Resolución N° 97/2016
Declaración de Interés del Congreso Internacional de Salud Mental y Sordera - Exp. N° 174/2016
Texto Completo
Buenos Aires,
VISTO el Expediente N° 174/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de declaración de interés del Congreso Internacional de Salud Mental y Sordera “Inclusión, el desafío que plantea el cambio de paradigma”, a llevarse a cabo en la Facultad de Psicología de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES los días 3, 4 y 5 de agosto de 2016.
Que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL participará en dicha actividad contando con un stand de difusión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522.
Que dicha participación es de relevancia debido al compromiso de este organismo con respecto a la accesibilidad en los medios de comunicación.
Que ese ámbito permitirá la difusión de la aludida Ley así como también profundizará el debate sobre otros temas de interés vinculados a las políticas públicas y privadas de inclusión.
Que este organismo tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados por organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudio e investigación u otras entidades de bien público en general.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Declárase de interés de esta Defensoría del Público el Congreso Internacional de Salud Mental y Sordera “Inclusión, el desafío que plantea el cambio de paradigma”, a desarrollarse en la Facultad de Psicología de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES los días 3, 4 y 5 de agosto de 2016.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN N°
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