Resolución N° 40 /2014
Modificación presupuestaria Fondos Rotatorios de la Defensoría
Se autoriza la modifcación de la Resolución N° 4 /2014 referida a la adecuación de fondos rotatorios de esta Defensoría.
Texto Completo
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 12 mayo de 2014
VISTO el Expediente Nº 2/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, las Leyes N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, la Decisión Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, las Resoluciones de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 31 de fecha 24 de mayo de 2013, y N° 4 de fecha 20 de enero de 2014, y,
CONSIDERANDO
Que por el Expediente citado en el VISTO tramitó una adecuación del Fondo Rotatorio de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, para el Servicio Administrativo Financiero TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346), Organismo ubicado dentro de la órbita de la Jurisdicción 01 – PODER LEGISLATIVO NACIONAL.
Que mediante Resolución de esta Defensoría del Público N° 4 de fecha 20 de enero de 2014 se adecuó el Fondo Rotatorio para el Ejercicio 2014 correspondiente a esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de acuerdo con la distribución de gastos y recursos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2014 aprobada por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, en la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($ 540.000).
Que en virtud del incremento del Fondo Rotatorio resulta conveniente mantener una cierta proporción entre el monto de gasto individual y el importe constitutivo del Fondo.
Que dispone el Artículo 81 de la Ley N° 24.156 que "Los órganos de los tres Poderes del Estado y la autoridad superior de cada una de las entidades descentralizadas que conforman la administración nacional, podrán autorizar el funcionamiento de fondos permanentes y/o cajas chicas, con el régimen y los límites que establezcan en sus respectivas reglamentaciones..."
Que la Dirección Legal y Técnica de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 81 de la Ley N° 14.156, Artículo 20 de la Ley Nº 26.522 y Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, Expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
Artículo 1°: Modifícase el Artículo 4° de la Resolución N° 4 de fecha 20 de enero de 2014, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 4°: Autorizase la cantidad máxima para gasto individual con cargo al Fondo Rotatorio que se detalla en el Artículo 1°, de hasta PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($54.000), con excepción de los pagos de servicios básicos que deban realizarse, para los que no se observará límite de monto alguno."
Artículo 2: regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese.