Resolución Nº 24/2017

Déjese sin efecto Licitación Pública Nº 02/2016 - Exp. Nº 202/2015

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente N° 202/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 85 de fecha 12 de julio de 2016 y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 2/2016, enmarcada según lo previsto en los Artículos 25 inciso a) apartado 1 del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, que fuera aprobado por la Resolución DPSCA Nº 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la compra de UN (1) inmueble en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, con destino a sede principal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL. Que se efectuaron las invitaciones, difusión y publicidad establecidas en los Artículos 67, 73 y 76 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público. Que posteriormente fueron dictadas en tiempo y forma DOS (2) Circulares por medio de las cuales se prorrogó la fecha de apertura, siendo las mismas debidamente comunicadas, difundidas y publicadas de conformidad con lo establecido por el Artículo 79 de la reglamentación. Que el día 23 de agosto de 2017 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, del cual se desprende la presentación de DOS (2) propuestas correspondientes a la firmas SUIPACHA I.F.C. e I.S.A. (CUIT Nº 30-5379147-7) y CIGAM S.A. (CUIT Nº 30-65473618-5). Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN dejó constancia de las diversas gestiones realizadas por esta Defensoría del Público, con el objeto que la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO arbitrara los mecanismos necesarios para incorporar en la Decisión Administrativa de Distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional Ejercicio 2016, los fondos de afectación especifica remanentes del ejercicio 2015 de este SAF 346 Prog 36, correspondiente a lo recaudado en virtud del art. 97º inc. e) de la Ley 26.522, sin que fuera resuelto hasta la fecha a pesar de las distintas notas remitidas a distintos organismos nacionales. Que asimismo la precitada Dirección recomendó dejar sin efecto el procedimiento de contratación en su totalidad atento al tiempo transcurrido y toda vez que decidió incorporar en el cálculo de recursos elaborado para el presupuesto preliminar del ejercicio 2018 los fondos remanentes de ejercicios anteriores, procediendo a su vez a registrar como demanda de inversión 2018 en el BAPIN del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, el proyecto denominado “Adquisición, remodelación y equipamiento de un edificio para sede central de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual” Nº 104417. Que seguidamente la precitada área informa que la firma I.F.C.S.A. presentó nota manifestando su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de oferta efectuada oportunamente. Mientras que la oferta de la firma CIGAM excede ampliamente la tasación efectuada por el Tribunal de Tasaciones de la Nación. Que conforme lo previsto en el artículo 20 del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 y en el artículo 20 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de este organismo, se podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a través del Acta Nº 15 de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, de fecha 29 de noviembre de 2016; mediante dicho instrumento se autorizó a la Dra. María José GUEMBE a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de sus recursos. Por ello, LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Licitación Pública N° 2/2016, enmarcada según lo previsto en los Artículos 25 inciso a) apartado 1 del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, que fuera aprobado por la Resolución Nº 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la compra de UN (1) inmueble en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con destino a sede principal de DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL. ARTÍCULO 2°: Déjase sin efecto la Licitación Pública Nº 2/2016 por las razones esgrimidas en los considerandos de la presente medida y en virtud de lo establecido por el Artículo 20 del Anexo I de la Resolución DPSCA N° 32/2013 y artículo 20 del Decreto Delegado Nº 1.023/2001. ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N°
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