Respeto de los derechos de niños, niñas y adolescentes en coberturas periodísticas

Ante los recientes acontecimientos relacionados a la muerte de una adolescente, la Defensoría del Público recuerda la cobertura responsable de los medios audiovisuales enmarcada en el cumplimiento de la LSCA y el respeto de niñas, niños y adolescentes.

A raíz de los reclamos recibidos en los últimas horas que manifiestan preocupación por la cobertura de la muerte de la adolescente Leonela, la Defensoría del Público recuerda a quienes trabajan en los medios de comunicación audiovisual la obligación que existe, de acuerdo con Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y otras normas incorporadas a ella, de realizar una cobertura respetuosa de los derechos, antes que una mediatización sensacionalista y espectacularizante de lo sucedido.

La Defensoría recuerda en este sentido:

  • Es prioritario evitar la estigmatización de la víctima, en particular cuando se trata de una adolescente y de su entorno.
  • Tal como señalan la Organización Mundial de la Salud y otros organismos especializados, resulta sumamente importante a la hora de informar sobre suicidios, evitar detalles y especificaciones, dado el efecto imitativo de las conductas nocivas que se informan.
  • Es prioritario procurar un abordaje riguroso, no basado en conjeturas o supuestos, sino en fuentes pertinentes y especializadas, y brindar información socialmente relevante, orientadora y preventiva a la población, en particular para aquellas personas de la audiencia que puedan encontrase en situación de vulnerabilidad.
  • Se recuerda la necesidad imperiosa de respetar la vida privada de las personas, en especial si son niñas, niños y adolescentes, como en este caso, y de su entorno, para evitar que la cobertura les provoque un mayor sufrimiento.
  • Las coberturas deben ser respetuosas de los derechos de niñas, niños y adolescentes que establecen la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, especialmente: a) El derecho al interés superior; b) El derecho a la dignidad y a la integridad personal; c) El derecho a la vida privada e intimidad familiar; d) El derecho a la dignidad; e) El derecho a opinar y ser oído.

Esta recomendación alude a niñas, niños y adolescentes en tanto protagonistas de los casos como así también en calidad de audiencias de los servicios de comunicación audiovisual.

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