Convocatoria a Becas Diplomatura Conectar Igualdad

Conclusión - Resolución

Buenos Aires, 

 

VISTO el Expediente N° 137/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522, la Resolución DPSCA N° 59 de fecha 26 de julio de 2013, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 59 de fecha 26 de julio de 2013 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL  se declaró de interés la Diplomatura Superior de Comunicación y Género que dicta la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, especializada en comunicación, género y derechos humanos.

Que este organismo tiene dentro de sus misiones convocar a las organizaciones intermedias públicas y privadas, centros de estudios e investigación y otras entidades de bien público en general, para crear un ámbito participativo de debate permanente sobre el desarrollo y funcionamiento de los medios de comunicación.

Que el presente Concurso tiene como objetivo fomentar la capacitación especializada de diversos sectores dedicados a la comunicación audiovisual sobre los principios y derechos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, vinculados a la promoción de la equidad de género en la radio y la televisión. Asimismo, ofrecer herramientas conceptuales y prácticas en la temática específica de trabajo de ésta Defensoría, con un grado de profundidad mayor al brindado en talleres o charlas.

Que la Diplomatura se compone de materias teóricas, seminarios y talleres que permiten abordar la problemática de la comunicación y género integralmente, posibilitando articular la mirada histórica, con la perspectiva jurídica y los enfoques teóricos, y la formulación de estrategias prácticas para el desempeño profesional desde una visión de Derechos Humanos.

Que asimismo, la Diplomatura Superior de Comunicación y Género tiene como objeto instalar en la sociedad, y particularmente entre las y los comunicadoras/es, la capacidad de analizar con perspectiva de género las producciones de los medios de comunicación y diseñar sus propias estrategias transformadoras en pos de una sociedad igualitaria.

Que en este contexto, la mencionada propuesta de formación es considerada como una acción estratégica que permite vincular algunos de los principios fundamentales de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, las preocupaciones del público y las necesidades de formación planteadas por comunicadores y comunicadoras, desde una perspectiva federal.

Que el formato virtual de la cursada permite federalizar el presente Concurso posibilitando la participación de postulantes de todo el país.

Que para la segunda cohorte 2016 se prevé asignar un total de DIEZ (10)  becas completas.

Que CUATRO (4) de los DIEZ (10)  cupos corresponden a vacantes que se han generado por el desistimiento de personas becadas en cohortes anteriores.

Que en este sentido, y teniendo un cuenta la necesidad de promover mecanismos de selección transparentes y equitativos, resulta conveniente implementar un Concurso para que esta Defensoría del Público otorgue becas completas para cursar la Diplomatura Superior de Comunicación y Género que dicta la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad.

Que en consecuencia corresponde aprobar las Bases del Concurso que se regula por la presente.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley Nº 26.522.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Llámese a Concurso para el otorgamiento por esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de becas completas para cursar la Diplomatura Superior de Comunicación y Género que dicta la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad.

ARTÍCULO 2°: Apruébense las Bases que regirán el Concurso mencionado en el Artículo anterior que obra como Anexo I y que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Publíquese esta Convocatoria a Concurso por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.

 ARTÍCULO 4º: Regístrese, publíquese en la página WEB de este Organismo y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N°

 

 

 

ANEXO I

 

BASES PARA EL CONCURSO DE OTORGAMIENTO DE BECAS COMPLETAS PARA LA Diplomatura Superior de Comunicación y Género que dicta la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad

 

OBJETO

  1. El Concurso tiene como objetivo fomentar la capacitación especializada de diversos sectores dedicados a la comunicación audiovisual sobre los principios y derechos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual vinculados a la promoción de la equidad de género en la radio y la televisión.
  2. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a través de la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN, convoca a Concurso para la obtención de 10 becas completas para cursar la Diplomatura Superior de Comunicación y Género que dicta la ASOCIACIÓN CIVIL COMUNICACIÓN PARA LA IGUALDAD. Quienes resulten ganadores/as del concurso no deberán asumir ningún costo, ya que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO cubrirá el CIEN POR CIENTO (100%) del costo total del curso virtual, mediante el otorgamiento de la presente Beca Completa. 

