Resolución N° 38/2016

Autoriza pago de viáticos para actividad oficial a desarrollarse en Washington

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente N° 48/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 37 de fecha 30 de abril de 2014, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522, y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud efectuada por la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS a fin de autorizar el otorgamiento de los viáticos de la Directora del área citada, Dra. María José GUEMBE para participar en la Audiencia convocada por la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) sobre “Derecho a la libertad de expresión y cambios a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la REPUBLICA ARGENTINA” que tendrá lugar en WASHINGTON DC, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el día 08 de abril del año en curso en el marco del 157° Periodo ordinario de sesiones de la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Que la audiencia fue solicitada por esta Defensoría del Público y múltiples instituciones de la sociedad civil, académicas, asociaciones y pueblos originarios. Dicha solicitud se realizó con motivo de la modificación por medio de decretos presidenciales de las normas antimonopólicas y anticoncentración previstas en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), y la autonomía, representatividad y pluralidad de sus órganos de aplicación. Que la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS agrega que dichos Decretos vulneran derechos reconocidos al público audiovisual y contradicen estándares emanados del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, motivo por el cual se ha decidido solicitar la debida intervención de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH), organismo especializado de la ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS. Que esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados por organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudio e investigación u otras entidades de bien público en general. Que la actividad se enmarca en el artículo 19 incisos a) y h) de la Ley N° 26.522. Que mediante Resolución N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL estableció un Régimen de Viáticos para los traslados oficiales del personal de la misma, autorizando al Departamento de Finanzas de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a realizar pagos de anticipos, previa aprobación de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN. Que dicha norma fue modificada mediante Resolución DPSCA N° 37 del 30 de abril de 2014, estableciéndose las modificaciones correspondientes al otorgamiento de viáticos. Que en virtud de las reglamentaciones citadas precedentemente, el monto del viático a pagar fuera del país será estipulado en cada oportunidad por la Defensora mediante acto administrativo correspondiente, en función de la actividad oficial a desarrollar. Que el Departamento de Tesorería ha tomado la intervención en el ámbito de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4 inc b) del Anexo I de la Resolución DPSCA N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013. Por ello, LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Autorizase el pago de un anticipo de viáticos igual a DÓLARES DOS MIL QUINIENTOS (U$S 2.500.-) y PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) en moneda nacional para la cobertura de los viáticos que demande la concurrencia de la representante de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, Doctora María José GUEMBE a la Audiencia convocada por la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) sobre “Derecho a la libertad de expresión y cambios a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la REPÚBLICA ARGENTINA” que tendrá lugar en WASHINGTON DC, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el día 08 de abril del año en curso en el marco del 157° Periodo ordinario de sesiones de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento de Tesorería dependiente de la SUDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para la prosecución del trámite adminsitrativo pertinente. ARTÍCULO 3º: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N°
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