Resolución N° 80 /2014

Audiencia pública- delegación Presidencia- Región NOA

 

La Defensora delega al Licenciado José Luís FERRERO, Jefe del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARÍA GENERAL, el ejercicio de la presidencia de la Audiencia Pública Regional que fuera convocada mediante Resolución de esta Defensoría N° 72 /2014,  a desarrollarse el día 15 de agosto de 2014 en la Ciudad San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA.

Texto Completo

Conclusión - Resolución

 

Buenos Aires, 13 agosto de 2014

 

VISTO el Expediente Nº 198/2014 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley N° 26.522, la Resolución DPSCA N° 72 de fecha 24 de julio de 2014, y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 72 de fecha 24 de julio de 2014 se convocó a Audiencia Pública Regional de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL para el día 15 de agosto de 2014 a las 13.00 horas a realizarse en el Predio Ferial Catamarca, ubicado en la calle México s/n, de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA, con el objeto de evaluar el adecuado funcionamiento de los medios de radiodifusión en la Región NOROESTE (noa), abarcando las provinciaS DE LA RIOJA, CATAMARCA, JUJUY, SALTA, TUCUMÁN y SANTIAGO DEL ESTERO, así como la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en dicha zona y a nivel nacional, como ser los derechos que involucran a niños, niñas y adolescentes; las representaciones de la niñez y la adolescencia en los medios de comunicación audiovisual; los abordajes mediáticos de los temas que involucran a niños, niñas y adolescentes; la expresión de la diversidad lingüística, cultural, social, económica, política, ideológica, etc. de niños, niñas y adolescentes; el desarrollo de experiencias comunicacionales que abren espacios para el ejercicio de la libertad de expresión de niños, niñas y adolescentes; las programaciones de los servicios de comunicación audiovisual de gestión pública, privada comercial y sin fines de lucro dirigidas a ese sector; la aplicación de lo establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual respecto al resguardo de niños, niñas y adolescentes en los servicios de comunicación audiovisual (Artículos 17, 68, 70, 71, 121, 149, 153, entre otros).

Que en la citada Resolución dispuso que la Presidencia de la Audiencia será ejercida por la Licenciada Cynthia OTTAVIANO – D.N.I. 23.250.442.

Que en virtud de específicas razones de servicio se considera imprescindible delegar el ejercicio de la presidencia de la mencionada Audiencia Pública en el Licenciado José Luis FERRERO - D.N.I. 20.241.072, Jefe del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARÍA GENERAL.

Que en consecuencia procede emitir el dictado del acto administrativo pertinente.

Que la Dirección Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19 y 20 de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012.

Por ello,

LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Deléguese en el Licenciado José Luis FERRERO, D.N.I. 20.241.072, Jefe del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SECRETARÍA GENERAL, el ejercicio de la presidencia de la Audiencia Pública Regional que fuera convocada mediante Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 72 de fecha 24 de julio de 2014, a desarrollarse el día 15 de agosto de 2014 en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese la presente Resolución a la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.

Descargar documentos
bursa escort görükle escort
bursa escort görükle escort bayan
bursa escort bursa escort bursa escort bursa escort bursa escort alanya escort bayan antalya escort eskişehir escort mersin escort alanya escort bayan bodrum escort bayan havalimanı transfer