La Diplomatura se compone de las siguientes materias:

Materias teóricas:

  • Desigualdad de género y medios de comunicación (12 semanas)
  • Prácticas comunicacionales y género (16 semanas)
  • Los feminismos en América y Europa (12 semanas)
  • Derechos humanos, género y derecho a la comunicación (16 semanas)
  •  
  • Masculinidades, derechos humanos y ciclos vitales (4 semanas)
  • Geografías de las disidencias sexuales (4 semanas)

Talleres:

  • Comunicación gráfica y digital (optativo, 8 semanas)
  • Producción audiovisual (obligatorio, 12 semanas)
  • Realización publicitaria con perspectiva de género (optativo, 4 semanas)
  • Taller de Integración Final (obligatorio, 8 semanas)

La duración total de la Diplomatura es de OCHO (8) meses en formato virtual, a través de una plataforma de educación a distancia. Tiene una carga semanal estimada de doce (12) horas. Fecha de inicio: Agosto de 2016.

PARTICIPANTES

  1. El presente concurso está dirigido a argentinos/as y/o residentes en los términos de la Ley N° 25.871 que cumplan con las siguientes condiciones:
  • Comunicadores y comunicadoras que se desempeñen en medios audiovisuales (radio o televisión) con fines de lucro, sin fines de lucro o medios públicos.
  • Comunicadores y comunicadoras que se desempeñen en agencias de publicidad o productoras audiovisuales que produzcan contenidos para radio y televisión.
  • Graduados/as de nivel universitario o terciario de carreras de comunicación (o afines).
  • Docentes de nivel secundario, terciario o universitario que dicten materias vinculadas directamente con medios audiovisuales (radio y televisión).

 

  1. Las y los participantes que deseen presentarse deberán acreditar la pertinencia de la postulación mediante la siguiente documentación:
  • Comunicadores y comunicadoras de medios audiovisuales (radio y TV), de productoras audiovisuales o agencias de publicidad: recibo de sueldo correspondiente al mes inmediato anterior a la inscripción o constancia emitida por el medio de comunicación audiovisual, productora o agencia;
  • Docentes de nivel secundario, terciario o universitario que dicten materias directamente vinculadas con medios audiovisuales (radio y televisión): certificado emitido por la institución educativa con el detalle de la/las asignatura/as a su cargo o recibo de sueldo correspondiente al mes inmediato anterior a la inscripción.
  • Graduados/as universitarios o terciarios de carreras de comunicación (o afines): Copia  del título o constancia de título en trámite.
  1. En todos los casos tendrán que presentar:
  • copia de DNI
  • Carta de Presentación

                Asimismo, deberán informar la dirección de e-mail donde serán válidas todas las comunicaciones o notificaciones

  1. Las y los postulantes del concurso deberán aceptar las distintas instancias del proceso de selección. Tendrá que completar el formulario de inscripción y enviar por mail la documentación respaldatoria indicada en los puntos 4 y 5 de las presentes bases, con las que la DIRECCION DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL realizará una evaluación administrativa de cada postulación, y enviar una carta de presentación que será utilizada para la evaluación cualitativa, en la que especifiquen: sus expectativas para realizar el curso; su trayectoria formativa ocupacional; y el tiempo disponible con el que contarán para realizar la formación virtual.

Asimismo, deberán estar dispuestos/as a realizar una entrevista virtual con el equipo de la ASOCIACION CIVIL COMUNICAR IGUALDAD, de considerarse necesaria para culminar el proceso de evaluación.

  1. No se admitirán inscripciones de participantes directamente vinculados/as con funcionarios/as y/o agentes pertenecientes a la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, pudiendo en este caso impugnarse la inscripción, en cualquier fase del concurso. Se entiende por vinculadas a todas las personas que mantengan una relación laboral, así como familiares de los mismos hasta el segundo grado por consanguinidad y/o afinidad. 
  2.  
  3. Las y los participantes se podrán postular para participar del Concurso hasta el 08 de julio de 2016 inclusive.
  4. Para postularse deberán inscribirse en el sitio web de la Defensoría del Público, mediante el formulario ubicado en la sección Formación Virtual (http://defensadelpublico.gob.ar/es/secciones/formacion-virtual) y enviar por correo electrónico la documentación señalada en los puntos 4 y 5 de la presente, y la carta de presentación indicada en el punto 6, (en formato digital) a becas@defensadelpublico.gob.ar, con el asunto: Postulación Beca Género 2016.  
  5.  No se aceptarán inscripciones enviadas fuera del plazo estipulado o que incumplan con los puntos 3 a 8 de la presente.
  6.  Las postulaciones que no cumplan con los requisitos de la presente, no podrán participar del concurso, no pudiendo pasar a la instancia de evaluación cualitativa a cargo de la ASOCIACIÓN CIVIL COMUNICAR IGUALDAD. Dicha situación será comunicada al interesado/a vía correo electrónico al terminar el período de análisis de las postulaciones.

