Resolución N° 87/2015

Aprueba lo actuado Concurso Público N° 1/2015

Texto Completo

Conclusión - Resolución

Buenos Aires,    24 de julio de 2015.

 

VISTO el Expediente Nº 34/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA N° 33 de fecha 16 de marzo de 2015  y,

 

CONSIDERANDO:

            Que por el Expediente citado en el VISTO tramita el Concurso Público N° 1/2015, enmarcado según lo previsto en el Artículo 25 inciso a) apartado 2) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y en el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de agencia de viajes institucionales para personal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y terceros, dentro y fuera del país, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por el período de UN (1) año, con opción a prórroga.

Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones, se efectuaron las invitaciones y difusión establecida en el Artículo 67 y concordantes del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.

Que el día 21 de abril de 2015 se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, del cual se desprende la presentación de TRES (3) propuestas, correspondientes a las firmas TURICENTRO VIAJES S.A. (CUIT N° 30-56207462-3); YMCA TURISMO S.A. (CUIT N° 33-70202964-9) y MARNIE TRAVEL S.R.L. (CUIT N° 30-61574711-0).

Que la Comisión de Preadjudicación designada a tal efecto, dando cumplimiento a los Artículos 109, 110 y 111 de la mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, ha emitido el correspondiente Dictamen de Evaluación de Ofertas el día 8 de julio de 2015, el que tras efectuada la comunicación y publicidad reglamentaria no recibiera impugnaciones.

Que en dicho Dictamen se recomienda otorgar el primer orden de mérito a la oferta de la firma YMCA TURISMO S.A. (CUIT N° 33-70202964-9) para los Renglones Nros. 1, 2, 3, y 4, por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas y haber obtenido el puntaje más alto en la matriz de evaluación de oferentes.

Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 25 inciso b) del Reglamento aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013 y Artículo 2° y Anexo II de la precitada Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013.

 

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN

AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado para el Concurso Público N° 1/2015, enmarcado según lo previsto en el Artículo 25 inciso a) apartado 2) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y en el Artículo 56 inciso c) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de agencia de viajes institucionales para personal de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y terceros, dentro y fuera del país, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por el período de UN (1) año.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase a la firma YMCA TURISMO S.A. (CUIT N° 33-70202964-9) los Renglones Nros. 1, 2, 3 y 4 de la contratación de que se trata, por el plazo de UN (1) año o hasta agotar la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($ 2.150.000.), por cumplir en un todo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas, y por haber obtenido el puntaje más alto en la matriz de evaluación de oferentes.

ARTÍCULO 3°.- El gasto derivado del cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a emitir y suscribir la Orden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 87/2015

 

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