La Defensora del Público junto al Defensor del Pueblo de la Nación
La Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, Licenciada Cynthia Ottaviano, y el Defensor del Pueblo, Adjunto I Anselmo Sella, firmaron un convenio de cooperación y asistencia mutua institucional. Conocé dónde te podés presentar.

Buenos Aires, 27 de Febrero 2013. El acuerdo promueve la colaboración y asistencia técnica recíproca entre ambas instituciones para coordinar e impulsar el derecho a la información, la comunicación y los valores de la libertad de expresión, así como la implementación de la Ley N°26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

“El espacio que represento es importante porque el público es reconocido como sujeto de derecho. Hay leyes, hay derechos y es una obligación cumplir”, expresó Ottaviano. Sella reafirmó: “Pensamos que podemos hacer un aporte a la Defensoría del Público es parte de nuestra función”.

A través de dicho convenio, la Defensoría  del Pueblo de la Nación se comprometió a brindar asistencia técnica para recepcionar los reclamos destinados a la Defensoría del Público. Las sedes destinadas a tal fin son Córdoba, Jujuy, Rosario, Tucumán, Santiago del Estero, Chubut y Río Negro.

Córdoba

  • Ciudad de Córdoba: Av. Colón 533, tels.: 0351-4221624/4214377
  • Marcos Juárez: Hipólito Yrigoyen 959, tel.: 03472-456030
  • Río Cuarto: Sobremonte 549, entrepiso, tel.: 0358-4627777

Jujuy

  • San Salvador: Belgrano 969 Ofs. 26 y 28, tel.: 0388-4310497
  • La Quiaca: Pellegrini esquina Rivadavia, tel.: 0388-4787061

Santa Fe

  • Rosario: Pje. Alvarez 1516, tels.: 0341-4721112/1113/1602/1500/1505

Tucumán

  • San Miguel de Tucumán: Balcarce 64, tels.: 0381-155609243/42220860/42220862

Santiago del Estero

  • Santiago del Estero: Pedro León Gallo 152, tels.: 0385-4225758/4310

Chubut

  • Rawson: Mariano Moreno 345, tels.: 02965-483659/4848/0280-154666399

Río Negro

  • Viedma: 25 de Mayo 565, tels.: 02920-422045/422259
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Foto de la nota en La Nación
Es nuestra obligación aclarar que el presupuesto que le corresponde al organismo está establecido por los artículos 94, 95, 96 y 97 de la Ley 26.522. No surge del hecho que AFSCA “resigne” parte de sus recursos. Esa información es inexacta.

27 de Febrero 2013. El inciso “e” del artículo 97 especifica que a la Defensoría del Público le corresponde “el cinco por ciento de los fondos recaudados” por la Administración de Ingresos Públicos, del “gravamen proporcional al monto de la facturación bruta correspondiente a la comercialización de publicidad tradicional y no tradicional, programas, señales”, abonados por “los titulares de los servicios de comunicación audiovisual”.

Durante el tiempo en el que el organismo no había sido creado, los recursos otorgados por ley fueron reservados en el cálculo de recursos de AFSCA, pero sin que pudieran ser utilizados por el presupuesto de gastos, por ser justamente de afectación específica de la Defensoría del Público. De manera que no es cierto que la Defensoría funcione con presupuestos de AFSCA, sino que sus recursos son establecidos por ley.

Una vez más se aclara que la dependencia orgánica de la Defensoría del Público es la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación, y no el Poder Ejecutivo, del que sí depende la AFSCA.

El viernes pasado se publicó en el Boletín Oficial la modificación presupuestaria realizada por decisión administrativa Nro. 10/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en la que modifica el Presupuesto Nacional de 2013, ya que como se dijo, la Defensoría se creó a fines de 2012, y en el marco de las atribuciones otorgadas por el Congreso a esa Jefatura de Gabinete (Art. 37 de la Ley de Administración Financiera), transfirió los recursos que mal pueden ser una “resignación” de Sabbatella, ya que están establecidos por la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

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Foto de la nota en Clarín
El matutino publicó una nota titulada “Destinan $40,4 millones a un organismo creado por la ley de medios”. Como la información es inexacta se le envió una carta al editor para pedir el derecho a réplica y decir que no es una "asignación discrecional".

26 de Febrero 2013. Ante una nota publicada por el diario Clarín, la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual se ve en la obligación de aclarar, nuevamente, que el presupuesto que le corresponde al organismo no es “una asignación discrecional”, sino que se establece por los artículos 94, 95, 96 y 97 de la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

En el inciso “e” del artículo 97 de la ley especifica que a la Defensoría del Público le corresponde “el cinco por ciento de los fondos recaudados”, por la Administración de Ingresos Públicos, del “gravamen proporcional al monto de la facturación bruta correspondiente a la comercialización de publicidad tradicional y no tradicional, programas, señales”, abonados por “los titulares de los servicios de comunicación audiovisual”.

