Disposición N° 7/ 2013

Oportuna rendición filmación de la presentación de la Defensoría

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

                                                                                                       Buenos Aires, 14 agosto de 2013                             

                                   

          VISTO el Expediente Nº 91/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 31  de fecha 24 de mayo de 2013 y,

 

            CONSIDERANDO

           Que por el Expediente citado en el VISTO tramitan las solicitudes de Fondos de Oportuna Rendición efectuadas por el Director de Comunicación y Relaciones Internacionales, Ceremonial y Protocolo de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO para atender los gastos operativos necesarios para la llevar a cabo la filmación de la presentación de la Defensoría, en la Ciudad d eMar del Plata, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el día 16 de agosto de 2013.

            Que los Fondos de Oportuna Rendición otorgados por la presente se sustentan en que la urgencia y distancia de la actividad institucional a desarrollarse en la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, no admiten la demora o complejidad de un trámite administrativo corriente de contratación.

    Que mediante Resolución N° 31 de fecha 24 de mayo de 2013 de esta Defensoría del Público se aprobó la reglamentación del Régimen de Fondos de Oportuna Rendición, disponiendo que los mismos comprenden la provisión de una suma de dinero especial y excepcional a un/a funcionario/a formalmente autorizado/a con cargo de rendir cuenta en virtud de la organización de una actividad institucional o gestión de un servicio institucional a más de CINCUENTA (50) km de la sede de la Defensoría y que sólo podrán ser aplicados a transacciones de contado/efectivo, cuya urgencia o distancia no admita la demora o complejidad de un trámite administrativo corriente de contratación.

            Que por otra parte se destaca que el Anexo II de la Resolución de esta Defensoría del Público Nº 31/2013, relativo al régimen de Cajas Chicas, en el Artículo 5 dispone que con la Caja Chica no podrán rendirse consumos realizados a más de CINCUENTA (50) km de la sede de esta Defensoría.   

            Que en consecuencia corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

Que la Dirección Legal y Técnica de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL ha tomado la intervención que le compete.

            Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° del Anexo III de la Resolución DPSCA N° 31/2013.

            Por ello,

                                      LA DIRECTORA DE  ADMINISTRACIÓN

                                                              DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Otórgase la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) al Lic. Alberto Emilio RECANATINI MÉNDEZ, Leg. Nº 37, Director de Comunicación y Relaciones Institucionales, Ceremonial y Protocolo de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en concepto de Fondos de Oportuna Rendición, a fin de atender

los gastos oerativos necesarios para llevar a cabo la  filmación de la presentación de la Defensoría, en la Ciudad d eMar del Plata, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el día 16 de agosto de 2013.

ARTÍCULO 2°: Remítase la presente al DEPARTAMENTO DE FINANZAS de esta DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN para su correspondiente intervención.

ARTÌCULO 3º:  Regístrese, notifíquese la presente a los Directores de Comunicación y Relaciones Institucionales, Ceremonial, Protocolo y de Capacitación y Promoción de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y oportunamente archívese.

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