Resolución Nº 18/2017

Autoriza 2 º llamado Licitación Privada N º 1/2017 - Exp. N º 04/2017

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente N° 4/2017 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 6 de fecha 27 de enero de 2017 y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 1/2017, enmarcada según lo previsto en el Artículo 25 inciso c) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en los Artículos 56 inciso b) y 196 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la Contratación de un servicio de acarreo y guarda de un semirremolque denominado “Defensoría Móvil, propiedad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo de TRES (3) meses, con opción a prórroga por un período igual o inferior al inicial. Que se efectuaron las invitaciones, comunicaciones y difusión establecidas en los Artículos 68, 76 y 79 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público. Que el día 17 de febrero de 2017 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, del cual se desprende la presentación de UNA (1) propuesta correspondiente a la firma TRANSPORTE PUERTO NUEVO S.R.L. (CUIT Nº 30-65767733-3). Que la Comisión de Preadjudicaciones designada a tal efecto, dando cumplimiento a los Artículos 109, 110 y 111 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, emitió el día 20 de marzo de 2017 el Dictamen de Evaluación de Ofertas, el que tras la publicidad y difusión reglamentaria no recibió impugnaciones. Que en dicho Dictamen se recomienda desestimar la oferta presentada por la firma TRANSPORTES PUERTO NUEVO S.R.L. (CUIT N° 30-65767733-3) por no haber dado cumplimiento a lo establecido por el artículo 19 punto 3 incisos h) e i) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de esta Defensoría del Público y el Artículo 29 inciso b) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Que asimismo, se sugiere declarar fracasada la presente Licitación por no haber ofertas admisibles para la misma. Que la DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN, área requirente del procedimiento de selección en curso, manifiesta que persiste la necesidad que dio origen a la solicitud de la contratación, por lo que requiere realizar un segundo llamado. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Acta Nº 15 de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, de fecha 29 de noviembre de 2016, a través de la cual se autorizó a la Dra. María José GUEMBE a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de sus recursos. Por ello, LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Licitación Privada N° 1/2017, enmarcada según lo previsto en el Artículo 25 inciso c) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en los Artículos 56 inciso b) y 196 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la Contratación de un servicio de acarreo y guarda de un semirremolque denominado “Defensoría Móvil”, propiedad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo de TRES (3) meses, con opción a prórroga por un período igual o inferior. ARTÍCULO 2°: Desestímase la oferta presentada por la firma TRANSPORTES PUERTO NUEVO S.R.L. (CUIT N° 30-65767733-3), por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida. ARTÍCULO 3°: Declárase fracasada la Licitación Privada Nº 1/2017, por no haber ofertas admisibles para la misma. ARTÍCULO 4º: Autorízase el segundo llamado de la Licitación Privada N° 1/17, enmarcada según lo previsto en el Artículo 25 inciso c) del Decreto 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en los Artículos 56° inciso b) y 196 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios, que fuera aprobado por Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la Contratación de un servicio de acarreo y guarda de un semirremolque denominado “Defensoría Móvil”, propiedad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo de TRES (3) meses, con opción a prórroga por un período igual o inferior. ARTÍCULO 5°: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo se adjunta a la presente y que regirá el presente llamado. ARTÍCULO 6°: Autorízase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, dependiente de la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA – DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, a efectuar las invitaciones y difusión establecidas en el Artículo 67 y concordantes del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público. ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese. RESOLUCIÓN N°
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