Resolución N° 58/2016

Convocatoria Audiencia Pública Región Sur Exp. 81/16

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente Nº 81/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 56 de fecha 26 de abril de 2016, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO, tramita la convocatoria a Audiencia Pública Regional de la Región SUR del país, por parte de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a desarrollarse en la Ciudad de Neuquén, Provincia de NEUQUÉN, abarcando las provincias de LA PAMPA, RÍO NEGRO, NEUQUÉN, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR. Que la Audiencia Pública, de raigambre constitucional (Artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL) se constituye por sí misma en una garantía del derecho de defensa en sentido amplio, dado que no sólo se escucha al que titulariza un interés directo y personal, sino que se hace participar a quienes tienen opinión fundada sobre el asunto, garantizando una instancia de participación en el proceso de toma de decisiones en el cual la autoridad responsable de la misma habilita un espacio institucional para que todos aquellos que tengan un interés particular expresen su opinión respecto de ella. Que por el Artículo 19 de la Ley N° 26.522 se creó la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, con dependencia orgánica ante la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, DE LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, imponiéndole un contacto permanente y fluido con las audiencias de los servicios de comunicación audiovisual, con los prestadores de los servicios en todas sus modalidades y de todo el territorio nacional, con las organizaciones sociales interesadas en la comunicación audiovisual y con los ámbitos académicos vinculados con el sector. Que de conformidad con las prescripciones de la norma mencionada se encuentran contempladas entre las misiones y funciones de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL la de convocar a las audiencias públicas en diferentes regiones del país a efecto de evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión, así como la de participar en aquellas audiencias públicas previstas por dicho plexo normativo o las que fueran convocadas por las autoridades en la materia (conf. inc. f). Que el DEPARTAMENTO DE FINANZAS dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN informó que los gastos estimados se encuentran previstos en el presupuesto vigente de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención que le compete. Que en consecuencia corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26.522. Por ello, LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Convócase a Audiencia Pública Regional de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL para el día 20 de mayo de 2016 a las 10.00 horas, a realizarse en el Salón Azul de la Biblioteca Central de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE, ubicado en la calle Buenos Aires N° 1400 de la Ciudad de Neuquén, Provincia de NEUQUÉN, con el objeto de evaluar y proyectar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en la Región SUR, así como la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y elaborar propuestas para profundizar los derechos de las audiencias de la radio y la televisión, abarcando las provincias de LA PAMPA, RÍO NEGRO, NEUQUÉN, CHUBUT, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR. ARTÍCULO 2°: Dispónese que la Presidencia de la Audiencia Pública Regional que se convoca por la presente será ejercida por la Licenciada Cynthia Luján OTTAVIANO (DNI N° 23.250.442), designándose como Suplente la Dra. María José GUEMBE (DNI N° 21.797.909). ARTÍCULO 3°: Establécese que todas las personas interesadas podrán tomar vista del Expediente N° 81/2016 del registro del Organismo, de lunes a viernes en la sede de esta Defensoría del Público sita en la calle Adolfo Alsina N° 1470 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de 10.00 a 16.00 horas hasta el momento del inicio del acto. Asimismo, en la página web del organismo (www.defensadelpublico.gob.ar) se encontrará disponible: la convocatoria, el orden del día, el acta de la Audiencia Pública, la versión taquigráfica y el informe final, entre otras informaciones pertinentes. ARTÍCULO 4°: Establécese que todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas podrán inscribirse en el Registro de Oradores, acreditando la correspondiente identidad, personería y/o representación, a partir del día 4 de mayo de 2016 hasta el día 17 de mayo de 2016 a las 12.00 hs., en horario de 09.00 a 16.00 horas en la sede de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL sita en la calle Adolfo Alsina N° 1470 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; a través de la página web del Organismo; o en las siguientes delegaciones de la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN: en la Provincia de RÍO NEGRO, sita en la calle Las Heras N° 558, VIEDMA, en el horario de 8 a 13 horas; en la Provincia de CHUBUT, sita en la calle Mitre N° 550, RAWSON, en el horario de 8 a 14 horas; y Provincia de LA PAMPA, sita en la calle Cacique Mariano Rosas N° 46, SANTA ROSA, en el horario de 8 a 15 hs., en todos los casos completando el formulario de inscripción. A estos fines se habilitará un formulario de inscripción en la página web del Organismo www.defensadelpublico.gob.ar. Asimismo, se aceptará la inscripción de personas físicas las que podrán intervenir en la Audiencia Pública con carácter de "Grupo", siempre que las mismas hayan dado cumplimiento a la inscripción previa bajo ésta modalidad. ARTÍCULO 5°: Establécese que todo aspecto de la realización de la Audiencia Pública Regional para la Región SUR que no se encuentre contemplado en la presente, se regirá por lo establecido en el Procedimiento de Audiencias Públicas de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobado por la Resolución DPSCA N° 56 de fecha 26 de abril de 2016. ARTÍCULO 6°: Publíquese esta convocatoria a Audiencia Pública por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA. ARTÍCULO 7°: Publíquese la presente en la página web de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. ARTÍCULO 8°: Comuníquese la presente a la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN y al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. ARTÍCULO 9°: Regístrese, publíquese en la página web de este organismo y oportunamente archívese.
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