Resolución Nº 110 /2013

Modificación presupuestaria

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

Buenos Aires, 12 noviembre de 2013

 

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, las Decisiones Administrativas N° 10 de fecha 19 de febrero de 2013 de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Resolución Presidencial de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación N° 310 de fecha 16 de mayo de 2013, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.522 creó la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, encontrándose dentro de sus misiones y funciones la de atender las consultas, denuncias y reclamos del público de los servicios de comunicación audiovisual.

Que mediante Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de febrero de 2013 de Jefatura de Gabinete DE MINISTROS se modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional, incorporando a la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL como Programa TREINTA Y CINCO (35) del Sistema Administrativo Financiero TRESCIENTOS TRECE (313) de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.

Que encontrándose implementado el Servicio Administrativo Financiero TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) propio de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y dentro del mismo el Programa TREINTA Y SEIS (36), a través de la Resolución Presidencial N° 310 de fecha 16 de mayo de 2013 de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, se modificó el Presupuesto General de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN a los efectos de que el Servicio Administrativo Financiero TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL pueda contar con los créditos que le corresponden.

Que en virtud del análisis realizado sobre el crédito disponible resulta necesario realizar una modificación presupuestaria dentro del Programa TREINTA Y SEIS (36) del Servicio Administrativo Financiero TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) a los fines de adecuar el mismo a las necesidades de gestión de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 34 de la Ley Nº 24.156, Artículo 19 y 20 de la Ley N° 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 01 – Poder Legislativo Nacional, Servicio Administrativo Financiero 346 – Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente Artículo que forma parte integrante del mismo.

Artículo 2°: Remítase copia certificada de la presente a la Oficina Nacional de Presupuesto.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, y oportunamente archívese.

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