Resolución Nº 1 /2013
Recomendación sobre cobertura de temas de salud y ambiente en medios públicos
En fecha 29 de noviembre de 2012 se recibió la denuncia presentada por la señora Ana Valeria Carranza y el señor Esteban Ramón Coronel, vecinos de la provincia de Jujuy, en la que ponen en conocimiento de esta Defensoría del Público las dificultades que encuentran para dar a conocer información de interés público vinculadas con cuestiones ambientales a través de los servicios de comunicación audiovisual instalados en su comunidad.
Texto Completo
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 09 enero de 2013
VISTO
Que el 15 de noviembre pasado se designó en el Congreso de la Nación Argentina a la Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual. Que el artículo 19 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) establece que la Defensoría del Público tiene como misión y función la de “recibir y canalizar consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión” (art.19, inc. a).
Que en fecha 29 de noviembre de 2012 se recibió la denuncia presentada por la señora Ana Valeria Carranza y el señor Esteban Ramón Coronel, vecinos de la provincia de Jujuy, en la que ponen en conocimiento de esta Defensoría del Público las dificultades que encuentran para dar a conocer información de interés público vinculadas con cuestiones ambientales a través de los servicios de comunicación audiovisual instalados en su comunidad.
Y CONSIDERANDO
Que la denuncia indica que los habitantes de distintas localidades de la provincia de Jujuy se ven afectados por la presencia de transformadores que emanarían PCB y que provocarían desde hace años serios problemas de salud y ambiente. En este sentido la presentación afirma, entre otras cuestiones, que “Diversos reclamos se han ido produciendo a lo largo de los años, pudiendo mencionar a modo de ejemplo los relacionados con el pedido de vecinos del Barrio Islas Malvinas para la relocalización de la estación transformadora ubicada en dicho barrio debido a la cantidad de personas enfermas y muertas, trámite que vienen realizando ante diversos organismos desde hace más de 15 años, la lucha de padres de la Escuela Normal de Libertador General San Martín a causa de un transformador instalado en inmediaciones de la escuela, sospechado seriamente de ser el causante de la contaminación con PCB de la institución en la cual han muerto numerosos niños y otros tantos se encuentran enfermos con leucemia y otras enfermedades terminales, la pretensión de la instalación de una planta transformadora ‘Estación Transformadora del Rebaje Jujuy Centro’ primero en inmediaciones del Cementerio de San Salvador, de la Ciudad capital y su posterior traslado a un predio cedido por el gobierno provincial en el sitio donde la empresa tiene sus oficinas colindante con la Escuela N° 255 ‘Pucarita’, con vecinos y con otras instituciones educativas y sanitarias” .
Esta situación habría dado lugar a presentaciones ante diferentes organismos públicos y ante el Poder Judicial, solicitando pericias para determinar la presencia de esta sustancia altamente contaminante y demostrar la relación causal con enfermedades y muertes producidas en la provincia, problemática cuya existencia se ha podido constatar a través de información pública.
A pesar de su gravedad, los presentantes afirman que en los últimos meses los hechos denunciados han dejado de ser informados por los servicios de comunicación audiovisual instalados en la provincia –a pesar de sus reiteradas peticiones- y solicitan la intervención de esta Defensoría del Público para subsanar tal falencia.
Corresponde analizar si el derecho a difundir información aludido por los presentantes se encuentra comprendido en la LSCA y si en tal sentido atañe tanto a los servicios de propiedad pública como a los privados.
El artículo 2 de la LSCA dispone que los servicios de comunicación audiovisual realizan “una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.”
El mismo artículo dice que “la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes resulta una actividad social de interés público, en la que el Estado debe salvaguardar el derecho a la información, a la participación, preservación y desarrollo del Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión. El objeto primordial de la actividad brindada por los servicios regulados en la presente es la promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación, implicando ello igualdad de oportunidades de todos los habitantes de la Nación para acceder a los beneficios de su prestación. En particular, importa la satisfacción de las necesidades de información y comunicación social de las comunidades en que los medios estén instalados y alcanzan en su área de cobertura o prestación”.
Es claro que el derecho a la información constituye una parte sustancial del mandato que los servicios de comunicación audiovisual están llamados a cumplir en nuestra sociedad democrática. Los servicios de comunicación audiovisual tienen entonces que garantizar las necesidades de información presentes en las comunidades donde están instalados.
