Disposición N° 28/ 2013

Oportuna rendición Encuentro de Formación de Formadores, Chaco

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

                                                                                                      Buenos Aires, 07 Noviembre de 2013

 

         VISTO el Expediente Nº 204/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 31  de fecha 24 de mayo de 2013 y,

 

            CONSIDERANDO

          Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la solicitud de Fondos de Oportuna Rendición efectuadas por el DIRECTOR DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL para atender los gastos necesarios para llevar a cabo El Primer Encuentro de Formación de Formadores que se realizará en la ciudad de Chaco, PROVINCIA DE CHACO, los días 8  y 9 de noviembre de 2013.

           Que del encuentro participarán integrantes de distintas organizaciones que integran la Coalición por una Comunicación Democrática de la PROVINCIA DE CHACO.

            Que este primer encuentro tendrá como propósito conocer a las personas que integran el equipo de formación de formadores, sintetizar los principios que guían la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, establecer cuáles son los derechos de las audiencias y analizar aquellos artículos que se refieren a las audiencias como sujetos de derechos.

Que mediante el Artículo 19 inc. d) de la Ley N° 26.522 se faculta a esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a convocar a las organizaciones intermedias públicas y privadas, centros de estudios e investigación u otras entidades de bien público en general, para crear un ámbito participativo de debate permanente sobre el desarrollo y funcionamiento de los medios de comunicación.

Que en virtud de ello, esta Defensoría tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados al efecto.

Que los Fondos de Oportuna Rendición otorgados por la presente se sustentan en que la urgencia y distancia de la actividad institucional a desarrollarse en la PROVINCIA DE CHACO, no admiten la demora o complejidad de un trámite administrativo corriente de contratación.

Que mediante Resolución N° 31 de fecha 31 de mayo de 2013 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL se aprobó la reglamentación del Régimen de Fondos de Oportuna Rendición, disponiendo que los mismos comprenden la provisión de una suma de dinero especial y excepcional a un/a funcionario/a formalmente autorizado/a con cargo de rendir cuenta en virtud de la organización de una actividad institucional o gestión de un servicio institucional a más de 50 km de la sede de la Defensoría y que sólo podrán ser aplicados a transacciones de contado/efectivo, cuya urgencia o distancia no admita la demora o complejidad de un trámite administrativo corriente de contratación.

           Que en consecuencia, a fin de que la aludida Defensoría pueda cumplir con las funciones que le fueron asignadas corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

Que la Dirección Legal y Técnica de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL ha tomado la intervención que le compete.

           Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° del Anexo III de la Resolución DPSCA N° 31/2013.

            Por ello,

                                     LA DIRECTORA DE  ADMINISTRACIÓN

                                                             DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Otórgase la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 7.900.-) al Sr. Ernesto LAMAS, Leg. Nº 12, DIRECTOR DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en concepto de Fondos de Oportuna Rendición, a fin de atender los gastos necesarios para llevar a cabo El Primer Encuentro de Formación de Formadores que se realizará en la ciudad de Chaco, PROVINCIA DE CHACO, los días 8  y 9 de noviembre de 2013.

ARTÍCULO 2°:  Remítase la presente al DEPARTAMENTO DE FINANZAS de esta DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para su correspondiente intervención.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, notifíquese la presente al Director de Capacitación y Promoción de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y oportunamente archívese.

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