Disposición Nº 98/2017

Prórroga contratación mantenimiento edilicio - Exp. Nº 25/2017

Texto Completo

Buenos Aires, VISTO el Expediente Nº 25/2017 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Disposición N° 56 de fecha 14 de junio de 2017, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la contratación de un servicio de mantenimiento edilicio integral, sin provisión de herramientas de mano y equipos necesarios para la realización de los trabajos, para el edificio sede de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, para el edificio Anexo Logístico, y ocasionalmente en eventos promocionados por el organismo, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, según Especificaciones Técnicas, por el término de TRES (3) meses o hasta agotar la cantidad de horas máximas de servicios requeridos, con opción a prórroga por igual período. Que en tal sentido, con fecha 14 de junio de 2017 se adjudicó, mediante Disposición N° 56/2017, a la EMPRESA SANEAMIENTO AMBIENTAL LIMSA S.R.L. (CUIT 33-70739916-9) la presente contratación por un monto total de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 48.398.-), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente, notificándose con fecha 21 de junio de 2017 la Orden de Compra N° 21/2017. Que el DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO EDILICIO Y SERVICIOS GENERALES, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, solicitó se haga uso de la opción a prórroga prevista contractualmente. Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES informa que el contrato de marras se encuentra vigente toda vez que no se han cumplido los TRES (3) de vigencia, ni se han agotado las cantidades máximas contratadas, Que la SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, ha dado cuenta de la existencia de crédito presupuestario suficiente. Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia. Que ésta autoridad resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud del principio de paralelismo de las competencia y de las formas y conforme lo establecido por el Artículo 25 inciso b) del Anexo a la Resolución DPSCA N° 32/2013. Por ello, LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN DISPONE: ARTÍCULO 1º: Apruébase la prórroga por TRES (3) meses de la Orden de Compra N° 21/2017 emitida a favor de la empresa SANEAMIENTO AMBIENTAL LIMSA S.R.L. (CUIT 33-70739916-9), en los términos del Artículo 12 inciso g) del Decreto Nº 1.023/2001 y del artículo 183 inciso b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013. ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas presupuestarias 331 del Programa del SAF 346 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. ARTÍCULO 3°: Regístrese, notifíquese y pase a los DEPARTAMENTOS DE PRESUPUESTO y DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, ambos dependientes de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para la intervención de sus competencias, y oportunamente archívese. DISPOSICIÓN N°
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