El derecho a la información que los servicios de comunicación están llamados a garantizar se encuentra reconocido en la normativa internacional incorporada a nuestra Constitución Nacional.
La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce este derecho en su artículo 19 que dice que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Este derecho se encuentra reconocido también en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección...”. Una redacción similar de este derecho se encuentra en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La Convención sobre los Derechos del Niño también recepta el derecho a la información con similar contenido en su artículo 13.
La interpretación de las normas que receptan el derecho a la libertad de expresión y a la información dan clara cuenta de que ampara tanto a quienes cuentan con los medios como a quienes pretenden hacer escuchar sus ideas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva Nro5/85 remarcó que se “…requiere que los medios de comunicación estén virtualmente abiertos a todos sin discriminación o, más exactamente, que no haya individuos o grupos que a priori estén excluidos del acceso a tales medios, exige igualmente ciertas condiciones respecto de éstos, de manera que, en la práctica, sean verdaderos instrumentos de esa libertad y no vehículos para restringirla. Son los medios de comunicación social los que sirven para materializar el ejercicio de la libertad de expresión, de tal modo que sus condiciones de funcionamiento deben adecuarse a los requerimientos de esa libertad. Para ello es indispensable la pluralidad de medios y la prohibición de todo monopolio respecto de ellos, cualquiera fuera la forma que pretenda adoptar… (Considerando 34)”.
“La posibilidad de expresarse e informar a través de los medios representa un aspecto de la libertad de expresión e información, que se complementa con otro de igual importancia que es el de recibir información o ideas. Siguiendo la Opinión Consultiva recién mencionada, la Corte Interamericana remarca las dimensiones individual y social de este derecho: “En su dimensión individual, la libertad de expresión no se agota en el reconocimiento teórico del derecho a hablar o escribir, sino que comprende además, inseparablemente, el derecho a utilizar cualquier medio apropiado para difundir el pensamiento y hacerlo llegar al mayor número de destinatarios. Cuando la Convención proclama que la libertad de pensamiento y expresión comprende el derecho de difundir informaciones e ideas `por cualquier procedimiento’, está subrayando que la expresión y la difusión del pensamiento y de la información son indivisibles, de modo que una restricción de las posibilidades de divulgación representa directamente, y en la misma medida, un límite al derecho de expresarse libremente (Considerando 31)”.
Por otra parte, “en su dimensión social la libertad de expresión es un medio para el intercambio de ideas e informaciones y para la comunicación masiva entre los seres humanos. Así como comprende el derecho de cada uno a tratar de comunicar a los otros sus propios puntos de vista implica también el derecho de todos a conocer opiniones y noticias. Para el ciudadano común tiene tanta importancia el conocimiento de la opinión ajena o de la información de que disponen otros como el derecho a difundir la propia (Considerando 32)”.
La obligación de los servicios de comunicación de garantizar el derecho a la información se conjuga con la importancia que la legislación internacional y nacional le dan a la información relacionada con temas ambientales y de salud. En tal sentido la Constitución Nacional en su artículo 41 establece que las autoridades proveerán al derecho a la información y educación ambientales. La Ley General de Ambiente establece como uno de los objetivos de la política ambiental organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población. Complementariamente, bajo el título información ambiental, esta norma indica que las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, deberán proporcionar información que esté relacionada con la calidad ambiental y referida a las actividades que desarrollan, y que todo habitante podrá obtener de las autoridades la información ambiental que administren y que no se encuentre contemplada legalmente como reservada (ley 25.675 artículo 2 inc. i) y artículo 18).
El derecho a la información está reconocido también en otras normas relacionadas con la salud y el ambiente. Así por ejemplo, la ley 25.670 de Presupuestos para Gestión y Eliminación de PCBS obliga a los propietarios de aparatos que contengan PCB y a la autoridad de aplicación a brindar información pública respecto del uso y gestión de esta sustancia y sobre los riesgos que puede sufrir la población. A la autoridad de aplicación le ordena además “Informar a los vecinos residentes en la zona afectada o en riesgo, mediante procedimientos que aseguren fehaciente y masivamente la difusión, los resultados de los informes ambientales y de los estudios epidemiológicos, como así también las medidas aplicadas y a aplicar (artículo 11 inc. f)”.
