Resolución N° 63 /2014

Licitación Pública Nacional- servicio stand Tecnópolis- sin efecto

 

Se deja sin efecto la Licitación Pública Nº 1/14 para la adquisición de UN (1) stand a medida con los servicios de construcción, armado, acondicionamiento, desarmado, rearmado, mantenimiento y guardado del stand de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, para TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, y posteriores muestras dentro del país, por los motivos indicados en los Considerandos de la presente Resolución. 

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

Buenos Aires,  04 julio de 2014

 

VISTO el Expediente Nº 106/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, y,

CONSIDERANDO

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Pública Nº 1 tendiente a la adquisición de UN (1) stand a medida con los servicios de construcción, armado, acondicionamiento, desarmado, rearmado, mantenimiento y guardado del stand de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, para TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, y posteriores muestras dentro del país, bajo la modalidad llave en mano por un plazo de DOCE (12) meses según especificaciones técnicas.

Que la aludida contratación fue autorizada por Resolución Nº 36 de fecha 30 de abril de 2014 de la Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, cuya copia autenticada corre a fojas 103/157 inclusive, en virtud del requerimiento efectuado por el Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional dependiente de la SECRETARÍA GENERAL.

Que se efectuaron las invitaciones y publicaciones dispuesta en el Artículo 67 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios.

Que con fecha 6 de junio de 2014, se llevó a cabo el acto de apertura de las propuestas, presentándose dos (2) ofertas.

Que conforme surge de las constancias obrantes en el expediente, tomaron la intervención de su competencia la Comisión de Preadjudicación conformada mediante la Resolución Nº 51 de fecha 27 de junio de 2013, y el Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que luego de las intervenciones mencionadas el Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional dependiente de la SECRETARÍA GENERAL presenta nota comunicando a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, que la Unidad Ejecutora del Bicentenario, responsable del Parque Tecnópolis del Bicentenario, Ciencia, Tecnología y Arte, ha solicitado la modificación de importantes aspectos técnicos al stand cuya contratación tramita por la Licitación Pública Nº 1/2014, repercutiendo los mismos de modo determinante en la concepción original del proyecto, que implicaría una modificación del Pliego de Especificaciones Técnicas.

Que asimismo, el citado Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional, agrega que las modificaciones solicitadas no resultan posibles dada la proximidad de la inauguración del Parque y los plazos de rediseño, tramitación y ejecución necesarios, por lo que considera que no resulta conveniente continuar con el procedimiento de selección.

Que tomado conocimiento de ello, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN solicita se proceda conforme lo prescripto en el Artículo 20 del anexo al Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, aprobado por la Resolución Nº 32/13.

Que en ese orden, el Artículo 20 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, establece que  las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.

Que similares previsiones contiene el Artículo 20 in fine del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes  y Servicios, aprobado por la Resolución Nº 32 de fecha 24 de mayo de 2013, al establecer que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de interesados u oferentes.

Que en las presentes actuaciones la Comisión de Preadjudicaciones no ha emitido aún dictamen definitivo, ni por tanto se ha efectuado su adjudicación, y menos aún emitido Orden de Compra por lo que el contrato no se encuentra perfeccionado.

Que en razón de ello, corresponde proceder en consecuencia y dejar sin efecto el llamado a Licitación Pública Nº 1/2014 para la adquisición de UN (1) stand a medida con los servicios de construcción, armado, acondicionamiento, desarmado, rearmado, mantenimiento y guardado del stand de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, para TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, y posteriores muestras dentro del país, por las razones indicadas por el Departamento de Relaciones Institucionales y Cooperación Internacional.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2°, Artículo 25° del Anexo I, y Anexo II de la Resolución DPSCA N° 32/2013.

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

            RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Déjese sin efecto la Licitación Pública Nº 1/14 para la adquisición de UN (1) stand a medida con los servicios de construcción, armado, acondicionamiento, desarmado, rearmado, mantenimiento y guardado del stand de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, para TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE, y posteriores muestras dentro del país, por los motivos indicados en los Considerandos de la presente Resolución, en virtud de las disposiciones del Artículo 20 del Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y Artículo 20 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado mediante Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013.

ARTÍCULO 2°: Desaféctese en consecuencia la reserva preventiva del gasto efectuada por medio de la Solicitud de Gastos Nº 13/2014.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese, pase al Departamento de Compras y Contrataciones de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a sus efectos, y oportunamente archívese.

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