Resolución Nº 34/2017

Orden de Compra Abierta Marnie Travel - Exp. Nº 89/2016

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente Nº 89/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 80 de fecha 22 de junio de 2016, la Resolución DPSCA N° 122 de fecha 22 de septiembre de 2016 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la contratación del servicio de eventos y agencia de viajes para la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, dentro y/o fuera del país, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por el término de UN (1) año, con opción a prórroga, o hasta agotar la suma máxima establecida en la planilla de cotización para cada renglón. Que con fecha 22 de Septiembre de 2016 se adjudicó, mediante Resolución N° 122/2016, a la firma MARNIE TRAVEL S.R.L. (CUIT N° 30-61574711-0) los Renglones Nros. 1, 2, y 3, por un monto máximo de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA MIL ($ 1.660.000.-) y a la firma YMCA TURISMO S.A. (CUIT N° 33-70202964-9) el Renglón Nro. 4, por un monto máximo de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000.-). Que con fecha 28 y 29 de Septiembre de 2016 se notificaron las órdenes de compra N° 34/2016 y N° 35/2016 respectivamente. Que la Dirección de Administración informó que persiste la necesidad de contar con los servicios contratados oportunamente ya que se encuentran planificadas numerosas actividades que implican la contratación de pasajes y alojamientos, para el personal de este organismo e invitados, como también traslados de personas en vehículos con chofer. Que en tal sentido solicitó que se realice una prórroga, por el plazo de SEIS (6) meses, de la Orden de Compra N° 34/2016, para los renglones N° 1 y 2, y de la Orden de Compra N° 35/2016, correspondientes a las empresas MARNIE TRAVEL SRL e YMCA TURISMO S.A. respectivamente. Que finalmente dio cuenta de que todavía no se han agotado las cantidades máximas contratadas para tales renglones y el contrato original se encuentra vigente. Que la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, ha informado que existe crédito presupuestario suficiente. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Acta Nº 15 de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, de fecha 29 de noviembre de 2016, mediante la cual se autorizó a la Dra. María José GUEMBE a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de sus recursos. Por ello, LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Apruébase la prórroga por SEIS (6) meses de la Orden de Compra N° 34/2016 emitida a favor de la firma MARNIE TRAVEL S.R.L. (CUIT N° 30-61574711-0) para los Renglones N° 1 y N° 2, en los términos del artículo 12 inciso g) del Decreto Nº 1.023/2001 y del artículo 183 inciso b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013. ARTÍCULO 2º: Apruébase la prórroga por SEIS (6) meses de la Orden de Compra N° 35/2016, emitida a favor de la empresa YMCA TURISMO S.A. (CUIT N° 33-70202964-9), conforme los términos del artículo 12 inciso g) del Decreto Nº 1.023/2001 y del artículo 183 inciso b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013. ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias 379, 351 y 371 del Programa del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. ARTÍCULO 4°: Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a emitir y suscribir las respectivas órdenes de compra, en los términos dispuestos en el artículo 183 inciso b) apartado 5 del Anexo a la Resolución DPSCA N° 32/2013. ARTÍCULO 5°: Regístrese, notifíquese y pase a los DEPARTAMENTOS DE PRESUPUESTO y DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, ambos dependientes de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para la intervención de sus respectivas competencias, y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N°
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