Si bien se advierte que las normas recién mencionadas están dirigidas a la provisión de información por parte de las autoridades del Estado o empresas cuya actuación pueda poner en riesgo el ambiente, es claro que uno de los objetivos que subyace al reconocimiento del derecho a la información en esta materia es el de permitir a la comunidad un conocimiento acabado de los riesgos ambientales a los que está expuesta para así poder adoptar las medidas de cuidado que considere necesarias así como para habilitarle una participación en los espacios de control y toma de decisiones.
Es en este aspecto que los servicios de comunicación audiovisual cumplen un papel fundamental que ha sido reconocido por la ley 26.522. Como mencionamos anteriormente deben satisfacer “las necesidades de información y comunicación social de las comunidades en que los medios estén instalados y alcanzan en su área de cobertura o prestación” (artículo 2, párr.. 3 in fine. Énfasis agregado).
Por otra parte, es necesario mencionar que hay tres objetivos específicos que la LSCA establece para los servicios de comunicación audiovisual y que se conjugan con el de garantizar las necesidades de información de la comunidad en al cual están insertos y que amparan el derecho de los denunciantes.
En primer término la ley establece como uno de los objetivos “La promoción y garantía del libre ejercicio del derecho de toda persona a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura, en el marco del respeto al Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Constitución Nacional” (inc. a) del artículo 3).
También establece entre los objetivos la difusión de las garantías y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional, entre los que podemos mencionar el derecho a la información y educación ambientales -ya comentado- previsto en el artículo 41 de la Constitución Nacional (inc. c) del artículo 3).
Por último, en el inciso g) se menciona “El ejercicio del derecho de los habitantes al acceso a la información pública”.
Estos objetivos plantean un cambio fundamental en el modo en que se comprende la actividad que realizan los servicios de comunicación audiovisual, que no puede basarse puramente en una lógica empresarial sino que debe cubrir las necesidades de las sociedades en las cuales se asientan.
En el caso de los servicios de comunicación públicos –los que integran Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado- también la ley establece como objetivos “Promover y desarrollar el respeto por los derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional y en las Declaraciones y Convenciones incorporadas a la misma” y “Garantizar el derecho a la información de todos los habitantes de la Nación Argentina” (incisos a y c del artículo 121). Entre las obligaciones tendientes a cumplir esos objetivos se encuentran las de “Considerar permanentemente el rol social del medio de comunicación como fundamento de su creación y existencia” y “Asegurar la información y la comunicación con una adecuada cobertura de los temas de interés nacional, regional e internacional” (artículo 122 incisos 3 y 4).
De lo hasta aquí expuesto resulta claro que la difusión de temas de interés público como los que motivan a los denunciantes se encuentra contemplada por la LSCA.
Con el objetivo de dar una rápida repuesta al reclamo, el 10 de diciembre de 2012 esta Defensora se dirigió formalmente a las autoridades de LRA22 Radio Nacional de Jujuy solicitándole información sobre la cobertura del problema que afecta a los vecinos denunciantes. El 11 del mismo mes se recibió la respuesta de parte del Director de la emisora, Luis Paternó, quien informó que el tema había sido tratado en Radio Nacional de Jujuy, tanto en el informativo como en la programación hacia algunos meses. Se acordó sobre la gravedad del problema y la necesidad de un tratamiento que permita dar cuenta de su evolución. En conversaciones telefónicas se convino una nueva cobertura del asunto para lo cual la Defensoría realizó gestiones tendientes a contactar a los vecinos y los responsables de la Radio. Se adjuntan como anexo de la presente el libro de entrevistas de Radio Nacional de Jujuy y la transcripción de la entrevista que tuvo lugar el día 21 de diciembre de 2012 en el programa radial El Show de la Mañana conducido ese día por Daniel Reynoso.
Del mismo modo, la Defensora se comunicó con las autoridades de Radio Nacional de Buenos Aires para que consideraran tratar el problema en sus emisiones en la Ciudad de Buenos Aires, de modo de que la información trascendiera las fronteras de la provincia. La entrevista se realizó el 24 de diciembre de 2012 en el programa Mañana es Hoy, conducido esa jornada por Marcos Cittadini (se adjunta como anexo de la presente la transcripción de la entrevista).
Ambas gestiones fueron puestas en conocimiento de los denunciantes, a quienes se informó que sin perjuicio de esa intervención tendiente a lograr la visibilidad inmediata del problema, la Defensoría del Público continuaría bregando por la profundización del derecho a la comunicación.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
- Recomendar a los servicios de comunicación audiovisual públicos que continúen brindando espacio para el tratamiento de temas que afectan a la salud y el ambiente de los habitantes de la Provincia, en cumplimiento de los objetivos que les asigna la ley 26.522.
