Resolución N° 89/2015

Declaración de Interés de la "11°Asamblea Mundial de la Asociación..."

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Conclusión - Resolución

Buenos Aires, 04 de agosto de 2015

 

VISTO el Expediente N° 127/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, los Artículos 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y,

 

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de declaración de interés de la onceava asamblea mundial de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) bajo el lema “Radios Comunitarias, reenmarcando y reconciliando un mundo de dualidades” que se llevará a cabo en la Ciudad de Acra, REPÚBLICA DE GHANA, entre los días 10 y 14 de agosto de 2015.

 Que tal evento es organizado por la Asociación Mundial de Radios Comunitarias para fortalecer la capacidad de la radio comunitaria en su respuesta a las múltiples dualidades, por lo que estará centrado en los siguientes temas: Radio Comunitaria, seguridad holística y desarrollo sostenible; Radio Comunitaria, cultura y seguridad identitaria; y Radio Comunitaria, conflicto y seguridad institucional.

Que según consta en la carta de invitación que cursara AMARC, “Sabemos de la principal atención que la Defensoría tiene respecto de los medios comunitarios, sin fines de lucro, de pueblos originarios, campesinos, escolares y medios ciudadanos en general. Es por ello que apreciaríamos que la Defensoría del Público pueda participar de AMARC11 para compartir con las socias de la red información sobre sus tareas y conocer materiales publicados por la institución referidos a buenas prácticas, derechos de las audiencias, guías y leyes de comunicación”.

Que la presencia de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL en tal encuentro internacional es de relevancia dado que puede aportar lo solicitado por la ASOCIACIÓN MUNDIAL DE RADIOS COMUNITARIAS.

Que ese ámbito permitiría la difusión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, además del debate sobre otros temas de interés vinculados a la comunicación audiovisual, principios y derechos de la misma.

Que asimismo se profundizarían las políticas de fomento y promoción de la precitada normativa.

Que esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene como objetivo promover la Ley Nº 26.522, sus principios y los derechos del público a través de espacios de participación convocados por organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudio e investigación u otras entidades de bien público en general.

            Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la declaración de interés impulsada por el expediente mencionado en el VISTO.

            Que mediante Resolución N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL estableció un Régimen de Viáticos para los traslados oficiales del personal de la misma, autorizando al Departamento de Finanzas de la Dirección de Administración a realizar pagos de anticipos, previa aprobación de la Dirección de Administración.

            Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

            Que el DEPARTAMENTO DE FINANZAS, dependiente de la precitada Dirección, ha informado la existencia de crédito presupuestario suficiente para la entrega del anticipo de viáticos solicitado.

            Que en virtud del Articulo 4° inciso b) del Anexo I de la Resolución N° 33 de fecha 24 de mayo de 2013, el monto del viático a pagar fuera del país será estipulado en cada oportunidad por la Defensora mediante el acto administrativo correspondiente, en función de la actividad oficial a desarrollar.

            Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el precitado Artículo, por el Artículo 20º de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

                             AUDIOVISUAL

         RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés de esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, la onceava asamblea mundial de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) bajo el lema “Radios Comunitarias, reenmarcando y reconciliando un mundo de dualidades” que se llevará a cabo en la Ciudad de Acra, REPÚBLICA DE GHANA, entre los días 10 y 14 de agosto de 2015.

Artículo 2º: Autorízase el pago de un anticipo de viáticos igual a DÓLARES TRESCIENTOS CINCUENTA  (U$S 350.-) y PESOS MIL ($1.000.-) en moneda nacional para la cobertura de los viáticos que demanden la asistencia del representante de esta Defensoría del Público de servicios de comunicación audiovisual, Sr. Ernesto LAMAS, en su carácter de Director de Capacitación y Promoción de este organismo.

Artículo 3º: Regístrese, difúndase en la página web del Organismo, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 89/2015

 

 

 

 

 

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