DE LA ELECCIÓN

  1.  Se otorgarán DIEZ (10) becas completas distribuidas por cada Región del país, garantizando una participación federal. A tal efecto se definen las siguientes Regiones y cupos:
  • DOS (2) cupos Región NEA (Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa).
  • DOS (2) cupos Región CENTRO (Entre Ríos, Córdoba, santa fé, mendoza, san luis, san juan).
  • Dos (2) cupos Región NOA (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja).
  • DOS (2) cupos Región SUR (LA PAMPA, Chubut, Santa Cruz, Río Negro, Neuquén, Tierra del Fuego, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR).
  • DOS (2) cupos Región Buenos Aires (Ciudad de Buenos Aires y Provincia de BUENOS AIRES).

En caso de que en alguna de las regiones no se registren inscripciones, las becas se distribuirán y otorgarán, equitativamente, en las regiones que posean mayor cantidad de postulantes.  En caso que alguna región obtenga solo DOS (2) personas inscriptas, se adjudicarán las becas en forma directa.  Además se seleccionarán DOS (2) suplentes por cada región, que en caso de producirse desistimientos ocuparán el o los cupos disponibles.

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

 

  1.  La Dirección de Capacitación y Promoción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL recibirá las inscripciones y realizará el análisis técnico administrativo de las postulaciones. Supervisará que cada participante haya presentado en tiempo y forma la documentación respaldatoria de acuerdo al perfil con el que realizó su postulación y la carta de presentación indicada en las presentes bases en el Anexo II.
  2.  La ASOCIACION CIVIL COMUNICAR IGUALDAD recibirá la nómina de postulantes habilitados/as para participar del concurso, y realizará la selección definitiva de candidatos/as. Para ello analizará las cartas de presentación enviadas por cada uno/a de los/as postulantes, y tendrá la potestad de convocarlos/as para realizar una entrevista virtual para terminar de definir la evaluación. A su vez, todos/as los postulantes/as que sean llamados a tal fin deberán participar de esta instancia, quedando excluidos/as del concurso quienes no respondan a la entrevista.
  3. En todas las instancias, para la evaluación de candidatos/as, se tendrá especial atención a su perfil, a los saberes previos incorporados durante su trayectoria laboral e instancias de formación; cómo así también su tiempo disponible para realizar el curso; la capacidad para administrar sus tiempos; y sus expectativas. Asimismo, se buscará garantizar el federalismo y la equidad de género entre el conjunto de los/as aspirantes que queden seleccionados/as.
  4. Los resultados del concurso serán publicados en la web de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual www.defensadelpublico.gob.ar y serán notificados vía correo electrónico a las y los participantes.

 

DE LOS/AS GANADORES/AS

  1.  Las personas que resulten becadas se comprometen a:
  • Presentar la documentación solicitada para la inscripción en original o copias certificadas (por escribanía, policía, juzgado de paz o funcionario/a público/a) dentro del plazo de TREINTA (30) días de ser comunicados los resultados del concurso. El incumplimiento de esta obligación determinará la pérdida del beneficio de la beca.
  • Presentar a la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad la documentación requerida para la inscripción en la Diplomatura Superior de Comunicación y Género.
  • Cursar la Diplomatura Superior de Comunicación y Género que dicta la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad con inicio en el segundo cuatrimestre de 2016, durante el mes de Agosto.
  • Dar cumplimiento íntegro a su Plan de Estudios, condiciones de regularidad y aprobación del mismo.
  • Al finalizar cada materia, la persona becada deberá presentar en un plazo de TREINTA (30) días corridos, un informe ante la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL que permita sistematizar los aprendizajes realizados.
  • Al concluir la Diplomatura, la persona becada deberá producir y presentar, en un plazo máximo de 100 días corridos de finalizada la cursada, una producción periodística o una pieza audiovisual sobre un tema a elección con perspectiva de género vinculado a los derechos de las audiencias de la radio y la televisión, la cual se sumará al banco de buenas prácticas de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, bajo la licencia Creative Commons con las siguientes condiciones: Reconocimiento/ Compartir Igual.