- Convocar a los servicios de comunicación audiovisual públicos a la firma de un compromiso de profundización del derecho de acceso a la información y cumplimiento de los objetivos de la LSCA en la materia. Dicho acuerdo se realizaría en la sede del AFSCA en la Provincia de Jujuy.
- Poner en conocimiento de los titulares de servicios de comunicación audiovisual de carácter privados la presente recomendación y solicitar que consideren, si no lo han hecho, la dedicación de espacio para el tratamiento de temas que afectan a la salud y el ambiente de los habitantes de la Provincia, en cumplimiento de los objetivos que les asigna la ley 26.522.
- Invitar a los titulares de servicios de comunicación audiovisual de carácter privados a suscribir el acuerdo mencionado en el punto 2 de la presente Resolución.
- Poner a disposición de los Servicios de Comunicación Audiovisual públicos y privados una capacitación en materia de derecho de acceso a la información sobre temas de salud y ambiente.
- Poner la presente resolución en conocimiento de los denunciantes, de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y de las autoridades de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado.
- Regístrese, comuníquese.
ANEXO
Desgrabación de las entrevistas realizadas a Ana Valeria Carranza y a Ofelia Wierna.
Desgrabación entrevista Ana Valeria Carranza
Programa “Mañana es hoy”- Radio Nacional AM 870
Lunes 24-12-2012
Marcos Cittadini: Bien, 18:52 decíamos y vamos a hacer una entrevista que es importante, hay que prestarle mucha atención, porque se da en algunos lugares gente que está luchando para la salud de todos los demás. Es el caso de algunos ciudadanos de la provincia de Jujuy, de varias localidades de la provincia de Jujuy, de San Salvador de Jujuy en particular pero también esto que vamos a contar se ha dado en otros lugares. Están luchando contra la contaminación, o la presunta contaminación, están denunciando que hay contaminación por parte de la Empresa Jujeña de Energía. Esto a partir de contaminación por algunos transformadores que se han instalado en algunos lugares, a veces cerca de colegios por ejemplo y que, ellos dicen, han afectado a niños, la verdad que hay que prestarle mucha atención. Fue una denuncia que se hizo, la primera denuncia que se hizo en la Defensoría del Público del AFSCA, porque además ellos no tenían repercusión acerca de esto que estaban haciendo. Necesitaban que esto fuera difundido y no lo tenían. Por eso hicieron esta primera presentación, esta primera denuncia en la Defensoría del Público del AFSCA. O sea que esto es importante en varios aspectos, porque también está inaugurando un sistema que tal vez empezamos a conocer más y mejor en poco tiempo, pero que es fundamental.
Horacio Marmurek: Y abre la puerta a que la Defensoría del Público no sólo es alrededor de los contenidos de lo que sucede en los medios sino de cosas que a veces hacen los medios que no tienen, que no hay otra forma de saberlos que es la contaminación no visual, sino real.
M.C: Exactamente. Estamos en línea con Ana Carranza, quien presentó esta primera denuncia en la Defensoría del Público del AFSCA, está allí en San Salvador de Jujuy. Ana, cómo le va, Marcos Cittadini y Horacio Marmurek la saludan.
Ana Valeria Carranza: Hola, buenas tarde, qué tal.
M.C: Cómo le va. Cuéntenos lo más brevemente posible porque es larga la historia y hay muchas cosas para contar, pero lo más brevemente posible qué es lo que están ustedes denunciando en este momento.
A.V.C: Nosotros concretamente el tema del barrio FALTA, que es uno de los barrios de San Salvador de Jujuy, comenzó con el problema de una instalación transformadora de media energía en pleno centro de San Salvador de Jujuy. Es un barrio, si alguien lo conoce al lado del cementerio, es un barrio antiguo, el primer barrio de la ciudad. La planta trasformadora se estaba instalando en un predio de la empresa EJESA o sea que la Provincia le había cedido el predio a EJESA, al lado del jardín de infantes "Pucarita", donde van numerosos niños de escasos recursos, incluso tienen almuerzo también o desayuno. Al frente de la facultad de Ciencias Agrarias que es donde yo trabajo, en el patio de los vecinos, al fondo, a cinco metros de la casa de los vecinos iba a estar la estación transformadora. Y lo más grave de todo, no sé si lo más grave, todo es grave pero sin aviso a nadie no había cartel de obra, los vecinos nos enteramos porque escuchamos los ruidos de la obra. Incluso yo ingenuamente pensaba que estaban construyendo algún edificio y después nos enteramos que no.
