El Juzgado Federal de Río Cuarto, a cargo del Dr. Carlos Arturo Ochoa, instó a la Secretaría de Ambiente de Córdoba y a la Empresa Provincial de Energía (EPEC), a que se abstengan “por el término de ciento veinte días, a desmantelar y/o remover” la antena que provee señal de Televisión Digital Abierta (TDA) en esa ciudad.
La resolución dada a conocer ayer hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Universidad Nacional de Río Cuarto, cuya Rectoría ocupa Marcelo Ruiz, para que la región pueda acceder al servicio gratuito lesionado por la Gobernación en manos de José Manuel de la Sota al dar de baja la antena.
Esta decisión judicial reafirma distintas acciones efectuadas por la Defensora del Público, Licenciada Cynthia Ottaviano, que a comienzos de febrero entregó documentación que avala que las antenas de TDA no son contaminantes.
“Celebramos la decisión judicial -manifestó Ottaviano-, ya que está en sintonía con el reclamo de esta Defensoría. Defendimos desde el principio la importancia del derecho a la comunicación, que es inalienable. Con la TDA se le da la posibilidad a los cordobeses y cordobesas, como al resto de quienes viven en la Argentina, de acceder a los medios de comunicación sin pagar”. Y detalló: “Además, se promueve la inclusión de nuevas voces, como la de la Universidad, y se defiende la producción nacional. Seguiremos trabajando para la plena restitución del servicio en la provincia”.
La Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, y el Interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, Pedro Mouratian, firmaron un acuerdo de cooperación mutua para establecer lazos de participación, capacitación mutua y derivación de denuncias entre ambos organismos.
Además, el acuerdo establece que las delegaciones del INADI de todo el país recibirán reclamos y consultas dirigidas a la Defensoría del Público.
El convenio prevé la realización de campañas de difusión, promoción y participación, y la formulación de planes de trabajo, acciones y proyectos en conjunto.
“Estoy profundamente agradecida –manifestó Ottaviano-, porque desde el momento en que asumí mi cargo, el INADI abrió sus puertas y tuvo la generosidad de compartir todo su conocimiento para que la Defensoría del Público pudiera crecer. Esto habla de un nuevo tiempo de construcción e intercambio entre los distintos organismos estatales”.
En la misma línea, Mouratian afirmó que “aportaremos todo nuestro conocimiento con responsabilidad y seriedad, debemos potenciar cada encuentro entre ambos organismos. Desde el primer momento entendimos que teníamos que acompañar el proceso de formación de la Defensoría del Público, por ser un lugar clave para los ciudadanos y las ciudadanas en el marco del trabajo por la ampliación de derechos”.
En representación de la Defensoría, también participaron de la reunión el Director de Investigación, Monitoreo y Análisis, Gerardo Halpern; la Directora de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos, María José Guembe; y la directora de Relaciones con las Audiencias, Paula Gueler.
Por parte del INADI, formaron parte del encuentro el Director de Asistencia a la Víctima, Julián Díaz Bardelli; Pacífico Rodríguez Villar, Director de Asuntos Jurídicos y Pablo Roma, Director de Políticas contra la Discriminación, entre otros.
La Defensoría de Servicios de Comunicación Audiovisual recibió 44 nuevas presentaciones en febrero y resolvió siete actuaciones.
Dentro de las presentaciones recibidas se encuentran reclamos por presuntos agravios contra mujeres, violaciones del horario apto para todo público, falta de colocación de antenas de Televisión Digital Abierta (TDA) y clausuras en la provincia de Córdoba, falta de alternativas de operadores de cables en zonas de la provincia de Santa Fe e incumplimientos en la tarifa máxima en el servicio, falta de inclusión del canal INCAA TV en operadores de cable, interferencias o cortes en señales de TDA en la zona de Mar del Plata, una presunta estafa ofrecida por un canal de cable, utilización indebida de imágenes personales por un canal de cable, imposibilidad de escuchar Radio Nacional en la provincia de Salta, clausura de antenas de TDA en Córdoba y una presunta difamación por motivos políticos en una radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El 6 de febrero la Defensoría resolvió un hecho recibido el 23 de enero, en donde se requería que se promoviera y aconsejara a los medios de comunicación y a sus trabajadores utilizar la correcta denominación del Estadio Multipropósito Mary Terán de Weiss, situado en el Parque Polideportivo Julio A. Roca, conocido como “Parque Roca”.
La Defensoría de Público dictó la resolución N 6/2013: “En reconocimiento a esa historia deportiva de Mary Terán de Weiss, y a su manera de utilizar el deporte como herramienta social de inclusión, esta Defensoría insta a los servicios de comunicación audiovisual y a sus trabajadores y trabajadoras a utilizar la correcta denominación del estadio, y a interiorizarse en su vida y obra.”
