Resolución Nº 35/2017

Oportuna Rendición Perú - Exp. Nº 132/2017

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente N° 132/2017 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522, y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el VISTO se propicia el otorgamiento de los viáticos destinados a solventar los gastos que demandará la participación de la Dra. María Capurro Robles DNI N°: 25.940.465, Legajo N°: 4,Subdirectora de Protección de Derechos perteneciente a la DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS de esta Defensoría del Público, quien será expositora en el “Seminario Internacional Libertad de Expresión, Medios de Comunicación y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: priorizando marcos legales y políticas públicas” que se realizará en la sede de la Universidad de Lima del 2 al 4 de octubre en la ciudad de Lima, PERU. Que la Dra. Capurro expondrá sobre “Niños, niñas y adolescentes y medios audiovisuales: experiencias de participación y consulta en la protección de sus derechos”, en el panel “Promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en los medios: responsabilidades compartidas” y luego mantendrá reuniones con los especialistas convocados para esa jornada. Que el Seminario Internacional está organizado por la Red ANDI América Latina, el Consejo Consultivo de Radio y Televisión (CONCORTV) y UNESCO. En este Seminario participarán académicos/as, referentes de organizaciones y organismos de protección de derechos de toda América Latina y Europa, especialistas en medios de comunicación y derechos de la niñez y la adolescencia. Se trata por ello de una instancia relevante de debate a nivel regional de una temática que es prioritaria en las líneas de trabajo de esta Defensoría. Que en este marco, es relevante que la Defensoría haya sido convocada a exponer e intercambiar sobre el trabajo desarrollado por el organismo en materia de participación y protección de derechos. Asimismo, se procurará coordinar actividades sobre discriminación por motivos de género y violencia mediática, otra de las líneas de acción prioritarias del organismo. Que las actividades propuestas se enmarcan en las misiones y funciones que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26.522 y servirán para enriquecer la labor del Organismo y sus acciones futuras. Que esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados por organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudio e investigación u otras entidades de bien público en general. Que mediante Resolución N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, y su modificatoria, esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL estableció un Régimen de Viáticos para los traslados oficiales del personal de la misma, autorizando al entonces DEPARTAMENTO DE FINANZAS de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a realizar pagos de anticipos, previa aprobación de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN. Que en virtud del Articulo 4° inciso b) del Anexo I sobre Instructivo de Viáticos de la mencionada Resolución, el monto del viático a pagar fuera del país será estipulado en cada oportunidad por la Defensora mediante el acto administrativo correspondiente, en función de la actividad oficial a desarrollar. Que el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha tomado intervención de su competencia informando que existe disponibilidad financiera para afrontar el gasto requerido. Que a través del acta Nº 15 de fecha 29 de noviembre de 2016, de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN se autorizó a la Dra. María José Guembe, DNI Nº 21.797.909 a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de los recursos. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º de la Ley Nº 26.522 Por ello, LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Autorízase el pago de un anticipo de viáticos igual a PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500) y DÓLARES SEISCIENTOS (U$S 600) o su equivalente en moneda nacional para la cobertura de los viáticos que demande la concurrencia de la Dra. María Capurro Robles, DNI N° 25.94.0465, Legajo N° 4 Subdirectora de Protección de Derechos perteneciente a LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y ASUNTOS JURÍDICOS de esta Defensoría del Público, quien será expositora en el “Seminario Internacional Libertad de Expresión, Medios de Comunicación y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: priorizando marcos legales y políticas públicas” que se realizará en la sede de la Universidad de Lima del 2 al 4 de octubre en la ciudad de Lima, PERU, con cargo al fondo rotatorio en el SAF 346 de esta Defensoría. ARTÍCULO 2º: Ténganse por autorizados los gastos que demande la concurrencia citada en el artículo 1º. ARTÍCULO 3º: Remítase la presente a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para su correspondiente intervención. ARTÍCULO 4º: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N°
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