M.C: ¿No hubo una audiencia pública? ¿No hubo ni siquiera una carta de información a los vecinos?
A.V.C: No, no, nada. Ni consulta ni estudios de impacto de ambiental. Se debería hacer esa consulta a la población que circula ahí y no se hizo. Incluso es grave porque a cincuenta metros de ahí está el Ministerio de Bienestar Social de la provincia,, un centro de salud importante donde concurren niños y adultos. Nosotros ya sabíamos hace un par de años que intentaban poner esta estación transformadora a unos 200 metros DE DONDE LA QUIEREN PONER AHORA en un playón del río al lado de cementerio donde hay numerosos vecinos también que lucharon y lucharon y al final por medidas cautelares lo pasaron aquí. Eso es un poco como nosotros entramos en el tema pero hay constantemente problemas más graves. Este año Jujuy es noticia por todas estas cosas tristes y no por las cosas tan lindas que tenemos. El barrio Malvinas es un barrio que tiene hace veinte años una estación de alta tensión que este año todos habrán escuchado que hubo ahí un intento de repotenciación y de tendido de cables, en la misma forma que hicieron todas estas cosas también sin hablar ni avisar ni ninguna audiencia ni nada. Ellos tienen mucha gente enferma y hace muchos años que vienen reclamando por esa estación, por la cuestión de la contaminación electromagnética y por el problema que en Jujuy hay muchas tormentas eléctricas y caen todos los rayos, es un problema gravísimo.
M.C: Ana, quería preguntarle, se han registrado en esas localidades enfermedades que son inusuales o con mayor frecuencia de lo normal. Esto también ustedes lo están alertando, verdad?
A.V.C: Claro, claro. En Malvinas en todas las casas prácticamente tienen enfermos ya sea de cáncer, de distintos tipos de cáncer, enfermedades, muchas gente si puede se va de ahí se traslada a otro barrio, lo que pasa es que es un sector humilde también. El caso testigo lo tenemos nosotros de las enfermedades que están generadas ahí. Gente de El Carmen también están reclamando, llama la atención que cerca de estos transformadores, ellos no tienen una estación transformadora pero tienen transformadores de media tensión, y concentran casos de enfermedades, sobretodo casos de cáncer.
M.C: Ana, yo leía la denuncia que ustedes están formulando y en las facturas se dice que están libres de contaminación por PCV hace seis años. Y esto ustedes están denunciando que no es así, que ven goteos.
A.V.C: Exactamente. en teoría ellos no sé, habrán hecho todo el plan de saneamiento, ellos dicen que pero los vecinos de Malvinas nos decían este mismo año que goteaba el líquido refrigerante que tiene PCV y después de una semana que estaba el trasformador goteando iba gente de EJESA obviamente todos protegidos con vestimenta especial y los vecinos decían "mientras tanto nosotros acá, expuestos". La verdad que yo dudo, no tengo las pruebas para decir que no es cierto, pero sí el año pasado hubo problemas en la escuela que finalmente se trasladó. Hubo problemas graves. Si ustedes acceden a algunos diarios hubo problemas desde 2010 y 2011 hubo reclamos por este tema.
M.C: Ana, le pido lo siguiente, porque yo quiero hacerle un par de preguntas más todavía pero tenemos las noticias de la Radio Pública aquí encima. Si usted me puede esperar dos minutitos continuamos conversando, ¿puede ser?
A.V.C: No hay, problema muchas gracias.
M.C: Estamos hablando con Ana Carranza, que está realizando esta denuncia que ustedes están escuchando. Pero también le quiero preguntar por esto, porque fue la primera denuncia de la Defensoría del Público de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que se ha realizado y me parece que esto también es importante. Nos vamos a las noticias.
MC: Muy bien, estábamos conversando con Ana Carranza, que es quien presentó la primera denuncia en la Defensoría del Público de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y es importante esto también. Hemos escuchado a Ana, es una denuncia por contaminación por PCV en la provincia de Jujuy. Pero lo que sucede muchas veces también es que no se generan los canales para que esta denuncia sea difundida, y ustedes saben la importancia que tiene la difusión. Ana, está por ahí todavía, gracias por esperarnos.