El 11 de enero se recibió la presentación de un espectador por el trato discriminatorio a través de los servicios de comunicación audiovisual contra una persona con padecimiento en su salud mental.
La resolución 7/2013 de la Defensoría del Público estableció que “el material denunciado se encuentra en contradicción con la defensa y respeto de los derechos de las personas con sufrimientos psíquicos y en situación de discapacidad”, y que “la manera en que se presenta esta información reconstruye una mirada parcial y estigmatizante sobre la persona con padecimientos psíquicos”.
Luego de analizar el material, la Defensoría opinó que “al hablar de un ´loco´ suelto se manifiesta de manera implícita y luego explícita que el lugar de los locos no es estar sueltos, libres, sino encerrados”, y que de esa manera “se confina a determinadas personas a una relación de inferioridad y desventaja respecto de aquellas denominadas como ´normales´”.
El 17 de enero se recibió una preocupación por una posible incitación al suicidio en una publicidad de un agua saborizada. La Dirección de Análisis, Monitoreo e Investigación, luego de estudiar la pieza, arribó a la conclusión de que no existía incitación al suicidio. El informe fue puesto en conocimiento de la agencia de publicidad responsable del comercial, en el marco de un encuentro que se realizó el día 25 de febrero de 2013.
El día 28 de febrero de 2013 se dictó la resolución N˚12/2013 en la que se consideró que no había incitación al suicidio y dado el desconocimiento de la agencia sobre el tema, se les hizo llegar los manuales de protocolo desarrollados por el ministerio de Salud de la Nación.
El 18 de febrero de 2013 la Defensoría del Público recibió una denuncia de la Secretaría Gremial de la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE) sobre la utilización de imágenes de docentes y niños de escuelas públicas de la Ciudad de Buenos Aires para acompañar noticias vinculadas a maltrato que habría ocurrido en un jardín de infantes de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.
En la presentación, se informa que se incluyeron imágenes de una docente, cuya homónima es la acusada, y se detalla que se usaron imágenes con actividades que realizaron maestras de otra escuela con niños que no tienen relación con el caso del jardín involucrado.
El 26 de febrero la Defensoría del Público dictó la resolución N˚13/2013 en la que se gestionó un espacio en la grilla del cable involucrado para se produjera una rectificación, según lo estipulado en el artículo 14.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuando establece que “toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley”.
Así la Defensoría del Público escuchó y dialogó con las denunciantes y con C5N, asumiendo mediante esta intervención un rol de mediación entre ambas partes. En este marco, las docentes solicitaron que sus imágenes no fueran emitidas nuevamente, ni aun en el contexto de una rectificación, y pidieron participación en la redacción de un mensaje elaborado a instancias de la Defensoría, que luego fue emitido en cámara.
Finalmente se acordó con el Canal C5N la lectura completa de dicho mensaje durante los días sábado 23 y domingo 24 de febrero de 2013, tantas veces como fue emitido el informe que contenía las imágenes de las docentes.
En un hecho inédito en la Argentina, un medio de comunicación en cumplimiento con lo la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual emitió durante las fechas acordadas el siguiente mensaje: “El sábado 16 y domingo 17 pasados informamos sobre novedades en la causa judicial por el caso Tribilín y para ilustrarlo usamos imágenes de maestras, niños y niñas que nada tenían que ver con la información. Pedimos disculpas, porque reconocemos que las docentes Julieta Antonelli y María Margarita Rodríguez y los alumnos de la Escuela Infantil N° 7, Distrito Escolar N° 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nada tienen que ver con la violencia ejercida en el jardín Tribilín, de San Isidro. También porque la utilización de estas secuencias en ese informe puede haber afectado la imagen de la educación pública. […] A instancias de la Defensoría del Público, donde las maestras denunciaron lo ocurrido, reflexionamos sobre el daño causado y los derechos humanos vulnerados con la emisión de las imágenes, por eso nos comprometemos a realizar todo a nuestro alcance para evitar que se repitan situaciones como la ocurrida”.
Del total de las presentaciones recibidas en febrero, el 48,8% fueron consultas; el 44,2%, actuaciones y sólo el 7% fueron derivaciones que en todos los casos correspondieron a temas de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor a la cual fueron giradas.