En caso de incumplir alguno de estos compromisos, caducará el derecho a la beca.

  1. La inscripción al presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todos los términos dispuestos en la presente Resolución.

Establece valor módulo de cada función a partir del 1°de mayo de 2016 aún en contratos de locación de servicios en curso de ejecución

Conclusión - Resolución

 

Buenos Aires,  24 de mayo de 2016

 

VISTO el Expediente Nº 75/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013,  y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 se aprobó el  RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE SERVICIOS TÉCNICOS PROFESIONALES de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que en el ANEXO II de la precitada norma se identificaron, describieron y establecieron requisitos específicos para las diferentes funciones, que contempla dicho régimen, en tanto que por  el ANEXO III se determinaron los honorarios correspondientes a cada una de esas funciones.

Que con motivo del incremento del costo de vida, la DIRECCIÒN DE ADMINISTRACIÓN, considera conveniente actualizar en un DIECIOCHO POR CIENTO (18%) el valor hora/semanal/mensual, para cada función a partir del 1º de Mayo de 2016.

Que el DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO, dependiente de la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN informa que existe crédito presupuestario disponible para implementar la medida que se propicia.

Que la DIRECCIÓN DE LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su  competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 20° de la Ley N°  26.522.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Establécese el aumento del valor hora/semanal/mensual de cada función, dispuesto en el Anexo III de la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, modificada por Resolución DPSCA N° 62/2014 y por Resolución DPSCA Nº 73/2015, en un DIECIOCHO POR CIENTO (18%), a partir del 1º de Mayo de 2016, conforme al detalle obrante en el Anexo que integra la presente.

ARTÍCULO 2°: Modifíquese a partir del 1 de mayo de 2016 el Anexo III de la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013, el que quedará redactado conforme lo dispuesto en el Anexo que integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Establécese que el aumento señalado en el Articulo 1º será de aplicación aún  a los contratos de locación de servicios en curso de ejecución.

ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias vigentes del Programa 36 del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

RESOLUCIÓN N°

 

 

 

 

ANEXO

 

HONORARIOS (en pesos)

 

FUNCIÓN

VALOR HORA*

I

Responsable de Proyecto

$                  1.220,50

II

Consultor experto

$                  927,59

III

Asesor

$                  585,85

IV

Asistente técnico

$                  390,57

*Hora semanal-mensual

 

 

Cierre de Audiencia Pública 2015 - Región NORTE

Conclusión - Resolución

 

                                                                         Buenos Aires, 27 de abril de 2016

 

VISTO el Expediente Nº 136/2015, la Ley N° 26.522, la Resolución DPSCA N° 92 de fecha 11 de agosto de 2015, la Resolución DPSCA N° 157 de fecha 28 de noviembre de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 92 de fecha 11 de agosto de 2015 se convocó a Audiencia Pública Regional para el 28 de agosto de 2015 con el objeto de evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en la Región NORTE abarcando las Provincias DE JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA, LA RIOJA, SAN JUAN, SANTIAGO DEL ESTERO, CHACO y FORMOSA, y que se definió como eje temático “la oferta de medios y la posibilidad de acceder a una variedad de propuestas locales y nacionales; las programaciones de la radio y la televisión pública, comercial y sin fines de lucro; el acceso al espectro de todos los sectores contemplados por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual; la representación y la presencia de sectores históricamente marginados o estigmatizados y el respeto de sus derechos".

Que mediante la mencionada Resolución se dispuso que la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA E INVESTIGACIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría tuviese a su cargo la implementación y organización general de la Audiencia Pública convocada al efecto.

Que la convocatoria aludida fue difundida conforme lo dispuesto en los Artículos 15, 16 y 17 de la Resolución DPSCA N° 92/2015.

Que conforme constancias del Orden del Día correspondiente, en el Registro de Participantes habilitado a los efectos de la participación, se inscribieron CIENTO NOVENTA Y SEIS (196) personas, a las que se sumaron NUEVE (9) que realizaron su inscripción el mismo día, contabilizando DOSCIENTOS CINCO (205) personas inscriptas en la Audiencia Pública, de las cuales participaron como oradoras CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) organizadas en OCHENTA Y CINCO (85) grupos.

