Resolución Nº 21/2017
Texto Completo
Buenos Aires,
VISTO el Expediente N° 107/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 37 de fecha 30 de abril de 2014 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita una modificación al Régimen de Viáticos aprobado por la Resolución DPSCA Nº 33/2013.
Que la SUBDIRECCIÓN DE LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, propicia modificar el inciso a) del artículo 4º del Anexo I de la Resolución DPSCA Nº 33/2013, actualizado por la Resolución DPSCA Nº 37/2014, incrementando el valor del monto diario de los viáticos a pagar dentro del país en un CUARENTA POR CIENTO (40%).
Que asimismo, la mencionada Subdirección informa que por cuestiones operativas resulta insuficiente el plazo establecido en el artículo 3º inciso b) del Anexo I de la Resolución ya citada, por lo que recomienda modificar el mismo pasando a ser de SIETE (7) días hábiles.
Que, a los fines de contribuir al efectivo cumplimiento de las misiones y funciones otorgadas a este organismo, resulta necesario actualizar el monto del viático diario otorgado al personal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL dentro del país y extender el plazo para su rendición.
Que por la Resolución DPSCA N° 128 de fecha 2 de noviembre de 2015 se modificó la estructura organizativa de eta Defensoría del Público y por la Resolución DPSCA Nº 116 de fecha 16 de septiembre de 2016, entre otras disposiciones, se sustituyó el DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA Y PATRIMONIO por el DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA.
Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha prestado su conformidad con respecto a la modificación propuesta.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a través del Acta Nº 15 de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, de fecha 29 de noviembre de 2016, por medio de la misma se autorizó a la Dra. María José GUEMBE a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de sus recursos.
Por ello,
LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Modifícase el inciso a) del Artículo 4 del Anexo I de la Resolución DPSCA Nº 33/2013, modificado por Resolución DPSCA N° 37/2014, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 4º: Monto de viáticos.
a) El monto del viático a pagar dentro del país será de PESOS MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400.-) por día.”
ARTÍCULO 2°: Modifícase el inciso b) del Artículo 3º del Anexo I de la Resolución DPSCA Nº 33/2013, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ b) Las rendiciones y/o reintegros de las mismas deberán presentarse en el Formulario de Rendición y/o Reintegro que obra como Anexo III de la presente, en un plazo no mayor a SIETE (7) días del regreso. En las rendiciones deberá constar el tiempo de duración, fechas de salidas y arribos y se deberá adjuntar los comprobantes fiscales de todos los gastos efectuados y de los traslados (boletos de pasaje y/o ticket de embarque). Las rendiciones serán presentadas con el conforme de la autoridad competente ante el DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA que verificará la validez de los comprobantes. Se deberá devolver ante el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA el total del saldo no gastado".
ARTÍCULO 3º: Sustitúyase en la parte pertinente de la Resolución DPSCA Nº 33/2013 y de la Resolución DPSCA Nº 37/2014 donde diga “DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA Y PATRIMONIO” deberá decir “DEPARTAMENTO DE CONTADURÍA” y donde diga “DEPARTAMENTO DE FINANZAS” deberá decir “DEPARTAMENTO DE TESORERÍA".
ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN N°
Descargar documentos
Compartir: