marzo de 2015 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, del cual se desprende la presentación de SIETE (7) propuestas, correspondientes a las firmas LA STAMPA IMPRESORES S.R.L. (CUIT N° 30-65322309-5); COOPERATIVA DE TRABAJO OBRERA GRÁFICA CAMPICHUELO LIMITADA (CUIT N° 30-66062004-0); ARTES GRÁFICAS PAPIROS S.A.C.I (CUIT N° 30-54785140-0); MELENZANE S.A. (CUIT N° 30-63717570-6); ROTATIVOS UNICOM S.R.L. (CUIT N° 30-60904300-4); RM GRÁFICA de RAÚL ENRIQUE MATTOS (CUIT N° 20-22144739-6) y EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES S.E.M. (CUIT N° 30-53610999-0).

Que la Comisión de Preadjudicación designada a tal efecto, dando cumplimiento a los Artículos 109, 110 y 111 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, ha emitido el Dictamen de Evaluación de Ofertas el día 16 de abril de 2015, obrante a fojas 841/849, el que tras la publicidad reglamentaria no recibiera impugnaciones.

Que en dicho Dictamen se recomienda adjudicar a la contratación de que se trata a las ofertas de las firmas LA STAMPA IMPRESORES S.R.L. (CUIT N° 30-65322309-5) para los Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 11, 12, 15 y 18; ARTES GRÁFICAS PAPIROS S.A.C.I (CUIT N° 30-54785140-0) para los Renglones Nros. 8, 10 y 22; MELENZANE S.A. (CUIT N° 30-63717570-6) para los Renglones Nros. 9 y 19; ROTATIVOS UNICOM S.R.L. (CUIT N° 30-60904300-4) para los Renglones Nros. 13, 14, 20 y 21; RM GRÁFICA de RAÚL ENRIQUE MATTOS (CUIT N° 20-22144739-6) para los Renglones Nros. 16, 17 y 23; por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente convenientes.

Que adicionalmente sugiere desestimar las ofertas presentadas por las firmas COOPERATIVA DE TRABAJO OBRERA GRÁFICA CAMPICHUELO LIMITADA (CUIT N° 30-66062004-0), por haber presentado una garantía de mantenimiento de oferta insuficiente en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto, y EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES S.E.M. (CUIT N° 30-53610999-0), por no haber presentado la correspondiente garantía de mantenimiento de oferta, en ambos casos según lo dispuesto en el Artículo 102, inciso d) del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 26.522, Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, Expediente Nº 3933-S-2012 y 7764-D-2012, y Artículo 25 inc. b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013 y Artículo 2° y Anexo II de la precitada Resolución DPSCA N° 32/2013.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado para la Licitación Pública N° 2/2015, enmarcada según lo previsto en el Artículo 25 inciso a) apartado 1) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y en el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013, tendiente a la adquisición de productos gráficos impresos para comunicación institucional de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 2°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas COOPERATIVA DE TRABAJO OBRERA GRÁFICA CAMPICHUELO LIMITADA (CUIT N° 30-66062004-0) y EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES S.E.M. (CUIT N° 30-53610999-0), por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase a la firma LA STAMPA IMPRESORES S.R.L. (CUIT N° 30-65322309-5) los Renglones Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 11, 12, 15 y 18, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 990.730), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

ARTÍCULO 4°.- Adjudícase a la firma ARTES GRÁFICAS PAPIROS S.A.C.I (CUIT N° 30-54785140-0) los Renglones Nros. 8, 10 y 22, por un monto total de PESOS UN MILLÓN CATORCE MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.014.730), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

ARTÍCULO 5°.- Adjudícase a la firma MELENZANE S.A. (CUIT N° 30-63717570-6) los Renglones Nros. 9 y 19, por un monto total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 533.230), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

ARTÍCULO 6°.- Adjudícase a la firma ROTATIVOS UNICOM S.R.L. (CUIT N° 30-60904300-4) los Renglones Nros. 13, 14, 20 y 21, por un monto total de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 29.546), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

ARTÍCULO 7°.- Adjudícase a la firma RM GRÁFICA de RAÚL ENRIQUE MATTOS (CUIT N° 20-22144739-6) los Renglones Nros. 16, 17 y 23, por un monto total de PESOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 27.350), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

ARTÍCULO 8°.- El gasto derivado del cumplimiento de la presente, que asciende a la suma de PESOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 2.595.586), se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 9°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a emitir y suscribir las Órdenes de Compra correspondientes.

ARTÍCULO 10.- Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 49/2015

 

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Aprueba Licitación Pública N°2/15 - servicio de catering

Aprueba lo actuado en la Licitación Privada N° 2/2015, ordenada mediante Resolución DPSCA N° 21/2015, tendiente a la contratación de un servicio de catering bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta por un período de SEIS (6) meses, para la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.

 

Conclusión - Resolución

Buenos Aires,    23 de abril de 2015.

 

VISTO el Expediente Nº 13/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013 y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 2/2015, enmarcada según lo previsto en el artículo 25 inciso c) del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y en el artículo 56 inciso b) Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público aprobado por la Resolución N° 32/2013, tendiente a la contratación de un servicio de catering bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta por un período de SEIS (6) meses, para esta Defensoría del Público.

Que se efectuaron las invitaciones y difusión establecida en el Artículo 71 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, de acuerdo a las constancias obrantes a fojas 84/104.

Que el día 12 de marzo de 2015 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, presentándose DOS (2) propuestas, a saber: SERVICIOS EN GASTRONOMÍA S.R.L. (CUIT N° 30-71086491-4) y POLA 1281 S.R.L. (CUIT N° 30-71020645-3).

Que a fojas 306/307 obra el Informe Técnico elaborado por el área requirente, en el que además de analizar las muestras oportunamente presentadas por los oferentes y concluir que todas ellas cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas, recomienda adjudicar a un único proveedor por razones de operatividad.

Que la Comisión de Preadjudicación designada a tal efecto, dando cumplimiento a los Artículos 109, 110 y 111 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, ha emitido el Dictamen de Evaluación de Ofertas el que tras la publicidad reglamentaria no recibió impugnación alguna.

Que en dicho Dictamen se recomienda adjudicar la contratación de que se trata a la oferta presentada por la firma POLA 1281 S.R.L. (CUIT N° 30-71020645-3) para todos los Renglones, por un monto de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 232.720.-), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser en forma global económicamente conveniente.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 26.522, Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, Expediente Nº 3933-S-2012 y 7764-D-2012, y Artículo 25 inc. b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013 y Artículo 2° y Anexo II de la precitada Resolución DPSCA N° 32/2013.

 

Por ello,

 

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado para la Licitación Privada N° 2/2015, enmarcada en los términos del Artículo 25 inciso c) del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y de los Artículos 56 inciso b), 198 y subsiguientes del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, aprobado por Resolución N° 32/2013, tendiente a la contratación de un servicio de catering bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta por un período de SEIS (6) meses, para la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase a la firma POLA 1281 S.R.L. (CUIT N° 30-71020645-3) la totalidad de los renglones de la contratación de que se trata, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTE ($ 232.720.-), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser en forma global económicamente conveniente.

ARTÍCULO 3°.- El gasto derivado del cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a emitir y suscribir la Orden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 47/2015

 

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