Resolución N° 116/2014

Convocatoria Audiencia Pública-Región Patagonia-delegación presidencia

 

Se autoriza la delegación a la Dra. María CAPURRO ROBLES, Subdirectora de Protección de Derechos dependiente de la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS, el ejercicio de la presidencia de la Audiencia Pública Región Patagonia que fuera convocada mediante Resolución Nº 108/2014 de esta Defensoría, a desarrollarse el día 31 de octubre del corriente en la Ciudad de Viedma, PROVINCIA de RÍO NEGRO.

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

Buenos Aires, 28 octubre de 2014

 

VISTO el Expediente Nº 293/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley N° 26.522, la Resolución DPSCA N° 108 de fecha 10 de octubre de 2014, y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 108 de fecha 10 de octubre de 2014 se convocó a Audiencia Pública Regional para el día 31 de octubre de 2014 a las 14.00 horas a realizarse en la Universidad Nacional del Comahue - Centro Regional Zona Atlántica-, sito en Monseñor Esandi y Ayacucho, Ciudad de Viedma, PROVINCIA DE RÍO NEGRO, con el objeto de evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en la Región patagonia, abarcando las provinciaS DE neuquén, río negro, santa cruz y chubUt, así como la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en dicha zona y a nivel nacional, como ser los derechos que involucran a niños, niñas y adolescentes; las representaciones de la niñez y la adolescencia en los medios de comunicación audiovisual; los abordajes mediáticos de los temas que involucran a niños, niñas y adolescentes; la expresión de la diversidad lingüística, cultural, social, económica, política, ideológica, etc. de niños, niñas y adolescentes; el desarrollo de experiencias comunicacionales que abren espacios para el ejercicio de la libertad de expresión de niños, niñas y adolescentes; las programaciones de los servicios de comunicación audiovisual de gestión pública, privada comercial y sin fines de lucro dirigidas a ese sector; la aplicación de lo establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual respecto al resguardo de niños, niñas y adolescentes en los servicios de comunicación audiovisual (Artículos 17, 68, 70, 71, 121, 149, 153, entre otros).

Que la citada Resolución dispuso que la Presidencia de la Audiencia será ejercida por la Licenciada Cynthia OTTAVIANO – D.N.I. 23.250.442 y, en caso de ausencia de la misma, por el Lic. José Luis FERRERO, D.N.I. 20.241.072.

Que en virtud de específicas razones de servicio se considera imprescindible delegar el ejercicio de la presidencia de la mencionada Audiencia Pública en la Dra. María CAPURRO ROBLES - D.N.I. 25.940.465, Subdirectora de Protección de Derechos dependiente de la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS.

Que en consecuencia procede emitir el dictado del acto administrativo pertinente.

Que la Dirección Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Deléguese en la Dra. María CAPURRO ROBLES - D.N.I. 25.940.465, Subdirectora de Protección de Derechos dependiente de la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS, el ejercicio de la presidencia de la Audiencia Pública Región Patagonia que fuera convocada mediante Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 108 de fecha 10 de octubre de 2014, a desarrollarse el día 31 de octubre del corriente en la Ciudad de Viedma, PROVINCIA de RÍO NEGRO.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese la presente Resolución a la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y, oportunamente archívese.

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