El área metropolitana de Buenos Aires (AMBA), con un 53%, fue la región que más presentaciones acercó a la Defensoría del Público, seguida por la región central (Córdoba, Santa Fe, Santiago del Estero, Entre Ríos, Mendoza y La Pampa) con un 27%, siendo la zona del noreste argentino la que menos inquietudes tuvo, con un 2% del total. De todas ellas, el 52,2% fueron realizadas por varones y el 47,8%, por mujeres, siendo los ciudadanos de 31 a 40 años los que más se acercaron 34%, seguidos por los de 51 a 65 años con un 22%. El menor porcentaje de las presentaciones correspondió a audiencias de 19 a 30 años con un 7%.
Así, desde su creación, la Defensoría del Público recibió un total de 98 presentaciones de las cuales el 48% se transformaron en actuaciones; el 40% en consultas y el 12 en derivaciones, siendo la región del AMBA que más participación tuvo con el 59%. En su cuarto mes de funcionamiento, la Defensoría del Público sigue avanzando en la difusión de la ley 26.522 y haciendo cumplir la integridad de su articulado cuyo objeto primordial “es la promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación, implicando para ello igualdad de oportunidades de todos los habitantes de la Nación”.
Para mayor información ver el Informe de Actuaciones Enero y Febrero 2013 realizadas por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual
1 de Marzo 2013. La provincia dirigida por el gobernador José Manuel de la Sota, que permanentemente reclama canales de diálogo con el Estado nacional, no cuenta con representantes en el Consejo.
El pedido de la Defensoría adquiere mayor importancia frente a lo ocurrido en los últimos meses en esa región, donde De la Sota decidió unilateralmente la interrupción del servicio de Televisión Digital Abierta (TDA) por supuestos perjuicios al medio ambiente, cuando en realidad, la documentación obtenida por el organismo encabezado por Cynthia Ottaviano prueba lo contrario. Dicha interrupción fue revertida por un fallo de la justicia federal local, que ordenó restablecer la señal durante tres meses hasta resolver la cuestión de fondo.
En una carta dirigida al fiscal de Estado Jorge Eduardo Córdoba, Ottaviano también solicitó explicaciones de por qué continúa cortado el servicio en Río Cuarto. La Defensoría recibió más de mil firmas de vecinos cordobeses damnificados de esa zona del país, y de instituciones como el Programa Universitario de Comunicación Audiovisual para la República Argentina (PUCARA), el Instituto de Extensión, UNVM-SPU, la Cooperativa de Trabajo AYLLU, el Nodo Audiovisual Tecnológico Río Cuarto y el Polo Audiovisual Tecnológico Centro, entre otros.
Desde el inicio del conflicto, la Defensoría viene preguntando a la gobernación qué tipo de daños al ambiente producen las antenas según su criterio, y si cuenta con relevamientos técnicos que justifiquen esa medida de censura. Ni De la Sota ni sus funcionarios ambientales respondieron al respecto. Los que sí opinaron fueron organismos entendidos en la materia, como la Universidad Tecnológica Nacional y la Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental de la Nación. Sus relevamientos confirmaron que la transmisión de TDA no perjudica al ambiente ni a la salud de las personas.
A pesar del citado fallo de los tribunales federales, el fiscal Córdoba le solicitó a Ottaviano su intervención para resolver cuestiones vinculadas al sistema de coparticipación federal, pedido inadmisible para la Defensoría por exceder evidentemente el ámbito de su competencia; y le reprochó amparar la presencia de antenas ilegales en la región, que según el funcionario judicial fueron “rechazadas y repudiadas” por el gobernador cordobés.
El sistema de TDA repudiado por De la Sota es el único en la provincia que permite mirar televisión de manera gratuita. Quien no lo tiene debe contratar cableoperadores a un alto costo mensual.
28 de Febrero 2013. La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual se ve en la obligación de aclarar, nuevamente, que el presupuesto que le corresponde al organismo no es “una asignación discrecional”, sino que está establecido por los artículos 94, 95, 96 y 97 de la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Tal como se expresa en el derecho a réplica “El inciso “e” del artículo 97 especifica que a la Defensoría del Público le corresponde el cinco por ciento de los fondos recaudados” por la Administración de Ingresos Públicos, del “gravamen proporcional al monto de la facturación bruta correspondiente a la comercialización de publicidad tradicional y no tradicional, programas, señales”, abonados por “los titulares de los servicios de comunicación audiovisual”.
No es cierto que la Defensoría funcione con presupuestos de AFSCA, sino que sus recursos son establecidos por ley. Durante el tiempo en el que el organismo no había sido creado, los recursos otorgados por ley fueron reservados en el cálculo de recursos de la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), pero sin que pudieran ser utilizados en el presupuesto de gastos, por ser justamente de afectación específica de la Defensoría del Público.