A.V.C: Disculpame, te hago una corrección. Está el problema del PCV y de la contaminación que nosotros estamos trabajando con todos los vecinos para defendernos de este tema, es la contaminación de la radiación magnética que producen estas estaciones. No sólo estas estaciones, sino los cables también. Esta por un lado el PCV que sigue en voga, todavía no se ha terminado quizás de solucionar, pero sí ya hay una ley que protege eso. Te quería hacer una corrección por ese tema.
M.C: Me parece muy bien. Es muy importante por tal vez para quienes no tenemos que enfrentar este problema, como es su caso, no estamos tan informados acerca de cuáles son los peligros estos o los sufrimientos que generan para los vecino. Que por qué se presentaron ante la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual para hacer la denuncia.
A.V.C: Porque nosotros concretamente en el barrio Los Naranjos empezamos, en marzo o por ahí que empezó el tema en el barrio nuestro, los vecinos de otros lugares hay estado luchando, en Malvinas desde hace quince o veinte años que están luchando con el tema este y el problema es que no trasciende hay a veces un conflicto grave como fue la represión en Malvinas no hay disponibilidad de medios. Acá en Jujuy eran contados las radios, muchas veces las radios FM que son más independientes digamos, no sé cómo decirlo. los medios grandes no nos recibían no nos cubrían, al contrario, muchas veces decían cosas que nosotros no decíamos para nada. Tuvimos la oportunidad de saber que venía Cynthia Ottaviano vendría acá a Jujuy se hicieron gestiones antes Diputados, ante el Concejo, en todos lados es una cosa importante porque muchas veces uno va hablando y la población entiende los planteos y está de acuerdo con los planteos que hacemos sobretodo acá hay dos medios grandes que nos pasan por encima. No nos dan espacio para contar nuestra experiencia, lo que nosotros estamos averiguando y conociendo y el accionar de cómo está actuando esta empresa de forma tan impune.
M.C: Ana, nos parecía interesante que esto se difunda y obviamente vamos a seguir con este tema y me parece que esto es lo importante. una problemática social concreta que además encuentra una canalización nueva, flamante porque la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual está vigente desde hace un tiempo por un lado están las denuncias por el hecho real, por el hecho concreto.
A.V.C: Les agradecemos enormemente este espacio que nos prestan y que se sepa a nivel nacional que nosotros estamos en manos de una empresa privada que fue privatizada en los noventa y no logramos que esta empresa tome responsabilidad. Lo único que parece que les interesa es la parte del dinero y la salud y el bienestar no. los medios de control son suficientemente fuertes es una empresa privada con capitales chilenos en ese sentido les agradecemos este espacio para difundir y que nos fortalezcamos como ciudadanía, como país, para que nuestra patria tenga un destino mejor.
M.C: un abrazo grande. Ana Carranza presentó la primera denuncia en la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Desgrabación entrevista a Ofelia Wierna
Radio Nacional 21/12/12
Daniel Reynoso: De esta manera introducirnos en una temática que también ha sido central y ha sido importante para los jujeños en este año 2012 y ha sido por allí la lucha de algunos sectores sociales de nuestra comunidad jujeña que en este caso estuvieron relacionados a las políticas energéticas, a los servicios energéticos que se están brindando en nuestra provincia de Jujuy. Está en línea telefónica la señora Ofelia Wierna quien es vecina del barrio Malvinas Argentinas y es integrante autoconvocados en contra de la contaminación electromagnética. Ofelia, ¿cómo le va?, Daniel Reynoso la saluda, buen día.
Ofelia Wierna: Hola, buen día Daniel, un gusto saludarlo y entregarle el saludo también a toda la audiencia de Radio Nacional. Buenos días, un gusto escucharlo.
D.R: El gusto es nuestro también poder brindar y escuchar las voces, en este caso de los vecinos del barrio Malvinas que estuvieron, también, y están hoy por hoy, en un proceso en el cual me parece forma parte de una construcción colectiva para lo que es la prestación de servicios y también en este caso en lucha con lo que está relacionado a los efectos que pueden o no provocar, en este caso, los servicios energéticos. Me gustaría preguntarle, Ofelia, ¿cómo está la situación, en este caso, de los planteos que han realizado desde el centro vecinal con respecto a los servicios que brinda la empresa prestataria de energía?