Que la Audiencia Pública Regional se desarrolló con normalidad, en la sala del Paraninfo Fray Francisco de Vitoria de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SANTIAGO DEL ESTERO, ubicada en la calle Belgrano Sur N° 1912, Ciudad de Santiago del Estero, PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, previsto como lugar de reunión de la misma, donde los/as inscriptos/as realizaron sus exposiciones.

Que todo lo actuado en la Audiencia Pública objeto de la presente quedó registrado en el Acta correspondiente y en las versiones taquigráficas de la misma.

Que las exposiciones finales fueron puestas a conocimiento del público a través de la página web del Organismo www.defensadelpublico.gob.ar.

Que la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN elaboró Informe Final de Cierre de la Audiencia Pública Regional.

Que surge del mencionado Informe que en la Audiencia Pública se abordaron los siguientes temas como "claves de lectura" de las presentaciones: a) Sobre la Defensoría del Público y las Audiencias Públicas; b) Sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual; c) Sobre los medios de comunicación audiovisual y dentro de este grupo, se debatió c.1) Sobre la distinción por tipo de prestador: medios públicos, comerciales y comunitarios; d) Sobre las representaciones; e) Sobre los sectores sociales y sus cruces; f) Federalismo; mientras que sobre las "Representaciones mediáticas según sectores mencionados" se incluyeron debates sobre: 1) Mujeres, 2) Identidades de género LGBTTIQ, 3) Niñas, niños y jovenes: de este grupo se destacan 3.1) Jóvenes privados de la libertad; 4) Personas adultas mayores; 5) Personas con discapacidad, de este grupo se destacan 5.1) Personas sordas e hipoacúsicas; finalmente se reflexionó sobre 6) Intérpretes de lengua de señas; 7) Campesinos/as; 8) Pueblos originarios; 9) Víctimas de violaciones a los derechos humanos, entre los que se distinguió el debate sobre 9.1) Víctimas del terrorismo de Estado y 10) Personas afectadas por problemas alimenticios.

Que las temáticas planteadas continúan siendo estudiadas y analizadas para ser abordadas por esta Defensoría como parte de sus planes de acción.

Que a partir del análisis y evaluación de las mismas consideradas junto a aportes de otras líneas de trabajo del Organismo y a estándares nacionales e internacionales sobre libertad de expresión, se decidió declarar al año 2016 como "Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual".

Que dicha declaración se materializó mediante el dictado Resolución N° 157 con fecha 28 de diciembre de 2015, en cumplimiento del papel que le cabe a la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL vinculado a la promoción del debido respeto y la protección de los derechos fundamentales de las audiencias involucrados en la actividad que desarrollan los servicios de comunicación audiovisual y como iniciativa que procura contribuir a la transformación de la crisis de representación social que distancia las experiencias de las audiencias y la imagen que de ellas devuelven los medios audiovisuales.

Que la Dirección Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.

Que en consecuencia, resulta procedente emitir el dictado del acto administrativo pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522.

 

Por ello,

            LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN          AUDIOVISUAL

            RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado en el proceso de la Audiencia Pública Regional en la Región NORTE, abarcando las Provincias DE JUJUY, SALTA, TUCUMÁN, CATAMARCA, LA RIOJA, SAN JUAN, SANTIAGO DEL ESTERO, CHACO y FORMOSA, conforme los considerandos de la presente medida y dispóngase su finalización.

ARTÍCULO 2°: Instrúyase a la distintas Direcciones de esta Defensoría a fin de que las temáticas planteadas en el marco de la Audiencia Pública Regional – REGIÓN NORTE sean objeto de análisis y evaluación conforme los considerandos del presente acto.

ARTÍCULO 3°: Instrúyase a las distintas Direcciones de esta Defensoría a fin de que proyecten acciones que prevean medidas que tengan en cuenta las opiniones expresadas por la ciudadanía y los organismos que tuvieron participación en la Audiencia Pública Regional celebrada en la región NORTE en el año 2015.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese la presente al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ARTÍCULO 5°: Publíquese la presente en la página web de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 59/2016

 

 

Integración de la Comisión de Preadjudicaciones y Comisión de Recepción

Conclusión - Resolución

 

                                                                                         Buenos Aires,   15 de abril de 2016

                        

                                   

             VISTO el Expediente Nº 92/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 32  de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, la Resolución DPSCA N° 72 de fecha 15 de junio de 2015, la Resolución DPSCA N° 128 de fecha 2 de noviembre de 2015,  la Ley N° 26.522  y,

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013 fueron designados los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Comisión de Recepción de acuerdo a lo prescripto por el Reglamento de Compras y Contrataciones de obras, bienes y servicios de este organismo.

