Resolución N° 62/2015
Declaración de Interés
Se declara de interés para esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual el "Primer Congreso Internacional de Traducción Audiovisual" a desarrollarse en la Ciudad de Lima, República de Perú.
Texto Completo
Conclusión - Resolución
Buenos Aires, 29 de mayo de 2015
VISTO el Expediente N° 82/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de declaración de interés del PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL DE TRADUCCIÓN AUDIOVISUAL a llevarse a cabo en la CIUDAD DE LIMA, REPÚBLICA DEL PERÚ, los días 6 y 7 de junio de 2015.
Que la traducción audiovisual es un nuevo campo dentro de la traducción, respecto de la cual este organismo se encuentra llevando a cabo distintas líneas de acción sobre la accesibilidad a los servicios de comunicación audiovisual.
Que en el citado CONGRESO INTERNACIONAL DE TRADUCCIÓN AUDIOVISUAL, se abordarán temas vinculados al subtitulado para sordos y la audiodescripción, siendo estas áreas, junto con las que refieren al doblaje y los temas técnicos, de suma importancia para la formación como intérpretes en medios.
Que en ese sentido, a fin de procurar una mayor formación, la participación en estos espacios resulta esencial para transmitir y llevar adelante la tarea tanto de traductores como de formadores con mayor idoneidad y profesionalismo.
Que la asistencia de la DEFENSORÍA DE LA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en el mencionado evento, permitirá a sus representantes dar a conocer el trabajo llevado a cabo por este organismo en materia de accesibilidad, así como establecer propuestas para la elaboración de un protocolo a fin de introducir la interpretación en Lengua de Señas en los servicios de comunicación audiovisual.
Que en razón de ello, la presencia de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en tal encuentro internacional es de relevancia debido al compromiso del organismo con respecto a la accesibilidad en medios.
Que ese ámbito permitirá la difusión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, además del debate sobre otros temas de interés vinculados a la comunicación audiovisual, principios y derechos de la misma.
Que asimismo permitirá profundizar las políticas de fomento y promoción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados por organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudio e investigación u otras entidades de bien público en general.
Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la declaración de interés impulsada por el expediente mencionado en el VISTO.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL el PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL DE TRADUCCIÓN AUDIOVISUAL que se llevará a cabo en la CIUDAD DE LIMA, REPÚBLICA DEL PERÚ, los días 6 y 7 de junio de 2015.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN N° 62/2015