Resolución Nº 123 /2013

Cierre Audiencia Pública Región Centro, Villa María, Córdoba

 

Dispone la finalización del proceso de la Audiencia Pública Regional en la Región CENTRO, abarcando las Provincias de CÓRDOBA, LA PAMPA, ENTRE RÍOS Y SANTA FE, conforme los Considerandos de la presente Resolución y que las temáticas planteadas en el marco de la Audiencia Pública Regional celebrada serán objeto de análisis y evaluación de esta Defensoría.

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

Buenos Aires, 18 diciembre de 2013

 

VISTO el Expediente Nº 115/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley N° 26.522, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 66 de fecha 05 de agosto de 2013 se convocó a Audiencia Pública Regional para el 30 de agosto del corriente con el objeto de evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en la Región CENTRO, abarcando las Provincias de CÓRDOBA, LA PAMPA, ENTRE RÍOS Y SANTA FE, así como la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en dicha zona y a nivel nacional, como ser la oferta de medios y la posibilidad de acceder a una variedad de propuestas locales y nacionales; las programaciones de la radio y la televisión pública, comercial y sin fines de lucro; el acceso al espectro de todos los sectores contemplados por la Ley; la representación y la presencia de sectores históricamente marginados o estigmatizados y el respeto de sus derechos.

Que mediante la mencionada Resolución se dispuso que la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA E INVESTIGACIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría tendría a su cargo la implementación y organización general de la Audiencia Pública convocada al efecto.

Que la convocatoria aludida fue difundida conforme lo dispuesto en el Artículo 13, 14 y 15 de la Resolución DPSCA N° 66/2013.

Que conforme constancias del Orden del Día obrante a fojas 248/252, en el Registro de Participantes habilitado a los efectos de la participación se inscribieron SESENTA Y TRES (63) participantes.

Que el Acto de Audiencia Pública Regional se desarrolló con normalidad, en el Auditorio “ANTONIO SOBRAL” sito en la calle Bartolomé Mitre 126, de la Ciudad de Villa María, Provincia de CÓRDOBA, previsto como lugar de reunión de la misma, donde los inscriptos realizaron sus exposiciones.

Que todo lo actuado en la Audiencia Pública objeto de la presente quedó registrado en el Acta correspondiente y en las versiones taquigráficas de la misma, conforme fojas 275/277 y 284/376 respectivamente.

Que las exposiciones finales fueron puestas a conocimiento del público a través de la página web del Organismo www.defensadelpublico.gob.ar.

Que la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN elaboró Informe Final de Cierre de la Audiencia Pública Regional (fojas 377/406), el cual se encuentra disponible en la página web de este Organismo.

Que surge del Informe precedentemente mencionado que en la Audiencia Pública se abordaron los siguientes temas: La Defensoría del Público y el proceso de aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual; accesibilidad e inclusión; programaciones, representaciones y discriminación; producciones locales y repetidoras; regularización del espectro; medios públicos; sostenibilidad económica y técnica de emisoras sin fines de lucro, indígenas y de pequeñas empresas; necesidad de formación y capacitación para comunicadores/as y otros sectores relacionados; situación laboral de trabajadores/as de los servicios de comunicación audiovisual y libertad de expresión; grilla; y televisión digital abierta.

Que asimismo, fueron objeto de inicio de las Actuaciones N° 689/2013, 690/2013, 691/2013, 692/2013, 693/2013, 694/2013, 695/2013, 697/2013, 702/2013, 703/2013 y 740/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, las cuales se encuentran en trámite ante la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS de esta Defensoría del Público.

Que asimismo dentro de las acciones que se iniciaron a raíz de los temas planteados, se realizaron –y están en proceso- capacitaciones llevadas a cabo por la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN.

Que las temáticas planteadas, más allá de las actuaciones y acciones iniciadas, continúan siendo estudiadas y analizadas y esta Defensoría definirá los modos y momentos de abordaje de cada una y/o su articulación con líneas de acción ya iniciadas o a emprender por las diversas Direcciones del Organismo.

Que en consecuencia, procede emitir el dictado del acto administrativo pertinente.

Que la Dirección Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Disponer la finalización del proceso de la Audiencia Pública Regional en la Región CENTRO, abarcando las Provincias de CÓRDOBA, LA PAMPA, ENTRE RÍOS Y SANTA FE, conforme los Considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Disponer que las temáticas planteadas en el marco de la Audiencia Pública Regional celebrada serán objeto de análisis y evaluación conforme los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese la presente Resolución a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 4°: Publíquese la presente en la página web de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 5°: Publíquese la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el Boletín Oficial de la PROVINCIA DE CÓRDOBA, de la PROVINCIA DE LA PAMPA, de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS y de la PROVINCIA DE SANTA FE.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.

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