Disposición N° 38/2016

Contratación Directa para traslado de artículos de promoción

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

VISTO el Expediente Nº 51/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Contratación Directa N° 5/2016, enmarcada según lo previsto en el artículo 25 inciso d), apartado 1) del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha  13 de agosto de 2001 y lo normado en el artículo 42 inciso 1) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de carga, traslado, descarga, armado y desarmado de artículos de promoción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, dentro del territorio nacional, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo máximo de OCHO (8) meses.

Que se efectuaron las invitaciones, difusión y publicidad establecidas en los Artículos 71, 73 y 76 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.

Que el día 14 de abril de 2016 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, presentándose TRES (3) propuestas correspondientes a las siguientes firmas: VALLE JULIÁN ESTEBAN (CUIT N° 20-25249257-8), PERDIGÓN CARRIL RAÚL PEDRO (CUIT N° 20-26558533-8), y VÍA CARGO S.A. (CUIT N° 33-71104306-9).

Que al tomar intervención el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES recomendó adjudicar a VALLE JULIÁN ESTEBAN (CUIT N° 20-25249257-8), por  un monto total de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE ($ 128.129) por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

Que al mismo tiempo recomendó desestimar las ofertas presentadas por VÍA CARGO S.A.  (CUIT N° 33-71104306-9) en virtud de lo dispuesto en el artículo 102, inciso k) del Reglamento de Compras y Contrataciones de esta Defensoría del Público, por haber omitido en la planilla de cotización presentada el precio unitario y cierto para cada renglón no permitiendo una exacta comparación con las demás ofertas, entendiéndose ello como un error u omisión esencial; y PERDIGÓN CARRIL RAÚL PEDRO (CUIT N° 20-26558533-8) por resultar excesivamente onerosa para este organismo.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° de la Resolución DPSCA N° 32/2013, por el Artículo 25 inciso b) del Anexo I y por el  Anexo II de la precitada norma.

 

Por ello,

LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Contratación Directa N° 5/2016, enmarcada según lo previsto en el artículo 25 inciso d), apartado 1) del Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha  13 de agosto de 2001 y lo normado en el artículo 42 inciso 1) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, aprobado por la Resolución N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de carga, traslado, descarga, armado y desarmado de artículos de promoción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, dentro del territorio nacional, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo máximo de OCHO (8) meses.

ARTÍCULO 2°: Desestímanse las ofertas de las firmas VÍA CARGO S.A.  (CUIT N° 33-71104306-9) y PERDIGÓN CARRIL RAÚL PEDRO (CUIT N° 20-26558533-8), por las razones esgrimidas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°: Adjudícase a la firma VALLE JULIÁN ESTEBAN (CUIT N° 20-25249257-8) la presente contratación, por  un monto total de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE ($ 128.129), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y ser económicamente conveniente.

ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas del Programa 36 del SAF 346 de la Jurisdicción 1 – PODER LEGISLATIVO NACIONAL.

ARTÍCULO 5°: Procédase a emitir y suscribir la Orden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

DISPOSICIÓN N°38/2016

 

 

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