Que por Resolución DPSCA N° 72 de fecha 15 de junio de 2015 se modificó la Resolución mencionada en el párrafo precedente, estableciendo como miembros suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL  al titular del DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA y al titular del DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL EMPLEO.

Que por Resolución DPSCA N° 128 de fecha 2 de noviembre de 2015 se modificó la estructura organizativa de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, con el objetivo de reflejar en sus misiones y funciones la forma organizacional que ha venido desarrollando a lo largo de esta primera etapa de puesta en marcha.

 

Que por el Expediente citado en el VISTO la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de esta Defensoría del Público sugiere modificar la Resolución DPSCA N° 51/2013 en virtud de lo establecido por el Artículo 99 de la Resolución DPSCA N° 32/2013 y la modificación de la estructura organizativa mencionada. Asimismo, agrega que correspondería dejar sin efecto la Resolución DPSCA N° 72/2015.

Que el Artículo 98 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público aprobado por Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, dispone que la designación de los integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones de las Ofertas, así como los respectivos suplentes, deberán ser designados mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad del organismo, con la única limitación de que esa designación no deberá recaer en quienes tuvieran competencia para autorizar la convocatoria o para aprobar el procedimiento.

Que por su parte el Artículo 99 de la precitada norma determina que la Comisión de Preadjudicaciones deberá estar integrada por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) suplentes.

Que asimismo aclara que los funcionarios que cumplan estas tareas sin perjuicio de las que  cumplan en su destino natural, no percibirán remuneración adicional por el ejercicio de tal función.

Que con relación a la Comisión de Recepción, mediante los Artículos 168 y 169 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público se dispuso que la designación de sus integrantes, así como de los respectivos suplentes, deberá realizarse mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad competente para autorizar la convocatoria. Asimismo, deberá estar integrada por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) suplentes.

 

Que por el expediente N° 67/2016 tramita la designación de la Contadora Pública Stella Maris Santos para cumplir funciones en la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que en consecuencia corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 26.522

 

Por ello,                           

LA  DEFENSORA  DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

                                                    RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Abrógase la Resolución DPSCA N° 72 de fecha 18 de junio de 2015 a partir del dictado de la presente.

ARTÍCULO 2°:  Sustitúyase el Artículo 1° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguiente términos: ARTICULO 1°: Establécese que la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, estará integrada por: a) el responsable del DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES o quien siga en la jerarquía superior, siempre y cuando dicho funcionario no  intervenga como autoridad en la convocatoria ni en la clausura del procedimiento de selección; b) el titular de la Unidad Requirente o el funcionario en quien aquél delegue esa facultad; c) el Jefe del Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional perteneciente a la SECRETARIA GENERAL de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 3°: Sustitúyase el Artículo 2° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 2°: Establécese como miembros suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a: a) el titular a cargo del DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de ésta Defensoría del Público; b) el titular del DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO EDILICIO Y SERVICIOS GENERALES  dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de ésta Defensoría del Público.

ARTÍCULO 4°: Sustitúyase el Artículo 3° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 3°: Establécese que la Comisión de Recepción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, se hallará integrada por: a) la titular de la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de ésta Defensoría del Público; b) el titular de la Unidad Requirente; c) el titular del Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional perteneciente a la SECRETARIA GENERAL de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 5°: Sustitúyase el Artículo 4° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 4°: Establécese como miembros suplentes de la Comisión de Recepción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a: a) el titular del DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO EDILICIO Y SERVICIOS GENERALES  dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN; b) un agente perteneciente a la Unidad Requirente designado expresamente por el titular de la misma.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN  N° 53/2016

 

 

Llamado a Concurso de Personal

Conclusión - Resolución

Buenos Aires, 31 de marzo de 2016.
        
