Resolución N° 16/2017

Establece valor hora/semanal/mensual RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE SERVICIOS TÉCNICOS PROFESIONALES

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente N° 75/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 se aprobó el RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE SERVICIOS TÉCNICOS PROFESIONALES de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Que en el ANEXO II de la precitada Resolución se identifican, describen y establecen requisitos específicos para las diferentes funciones que contempla dicho régimen, en tanto que por el ANEXO III se establecen los honorarios correspondientes a cada una de esas funciones. Que en esta instancia, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN propone incrementar en un DIEZ POR CIENTO (10%) el valor hora/semanal/mensual, para cada función a partir del 1º de mayo de 2017 con motivo del incremento del costo de vida, de acuerdo al informe elaborado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS (INDEC) relativo a los Índices de Precios al Consumidor, los que superan el TREINTA POR CIENTO (30%) con respecto a los últimos DOCE (12) meses. Que en atención a ello, la referida Dirección sugiere actualizar dichos valores en la misma proporción en que se ha incrementado el valor del módulo para el personal comprendido en el Estatuto de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, conforme lo establecido por la Resolución DPSCA Nº 10 de fecha 23 de marzo de 2017 y tal como se ha realizado anualmente mediante las Resoluciones DPSCA Nº 62/2014, Nº 73/2015, Nº 73/2016 y Nº 121/2016. Que la mejora salarial implementada mediante la primera de las Resoluciones citadas, se ha llevado a cabo tomando idéntico criterio al acordado por la Comisión Paritaria del Poder Legislativo, motivo por el cual y por razones de equidad, se torna necesario actualizar los honorarios establecidos en el Régimen de Contrataciones de Servicios Técnicos Profesionales de esta Defensoría, manteniendo el sistema de base igualitaria en la asignación de los honorarios según cada nivel, permitiendo a este organismo mantener vigente el vínculo contractual con las personas que prestan servicios de asistencia técnica, administrativa y/o profesional, de acuerdo a la realidad de cada sector en el mercado profesional y continuar los objetivos y resultados comprometidos en los contratos celebrados al amparo de dicho régimen. Que por otro lado, a través del Acta Nº 15 de fecha 29 de noviembre de 2016 de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN se autorizó a la Dra. María José Guembe, DNI Nº 21.797.909, a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de los recursos. Que, de acuerdo con lo que surge de la versión taquigráfica, tal autorización fue concedida a los fines de que “(…) el organismo no quede sin la firma necesaria para su adecuado funcionamiento (…)” (conf. exposición Diputado Bazze, Presidente); en el entendimiento de “(…) la paralización (que) podría significar para la Defensoría del Público la posibilidad de que quedara acéfala (…) salvaguardar las fuentes de trabajo y todo lo que tiene que ver con el andamiaje de dicho organismo (…)” (conf. exposición Senador Naidenoff); y con el objeto de “(…) evitar cualquier tipo de perjuicio para el organismo, para el rol que cumple y particularmente en relación con la situación de sus trabajadores (…) dando certeza de que la Defensoría seguirá funcionando con normalidad (…)” (conf. exposición Diputado Grandinetti). Que en otro orden, el DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, ha informado acerca de la existencia de crédito presupuestario disponible para implementar la medida que se propicia. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención que le compete. Que en razón de lo expuesto, corresponde emitir el presente acto administrativo conforme las facultades conferidas por el Acta Nº 15 de fecha 29 de noviembre de 2016, de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN. Por ello, LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Establécese el valor hora/semanal/mensual de cada función, dispuesto en el Anexo III de la Resolución DPSCA N° 35 de fecha 28 de mayo de 2013 y sus modificatorias, a partir del 1º de mayo de 2017, conforme el detalle obrante en el Anexo I que integra la presente. ARTÍCULO 2°: Establécese que el valor señalado en el artículo anterior será aplicado a los contratos de servicios técnicos/profesionales en curso de ejecución. ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del programa 36 del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. ARTÍCULO 4°: Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N° ANEXO I HONORARIOS (en pesos) FUNCIÓN VALOR HORA* I Responsable de Proyecto $ 1.517,07 II Consultor experto $ 1.152,98 III Asesor $ 728,21 IV Asistente técnico $ 485,47 *Hora semanal-mensual
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