O.W: Claro, en primer lugar hacer una aclaración porque nuestro centro vecinal lamentablemente no ha tenido una participación activa en este sentido porque a veces los centros vecinales caen en una dependencia política que lo inhibe de actuar. En este caso, nosotros, ante la presunción de contaminación, los vecinos y sobre todos los que estamos más próximos a la planta transformadora hemos decido auto convocados. Esto comenzó más o menos en el año 2009 y cobró mayor relevancia cuando se produjo la represión del día 17 de octubre. A partir de ahí nosotros hemos decido iniciar el camino legal. Hemos presentado un recurso de amparo colectivo y hemos pedido una medida cautelar porque sabíamos de la duplicación de la capacidad de la planta. Y hoy, estamos continuando la lucha y lo estamos haciendo a nivel provincial. Y hoy estamos continuando la lucha pero lo estamos ya haciendo en el plano judicial. Actuamos a nivel provincial y actuamos también a nivel nacional. Nos ha llamado el Defensor del Pueblo de la Nación. En este sentido quiero decirles que del Defensor del Pueblo de la Nación todavía estamos esperando respuesta, de los organismos provinciales, de las secretarias de derechos humanos que pertenecen a la gobernación, al Defensor del Pueblo el doctor Galarza no ha habido ninguna manifestación en este sentido. Para nosotros son organismos fundamentales en cuanto a la defensa de los derechos humanos, de los derechos de los vecinos y todavía no ha habido respuesta de parte de ellos. Aprovecho la oportunidad para llamarlos a la reflexión, a la participación, porque si no se desvirtúa la razón, el objeto para el cual existen estos organismos y que son sostenidos con todo el apoyo y mantenidos, también, con el aporte de sociedad. Y desde el punto de vista legal, estamos ahora tratando el tema de la competencia porque el expediente está en la fiscalía del doctor Villafañez y esta ha planteado la incompetencia porque considera que debe ser sustanciado a nivel federal. Este problema debe resolverse y nosotros justamente ahora tenemos una reunión porque si no se resuelve está demorando la tramitación. Y toda demora, para nosotros, es fatal.
D. R: Bien, bien. Digamos, en este sentido y en lo que es este proceso ustedes siguen respetando también las diferentes las instancias en cuanto a la decisión de llevar a la justicia lo que es este planteo.
O.W: Si. Nosotros siempre hemos pensamos que este es el camino. Yo le digo, hemos empezado a actuar desde el año 2009 y siempre lo hemos hecho por la vía institucional. El problema que la represión vino cuando, a pesar de nuestros reclamos, y de nuestros sistemas democráticos, la empresa decidió duplicar su capacidad. Cuando nosotros vemos que las instancias institucionales no responden, y además de ello sufrimos una violenta represión. Y bueno, confiamos y sabemos que tenemos el derecho a resistir y la comunidad ha resistido, por eso hemos tenido nosotros esos acontecimientos del 17 de octubre. A partir de ahí dejó de ser para nosotros el día de la lealtad y pasó a ser el día de la dignidad porque hemos defendido la vida, de nuestros hijos y nuestros nietos. Porque sabemos que ese es nuestro deber y debería ser entendido también como el deber del Estado.
D.R: Esta bien. Creo que lo del 17 de octubre ha quedado también como aprendizaje para todos. Digo, a nadie nos sirve ese enfrentamiento que se suscitó en el barrio Malvinas por un hecho que me parece, debería llevar tramitación por otras instancias y en otros organismos como vos lo manifestabas. Me da la sensación que ahora si se ha comprendido cómo debe hacerse todo esto.
O.W: Espero que si. Por supuesto que de ese acontecimiento los más golpeados hemos sido nosotros, porque el hilo siempre se corta por lo más débil. Ha servido para que nosotros tomemos conciencia también de la necesidad de unirnos y fortalecernos en la lucha. Ha sido lamentable porque las instituciones a partir de ese momento empiezan a ser miradas por nosotros de otra manera. Por ejemplo, a veces, nos juntamos a reflexionar y nuestra relación con la policía quedó forzada. Lo que nosotros hemos aprendido de niños como el servidor público está hoy siendo cuestionado. Ya sé que la policía, la gente que fue ahí lo hizo por obediencia, por razones de obediencia. Nosotros los adultos que hemos vivido en la época de la dictadura lo sabemos. Pero yo creo que la dirigencia, la cúpula policial, las autoridades que la llevan adelante, el gobierno de la provincia debiera reflexionar. De todos modos, va a ser algo que Malvinas no va a olvidar.
