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resolucion_7.pdf [2]
Subtítulo:
Déjese sin efecto Licitación Privada Nº 6/2017 - Exp. Nº 192/2016
Tipo de multimedia:
Ninguno
Número / Año:
7:
2017
Tipo:
Resolución [3]
Categorías:
Texto completo:
Buenos Aires,
VISTO el Expediente N° 192/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 6/2016, enmarcada según lo previsto en los Artículos 25 inciso c) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 56 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL N° 32 de fecha 24 de mayo de 2013, tendiente a la contratación del servicio de auditoría de medios y envío de audio y videos a realizar por LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo de SEIS (6) meses, según especificaciones técnicas.
Que se efectuaron las invitaciones, publicidad y difusión establecidas en los Artículos 68, 73 y 76 del mencionado Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.
Que el día 18 de octubre de 2016 a las 12 horas se celebró el Acto de Apertura de Ofertas, del cual se desprende la presentación de DOS (2) propuestas correspondientes a las siguientes firmas: EJES S.A. (CUIT Nº 33-66341994-9) y ALMACLIP S.R.L. (CUIT Nº 33-71139654-9).
Que con posterioridad la DIRECIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL, en su carácter de área requirente de la Licitación en curso, solicitó dejar sin efecto el procedimiento de contratación en su totalidad por razones operativas.
Que la COMISIÓN DE PREADJUDICACIONES tomó conocimiento de las actuaciones.
Que conforme lo previsto en el artículo 20 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013 y el artículo 41 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que a través del Acta Nº 15 de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, de fecha 29 de noviembre de 2016, se autorizó a la Dra. María José GUEMBE a ejercer la titularidad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a los efectos de cumplimentar los actos conservatorios que conciernen al funcionamiento de la institución y a la preservación de sus recursos.
Que en razón de lo expuesto, corresponde emitir el presente acto administrativo, en orden a lo dispuesto por el artículo 11° inciso g) del Decreto Delegado N° 1.023/2001 y por el artículo 11 inciso g) del Anexo a la Resolución DPSCA N° 32/2013 y en uso de las facultades conferidas por el Acta N° 15 e la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN, de fecha 29 de noviembre de 2016.
Por ello,
LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado para la Licitación Privada N° 6/2016, enmarcada según lo previsto en los Artículos 25 inciso c) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 56 inciso b) del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios aprobado por la Resolución DPSCA N° 32/2013, tendiente a la contratación del servicio de auditoría de medios y envío de audio y videos a realizar por LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, por un plazo de SEIS (6) meses, según especificaciones técnicas.
ARTÍCULO 2°: Dejase sin efecto la Licitación Privada Nº 6/2016, en virtud de lo declarado por el área requirente, conforme lo dispuesto por los Artículos 11 inciso g) y 20 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de este organismo.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese y pase al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para la intervención de su competencia, y oportunamente archívese.
RESOLUCIÓN N°