Durante el tiempo en el que el organismo no había sido creado, los recursos otorgados por ley fueron reservados en el cálculo de recursos de la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), pero sin que pudieran ser utilizados en el presupuesto de gastos, por ser justamente de afectación específica de la Defensoría del Público. De manera que no es cierto que la Defensoría funcione con presupuestos de AFSCA, sino que sus recursos son establecidos por ley.

Una vez más se aclara que la dependencia orgánica de la Defensoría del Público es la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación, y no el Poder Ejecutivo, del que sí depende la AFSCA.

El viernes pasado, se publicó en el Boletín Oficial la modificación presupuestaria realizada por decisión Administrativa N° 10/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en la que modifica el Presupuesto Nacional de 2013, ya que como se dijo la Defensoría se creó a fines de 2012, y en el marco de las atribuciones otorgadas por el Congreso a esa Jefatura de Gabinete (Art. 37 de la Ley de Administración Financiera), transfirió los recursos que mal pueden ser “una asignación discrecional” ya que están establecidos por la ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Por último, vale aclarar que tal como señala el artículo 20 de la LSCA, la Defensora del Público fue designada por resolución conjunta de ambas Cámaras del Congreso, a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, previa participación de la sociedad.

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Por un pedido de la Defensoría, la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la Defensoría del Pueblo de la Nación y el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, afirman que la red no genera peligros para la salud.

Buenos Aires, 8 de Febrero 2013. Como forma de determinar si efectivamente la interrupción de las señales televisivas ordenadas por el mandatario cordobés estaba justificada en consecuencia de daños ambientales y a la salud de las personas, la Defensoría requirió a entes especializados “documentación respaldatoria y estudios que sustentan la puesta en marcha de estaciones de televisión digital”. El pedido del organismo, encabezado por Cynthia Ottaviano, se originó en las denuncias recibidas de vecinos y vecinas de Córdoba por la falta de servicio de TDA. En estos momentos, según informaron a la Defensoría, la cantidad de cordobeses afectados por la interrupción abrupta de las señales superaría el medio millón de personas.

Un informe de auditoría ambiental redactado por la Universidad Tecnológica Nacional constató mediciones de radiaciones no ionizantes (RNI) de la planta trasmisora ubicada en Luján, provincia de Buenos Aires. Las conclusiones establecieron que “los valores de RNI medidos están por debajo del máximo indicado por la norma”.  El resultado indica además que “los valores encontrados se encuentran como mínimo a 7, 8 veces por debajo del límite nacional más restrictivo para el grupo poblacional”.

Además, a través de una nota enviada por la subsecretaria de Planificación y Política Ambiental, Silvia Révora, a esta Defensoría, la funcionaria aseguró que “no posee estudios sobre posibles daños al ambiente producidos por antenas de televisión como las que utiliza la Televisión Digital Argentina, y no se han recibido denuncias de los vecinos”. Por su parte, el representante de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella, le informó a la Defensora que tampoco ese organismo “ha recibido denuncias por el corte de servicios de Televisión Digital Argentina y por posibles afectaciones del ambiente o la salud provocadas por antenas de TDA en la provincia de Córdoba”.

Otro relevamiento realizado por la CNC para el que “se realizaron comprobaciones técnicas en la cima del Cerro Mogote de los Congos, Malagueño, provincia de Córdoba, en cuanto a las mediciones de Radiaciones No Ionizantes (RNI) en diversos puntos del lugar” explica que “en el sitio se cumple con los límites de Máxima Exposición Permitida impuestos por el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación”. Para la confección del trabajo también se efectuaron mediciones de RNI en la zona urbana de la ciudad de Córdoba, donde se encuentra emplazado un Sistema de Televisión Abierta (Canal 12 de Córdoba) y dos estaciones de radio FM (Radio Mitre Córdoba y La Cien). El estudio estableció que “si bien los niveles de RNI cumplen con la normativa vigente (…), se comprobó que, en estos sitios, los valores de RNI son levemente superiores a los valores obtenidos en la cima del Cerro Mogote Los Congos”.

Para abarcar el máximo espectro posible de investigación, Ottaviano también pidió una estimación del número de vecinos y vecinas cordobeses que se encuentran privados del servicio gratuito. El Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, presidido por Osvaldo Nemirovsci, confirmó a la Defensoría del Público que “la cantidad de personas afectadas en toda la provincia es a nuestro juicio de cerca de 400.000, en virtud de un cálculo sostenido en la distribución por parte de organismos dependientes de esta Coordinación de 104.179 conversores”, pero que “a estos números habría que adicionar aquellos que utilicen la TDA mediante TV con sintonizadores incorporados o STB comprados privadamente, con lo que superaríamos con amplitud los 400.000 referenciados y estaríamos más cerca del medio millón de personas que dejan de ver TDA”.

