Buenos Aires, 15 de abril de 2016
VISTO el Expediente Nº 92/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, la Resolución DPSCA N° 72 de fecha 15 de junio de 2015, la Resolución DPSCA N° 128 de fecha 2 de noviembre de 2015, la Ley N° 26.522 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013 fueron designados los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Comisión de Recepción de acuerdo a lo prescripto por el Reglamento de Compras y Contrataciones de obras, bienes y servicios de este organismo.
Que por Resolución DPSCA N° 72 de fecha 15 de junio de 2015 se modificó la Resolución mencionada en el párrafo precedente, estableciendo como miembros suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL al titular del DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA y al titular del DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL EMPLEO.
Que por Resolución DPSCA N° 128 de fecha 2 de noviembre de 2015 se modificó la estructura organizativa de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, con el objetivo de reflejar en sus misiones y funciones la forma organizacional que ha venido desarrollando a lo largo de esta primera etapa de puesta en marcha.
Que por el Expediente citado en el VISTO la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de esta Defensoría del Público sugiere modificar la Resolución DPSCA N° 51/2013 en virtud de lo establecido por el Artículo 99 de la Resolución DPSCA N° 32/2013 y la modificación de la estructura organizativa mencionada. Asimismo, agrega que correspondería dejar sin efecto la Resolución DPSCA N° 72/2015.
Que el Artículo 98 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público aprobado por Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, dispone que la designación de los integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones de las Ofertas, así como los respectivos suplentes, deberán ser designados mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad del organismo, con la única limitación de que esa designación no deberá recaer en quienes tuvieran competencia para autorizar la convocatoria o para aprobar el procedimiento.
Que por su parte el Artículo 99 de la precitada norma determina que la Comisión de Preadjudicaciones deberá estar integrada por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) suplentes.
Que asimismo aclara que los funcionarios que cumplan estas tareas sin perjuicio de las que cumplan en su destino natural, no percibirán remuneración adicional por el ejercicio de tal función.
Que con relación a la Comisión de Recepción, mediante los Artículos 168 y 169 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público se dispuso que la designación de sus integrantes, así como de los respectivos suplentes, deberá realizarse mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad competente para autorizar la convocatoria. Asimismo, deberá estar integrada por TRES (3) miembros titulares y DOS (2) suplentes.
Que por el expediente N° 67/2016 tramita la designación de la Contadora Pública Stella Maris Santos para cumplir funciones en la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que en consecuencia corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 26.522
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Abrógase la Resolución DPSCA N° 72 de fecha 18 de junio de 2015 a partir del dictado de la presente.
ARTÍCULO 2°: Sustitúyase el Artículo 1° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguiente términos: ARTICULO 1°: Establécese que la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, estará integrada por: a) el responsable del DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES o quien siga en la jerarquía superior, siempre y cuando dicho funcionario no intervenga como autoridad en la convocatoria ni en la clausura del procedimiento de selección; b) el titular de la Unidad Requirente o el funcionario en quien aquél delegue esa facultad; c) el Jefe del Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional perteneciente a la SECRETARIA GENERAL de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
ARTÍCULO 3°: Sustitúyase el Artículo 2° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 2°: Establécese como miembros suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a: a) el titular a cargo del DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de ésta Defensoría del Público; b) el titular del DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO EDILICIO Y SERVICIOS GENERALES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de ésta Defensoría del Público.
ARTÍCULO 4°: Sustitúyase el Artículo 3° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 3°: Establécese que la Comisión de Recepción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, se hallará integrada por: a) la titular de la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de ésta Defensoría del Público; b) el titular de la Unidad Requirente; c) el titular del Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional perteneciente a la SECRETARIA GENERAL de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
ARTÍCULO 5°: Sustitúyase el Artículo 4° de la Resolución DPSCA N° 51 de fecha 27 de junio de 2013, el cual quedará redactado en los siguientes términos: ARTÍCULO 4°: Establécese como miembros suplentes de la Comisión de Recepción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a: a) el titular del DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO EDILICIO Y SERVICIOS GENERALES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN; b) un agente perteneciente a la Unidad Requirente designado expresamente por el titular de la misma.
ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, y oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN N° 53/2016