Resolucion N° 40/2016

Aprueba y deja sin efecto licitación privada N° 9/2014. Contratación servicio de publicidad oficial. Expte. N° 298/2014.

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente Nº 298/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 111 de fecha 14 de noviembre de 2013, la Resolución DPSCA N° 119 de fecha 6 de noviembre de 2014 y, CONSIDERANDO Que por el Expediente citado en el VISTO tramita el procedimiento tendiente a la contratación del servicio de publicidad oficial en radios/radios web por el término de TRES (3) meses para la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que a tal efecto, mediante Resolución DPSCA N° 119 de fecha 6 de noviembre de 2014 de esta Defensoría, se autorizó el llamado a Licitación Privada en los términos del Artículo 25 inciso c) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y del Artículo 56 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, aprobado por Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas del referido llamado. Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN realizó la difusión, así como la convocatoria, invitaciones y publicaciones pertinentes, conforme lo establecido por los Artículos 68, 73 y 76 del Reglamento de Compras y Contrataciones de este organismo. Que posteriormente emitió, notificó, difundió y publicó las Circulares Modificatorias Nros. 1 y 2 y las Circulares Aclaratorias Nros. 1 y 2, de acuerdo a lo determinado por la normativa vigente. Que del Acta de Apertura de Ofertas, celebrada el día 26 de marzo de 2015, consta la recepción de DIECISIETE (17) propuestas válidas. Que mediante la Nota de fecha 17 de marzo de 2016, la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL, en su carácter de unidad requirente, solicitó que se deje sin efecto la presente Licitación, en virtud de que en el tiempo transcurrido desde la fecha de inicio del pedido se observó la necesidad de reformular las especificaciones técnicas y las condiciones particulares, a fin de lograr una mejor implementación de la Resolución DPSCA N° 111 de fecha 14 de noviembre de 2013. Que el Artículo 20 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, establece que las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de interesados u oferentes. Que similares previsiones contiene el Artículo 20 in fine del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, aprobado por la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, al establecer que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de interesados u oferentes. Que en las presentes actuaciones no se ha efectuado adjudicación alguna, y menos aún emitido Orden de Compra, por lo que el contrato no se encuentra perfeccionado. Que en razón de ello, corresponde aprobar lo actuado para la Licitación Privada N° 9/2014; y en consecuencia, dejar sin efecto el mencionado procedimiento de selección, por las razones indicadas por la precitada DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 26.522, y por los Artículos 25 inciso b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013 y 2° y Anexo II de la citada norma. Por ello, LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Apruébase lo actuado para la Licitación Privada N° 9/2014 para la contratación del servicio de publicidad oficial en radios/radios web por el término de TRES (3) meses para la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. ARTÍCULO 2º: Déjese sin efecto la Licitación Privada N° 9/2014 por los motivos expuestos en los Considerandos que comprenden la presente, en virtud de las disposiciones del Artículo 20 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y del Artículo 20 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013. ARTÍCULO 3°: Desaféctese en consecuencia la reserva preventiva del gasto efectuada por medio de la Solicitud de Gastos N° 35/2014. ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese y pase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N°
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