La semana pasada, en respuesta a preguntas de la Defensoría, la CNC aseguró mediante un sondeo general que “los niveles de radiación de las estaciones de Televisión Digital Abierta (TDA) no son peligrosos”.

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La Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, viajó a Córdoba y le entregó al gobierno de De la Sota una serie de análisis sobre las antenas TDA. Recorrió varias ciudades y recibió muchas denuncias por la interrupción del servicio de televisión digital.

Córdoba, 14 de Febrero 2013. El grupo encabezado por la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, estuvo presente en esa provincia los días 13 y 14 de febrero, al mismo tiempo en que la justicia cordobesa ordenó dejar sin efecto durante tres meses la interrupción del servicio del sistema de Televisión Digital Abierta (TDA) dispuesto por José Manuel De la Sota. Ottaviano recorrió varias ciudades afectadas por la medida de censura, recogió decenas de denuncias de vecinos, entidades de la sociedad civil y productores privados damnificados, recibió más de mil firmas de vecinos y vecinas pidiendo su intervención e intentó entrevistarse con el gobernador que negó la posibilidad de recibirla.

El viaje respondió a dos objetivos básicos de la Defensoría: mantener contacto directo con los afectados, quienes entregaron diversos reclamos y remitir a las autoridades una serie de estudios técnicos que desmienten la versión oficial local acerca de efectos supuestamente contaminantes de las antenas. La Defensoría solicitó esos relevamientos a distintos organismos nacionales y provinciales, y todos coinciden en un punto: no existe en todo el territorio nacional denuncias por perjuicio a la salud o al ambiente originado en la TDA.

Con respecto a la medida dispuesta el mismo día 13 por los tribunales federales cordobeses, Ottaviano manifestó que “el fallo sostiene lo mismo que ya había dicho oportunamente la Defensoría: las emisiones no perjudican al ambiente, ni traen riesgos a la salud de la población que hubieran justificado la interrupción abrupta del sistema, como provocó el gobierno de la provincia, lesionando el derecho a la comunicación.

Compartimos la alegría que hoy tiene el pueblo cordobés. Este es un triunfo de la democracia frente a la prepotencia de los gobiernos que no cumplen con la ley y frente a las corporaciones, que siempre se resisten al acceso igualitario a la información y a la multiplicidad de voces. No podía ser que en el altar de las vanidades políticas se sacrificara el derecho de todos a una comunicación horizontal y democrática. De la Sota vulneró el derecho de los cordobeses a informar y ser informados -agregó-, y mi obligación, desde el papel que cumplo en estos momentos, es hacer respetar la ley”.

 

Durante la mañana del miércoles 13, Ottaviano se presento en la Universidad Nacional de Villa María y luego en el Concejo Deliberante de Villa María, donde se entrevistó con legisladores del oficialismo y la oposición y detalló el trabajo realizado por su área durante el conflicto. Sobre todo la acción sumaria que presentó en la Gobernación la jornada siguiente, con los informes enviados por la Comisión Nacional de Comunicaciones, la Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental de la Nación y la Universidad Tecnológica Nacional, junto con reclamos de damnificados por una medida prohibitiva que, según estimaciones oficiales, dejó sin la señal de TDA a 500 mil personas.

Sobre el mediodía, la delegación de la Defensoría estuvo en Leones con la intendenta Lorena Bussi, y también allí recogió denuncias de la comunidad. La jornada finalizó a la noche en Río Cuarto. Ottaviano fue recibida por el rector de la Universidad Nacional, Marcelo Ruiz, y también formó parte de una charla abierta con las autoridades, docentes y estudiantes.

La presencia de la Defensoría estaba programada mucho antes de que se conociera el fallo que dio la razón a la comunidad afectada, e instó a De la Sota a recomponer el servicio gratuito de televisación. “Pedimos una audiencia con el gobernador el 1ro. de febrero -explicó la defensora-, pero como la negó, fuimos directamente para escuchar a la gente”.

La solicitud de encuentro fue requerida con carácter de urgencia. Sin embargo, ante la negativa del gobernador, su secretario privado, Rodolfo Iparraguirre, trasladó el pedido a Manuel Calvo, ministro de Agua, Ambiente y Energía, quien a su vez le pasó el requerimiento a Luis Bocco, secretario de Ambiente local. Ninguno recibió a la Defensoría el 14 de febrero, pero sí quedó constancia de la entrega de los mencionados estudios.

Más allá de miles de vecinas y vecinos perjudicados en Córdoba por la actitud de la Gobernación, Ottaviano tomó contacto directo con otro sector perjudicado por la decisión del gobernador: los cientos de productores televisivos privados e independientes que, al bajarse las antenas, quedaron sin trabajo ni posibilidad de comercializar sus contenidos. También ellos presentaron denuncias a la Defensoría, que están siendo tramitados en busca de una solución.

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