D.R: Claro, si. Yo creo que en definitiva el hecho de que todo esto esté en la justicia y que ellos puedan analizar las situaciones. Digo, porque de nada sirve ahora las explicaciones técnicas porque sabemos que la empresa prestataria tiene profesionales que se han formado en universidades. Que el fundamento que ellos tienen también se ha llevado por ejemplo a esta instancia judicial en definitiva lo que se espera es la celeridad en el tratamiento de la causa en sí.
O.W: Ocurre que vamos por dos sendas diferentes porque la empresa con ese grupo de profesionales que usted dice, ingenieros formados en universidades públicas, gratuitas, sostenidas por la sociedad, sostenidas por el trabajo de muchos obreros. Hoy vemos que esos profesionales responden a esos intereses porque bueno, trabajan para ellos, viven para ellos, sostienen a sus familias con el sueldo que cobran de ahí. Por ese lado nosotros los entendemos. Pero ellos van por el lado de lo que disponen, las leyes ambientales. Y nosotros vamos por el otro camino, por lo que deben disponer las leyes sanitarias. Mas allá que ellos digan que están amparados por toda la legislación que técnicamente los habilita, nosotros sabemos por las últimas investigaciones, por los avances que la ciencia está llevando a cabo, por el proyecto que presentó la diputada Donda el 6 de diciembre, sabemos que es necesaria la sanción de una ley sanitaria que respete el 0,3 microcelda porque sabemos que a partir de ahí es dañino, que afecta a las comunidades que circundan estas plantas transformadoras. En una oportunidad, la misma jefa ha llevado a cabo mediciones, adjuntadas al expediente, con mediciones que llegan al 0,9, a 1, a 0,23 en algunos lugares. Mire usted como superan el 0,3 microcelda. De ahí está la explicación de por qué hay tantos vecinos enfermos próximos a la planta. Yo podría enumerarle una gran cantidad de personas, de historias familiares pero no quiero hacerlo porque creo que ya no es necesario. Creo que toda la comunidad ha tomado conciencia y sabe cuál es el motivo de nuestra lucha. Yo quiero aprovechar esta instancia también para saludar, agradecer a todas las organizaciones sociales que se han solidarizado con nosotros, que nos han apoyado, que nos han dado una mano porque nos hacía falta. A ellos nuestro sincero agradecimiento y el deseo de que el año próximo nos encuentren también unidos continuado esta lucha pero frente a un cambio de actitud por parte de los que deben administrar el Estado y por parte de aquellas empresas que buscan enriquecerse. Pero por favor, que no sea a costa de la salud de la gente, sobretodo de la gente más pobre.
D.R: Muy bien, creo que el mensaje ha sido enviado. Creo que ha quedado más que clara la postura no solo de Ofelia sino de los vecinos del barrio Malvinas que lamentablemente nos tuvimos que remontar a aquel 17 de octubre, en la lucha y el pedido de clarificación de esta temática que viene ya desde hace muchos años atrás. Pero que bueno, ahora ha tomado el curso que corresponde. Ahora está en la justicia y en definitiva allí será donde se definirá esta situación sobre las posturas que se presentan desde ambos lados. Así que Ofelia para nosotros ha sido muy enriquecedor poder tenerla, escucharla, conocer un poco más, le diría analítico en cuanto a posicionamientos que tienen los vecinos del barrio Malvinas y bueno esperar en este sentido a que todo pueda llegar a buen puerto. Así que, muchísimas gracias.
O.W: Gracias a ustedes por permitirnos llegar a su audiencia que es muy importante. Me parece que es una actitud destacable porque a veces se llega a la audiencia con un solo discurso y puede que en la comunidad se forme una opinión equivocada. Es importante que escuchen todas las voces. El derecho a la libertad de opinión no tiene que ser cercenado. Así que les agradezco muchísimo que nos hallan llamado y nuevamente un gusto y un saludo para todos y para ustedes en particular. Hasta la próxima.
D.R: Hasta la próxima Ofelia y felices fiestas.
O.W: Gracias, igualmente.
D.R: Adiós.