Disposición Nº 56/2017
Contratación servicio de mantenimiento edilicio - Exp. N º 25/2017
Texto Completo
Buenos Aires,
VISTO el Expediente Nº 25/2017 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Disposición N° 20 de fecha 7 de abril de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Contratación Directa N° 4/2017, enmarcada según lo previsto en el artículo 25 inciso d), apartado 1) del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y lo normado en el artículo 42 inciso 1) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de este organismo, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación de un servicio de mantenimiento edilicio integral, sin provisión de herramientas de mano y equipos necesarios para la realización de los trabajos, para el edificio sede de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, para el edificio Anexo Logístico y ocasionalmente en eventos promocionados por el organismo, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, según Especificaciones Técnicas.
Que se efectuaron las invitaciones, difusión y publicidad establecidas en los Artículos 71, 73 y 76 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.
Que el día 25 de abril de 2017 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, habiéndose presentado SEIS (6) propuestas correspondientes a los/las siguientes proveedores/as: ADRIANA ZACAÑINO (CUIT N° 27-10961704-6); BILBAO CONSTRUCCIONES DE JUAN GABRIEL BILBAO (CUIT N° 20-40695787-0); LIMPIEZA SANEAMIENTO AMBIENTAL LIMSA S.R.L. (CUIT N° 33-70739916-9); SIPEX INSTALACIONES S.R.L. (CUIT N° 30-71527644-1); IESE S.A. (CUIT N° 30-71068284-0) y SISTEMAS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL S.A. (CUIT N° 30-69692655-3).
Que al tomar intervención el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, recomendó adjudicar a la FIRMA LIMPIEZA SANEAMIENTO AMBIENTAL LIMSA S.R.L. el único Renglón que compone la presente contratación, por un monto total de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 48.398.-), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas y por ser económicamente conveniente.
Que asimismo el precitado Departamento sugirió desestimar las ofertas presentadas por ADRIANA ZACAÑINO; BILBAO CONSTRUCCIONES DE JUAN GABRIEL BILBAO; SIPEX INSTALACIONES S.R.L. y SISTEMAS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL S.A., todas ellas por no haber dado cumplimiento a lo requerido a través de las intimaciones cursadas a los fines de subsanar la falta de inscripción en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES y en virtud de lo establecido por el artículo 32 in fine del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013.
Que finalmente recomendó desestimar la oferta presentada por la firma IESE S.A. por no ser económicamente conveniente.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 25 inciso b) del Anexo I, Artículo 2° y su Anexo II de la Resolución DPSCA N° 32/2013 y por el Artículo 1° de la Resolución DPSCA N° 14 de fecha 11 de marzo de 2013, modificada por Resolución DPSCA N° 86 de fecha 14 de julio de 2016.
Por ello,
LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Contratación Directa N° 4/2017, enmarcada según lo previsto en el artículo 25 inciso d), apartado 1) del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y lo normado en el artículo 42 inciso 1) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la Contratación de un servicio de mantenimiento edilicio integral, sin provisión de herramientas de mano y equipos necesarios para la realización de los trabajos, para el edificio sede de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, para el edificio Anexo Logístico, y ocasionalmente en eventos promocionados por el organismo, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, según Especificaciones Técnicas; por el término de TRES (3) meses o hasta agotar la cantidad de horas máximas de servicios requeridos, con opción a prórroga por igual período.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase a la firma LIMPIEZA SANEAMIENTO AMBIENTAL LIMSA S.R.L. (CUIT N° 33-70739916-9) el único Renglón que compone la presente contratación, por un monto total de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 48.398.-), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas y ser económicamente conveniente.
ARTÍCULO 3°: Desestímase las ofertas presentadas por los/las proveedores/as ADRIANA ZACAÑINO (CUIT N° 27-10961704-6); BILBAO CONSTRUCCIONES DE JUAN GABRIEL BILBAO (CUIT N° 20-40695787-0); SIPEX INSTALACIONES S.R.L. (CUIT N° 30-71527644-1) y SISTEMAS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL S.A. (CUIT N° 30-69692655-3) todas ellas, por las razones esgrimidas en los considerandos de la presente medida y en virtud de los establecido por el artículo 32 in fine del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013.
ARTÍCULO 4°: Desestímase la oferta presentada por la firma IESE S.A. (CUIT N° 30-71068284-0) por no ser económicamente conveniente.
ARTÍCULO 5°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del Programa del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
ARTÍCULO 6°: Procédase a emitir y suscribir la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.
DISPOSICIÓN N°
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