VISTO el Expediente N° 219/15 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014, y 

CONSIDERANDO
Que mediante Resolución N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL se aprobó el Estatuto del Personal de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, aplicable al ámbito del Organismo.
Que por el Artículo 13 de dicho reglamento se estableció que el ingreso como personal permanente de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL tendrá lugar mediante el procedimiento de selección correspondiente conforme el Régimen de Cobertura de Vacantes del Organismo.
Que esta Defensoría se encuentra transitando su etapa fundacional, donde de manera paulatina, las distintas áreas han visto incrementada la cantidad de tareas que fueron desarrollando y asimismo fueron diversificando las competencias iniciales definidas, entendiendo que las organizaciones públicas deben ser dinámicas y adecuarse a fin de responder las demandas de la ciudadanía de manera eficiente y eficaz.
Que las distintas áreas de ésta Defensoría han manifestado la necesidad de cubrir algunos de los cargos que se encuentran vacantes conforme la dotación de personal aprobada por Resolución N° 128 de fecha 2 de noviembre de 2015 de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que por el Título VIII del mencionado Estatuto de Personal de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual se dispuso que la selección de personal se realizará mediante sistemas que aseguren la comprobación fehaciente de la idoneidad, méritos, competencias y actitudes laborales adecuadas para el ejercicio de las funciones, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Artículo 122  del mismo plexo normativo.
Que en consecuencia y en virtud de específicas necesidades del Organismo corresponde efectuar el llamado a Concurso Ordinario de Marzo 2016 de los cargos por la presente convocados para su cobertura, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 132 y 136 del Estatuto de Personal de ésta Defensoría.
Que por su parte, las Bases que se aprueban por la presente medida reúnen las características de claridad y precisión que permiten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas y de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante los concursos y los factores de puntuación, por lo cual corresponde resolver sobre el particular.
Que los Comités de Selección correspondientes se encuentran constituidos e integrados conforme las disposiciones contenidas en el Artículo 125 del Anexo a la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014. 
Que el Departamento de Gestión del Empleo y el Departamento de  Presupuesto, ambos dependientes de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha emitido dictamen de opinión.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26.522.

Por ello, 
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Llámese a Concurso de Selección de Personal mediante Convocatoria Ordinaria de Marzo 2016 para cubrir los cargos de la Planta de Personal Permanente con la descripción de puestos y perfiles establecidos en el Anexo I a la presente medida y bajo la modalidad de Concurso Cerrado conforme lo normado en el Anexo a la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014 de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
ARTÍCULO 2°: Dispónese que el presente Concurso se regirá por las disposiciones del Estatuto de Personal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL aprobado por la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014 y que como Anexo integra dicha medida.
ARTÍCULO 3°: Apruébase la constitución del Comité de Selección integrado por miembros titulares y suplentes que actuarán en cada caso de conformidad con lo dispuesto en  el Artículo 125 de la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014, según se detalla en el Anexo I a la presente. 
ARTICULO 4°: Apruébase la Planilla de Asignación de Puntajes de la Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°: Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones que regirá el Concurso de Selección de Personal mediante Convocatoria Ordinaria de Marzo 2016, convocado con el objeto de cubrir cargos de la Planta de Personal Permanente y que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6°: Instrúyase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para que por intermedio del Departamento de Tecnología ponga a disposición de los/las interesados/as el formulario web de preinscripción al presente concurso que obra en la dirección de internet: www.concursos.defensadelpublico.gob.ar, el cual será de uso obligatorio para la inscripción de los postulantes. 
ARTICULO 7°: Facúltase al Comité de Selección a ampliar o reducir los plazos estipulados para las distintas etapas del Concurso cuando el normal desarrollo del Concurso lo amerite, debiendo dicha situación ser notificada y/o publicada conforme lo establezca la etapa del proceso pertinente.
ARTÍCULO 8°: Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a efectuar las comunicaciones y difusiones establecidas en la presente. Asimismo, deberá fijar en la convocatoria el período de inscripción correspondiente de conformidad con lo establecido en el Régimen de Cobertura de Vacantes para la Planta Permanente del Estatuto de Personal de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobado por la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014.
ARTÍCULO 9°: Invítase a las ORGANIZACIONES SINDICALES constituidas dentro del ámbito de este Organismo a designar veedores del presente proceso. 
ARTÍCULO 10°: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese. 

RESOLUCIÓN N° 41/2016

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