Resolución N° 133/2015

Aprueba licitación privada N° 6/2015

Adjudicación servicio de catering. Espediente N° 169/2015

Texto Completo

Conclusión - Resolución

Buenos Aires,    

 

VISTO el Expediente Nº 169/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, y

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 6/2015, enmarcada según lo previsto en los Artículos 25 inciso c) del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y 56 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de catering, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un período de SEIS (6) meses, para la mencionada Defensoría del Público.

Que se cursaron las invitaciones respectivas y se efectuó la difusión establecida en los artículos 68, 73 y 76 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, de acuerdo a las constancias obrantes en autos.

Que el día 14 de octubre de 2015 se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, habiéndose presentado TRES (3) propuestas correspondientes a las siguientes firmas: MACHADO CATERING de AUDELINA CORONEL  (CUIT N° 27-06848489-3), SERVICIOS EN GASTRONOMÍA S.R.L. (CUIT N° 30-71086491-4) y POLA 1281 S.R.L. (CUIT N° 30-71020645-3).

Que la Comisión de Preadjudicaciones designada a tal efecto, dando cumplimiento a los Artículos 109, 110 y 111 de la Reglamentación, ha emitido el Dictamen de Evaluación de Ofertas el día 5 de noviembre de 2015, el que tras la publicidad reglamentaria no recibió impugnaciones.

Que en dicho Dictamen se recomienda otorgar el primer orden de mérito a la oferta de la firma SERVICIOS EN GASTRONOMÍA S.R.L. (CUIT N° 30-71086491-4) para la totalidad de los renglones, por un monto de PESOS CUATROSCIENTOS NUEVE MIL ($ 409.000), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y por ser en forma global económicamente conveniente.

Que adicionalmente sugiere desestimar las ofertas presentadas por las firmas MACHADO CATERING de AUDELINA CORONEL (CUIT N° 27-06848489-3), para todos los renglones, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 102, inciso d) del Reglamento de Compras y Contrataciones de esta Defensoría del Público, por no estar certificado por la entidad bancaria correspondiente el cheque presentado como garantía de mantenimiento de oferta, conforme fuera requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; y POLA 1281 S.R.L. (CUIT N° 30-71020645-3), para todos los renglones, en virtud de lo dispuesto en el inciso o) del precitado Artículo, por no haber presentado las muestras solicitadas en las bases de la presente compulsa.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 25 inciso b) del Anexo de la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013I y por el Artículo  2° y su Anexo  de la precitada Resolución.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Licitación Privada N° 6/2015, enmarcada según lo previsto en los Artículos 25 inciso c) del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y 56 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de catering, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un período de SEIS (6) meses, para la mencionada Defensoría del Público.

ARTÍCULO 2°: Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas MACHADO CATERING de AUDELINA CORONEL (CUIT N° 27-06848489-3) y POLA 1281 S.R.L. (CUIT N° 30-71020645-3), en ambos casos para la totalidad de los renglones, por las razones esgrimidas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°: Adjudícase a la firma SERVICIOS EN GASTRONOMÍA S.R.L. (CUIT N° 30-71086491-4) todos los renglones de la presente contratación, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS NUEVE MIL ($ 409.000.-), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y por ser en forma global económicamente conveniente.

ARTÍCULO 4°: El gasto derivado del cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 5°: Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a emitir y suscribir la Orden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N°

 

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