Se aprueba la designación de agentes titulares y suplentes de la Defensoría, quienes integrarán la Comisión de Preadjudicaciones de Compras y contrataciones.
Buenos Aires, 27 junio de 2013
VISTO el Expediente Nº 92/2013 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley N° 26.522, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de Resolución por el cual se designa a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Comisión de Recepción de esta DEFENSORÍA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Artículo 98 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público, creado mediante Resolución Nº 32 de fecha 24 de mayo de 2013 se dispuso que la designación de los integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones de las Ofertas, así como los respectivos suplentes,deberán ser designados mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, con la única limitación de que esa designación no deberá recaer en quienes tuvieran competencia para autorizar la convocatoria o para aprobar el procedimiento.
Que asimismo dispone el Artículo 99 que la Comisión de Preadjudicaciones deberá estar integrada por TRES (3) miembros y DOS (2) suplentes: 1) El responsable del DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES o quien siga en la jerarquía superior, siempre y cuando dicho funcionario no intervenga como autoridad de adjudicación; 2) el titular de la Unidad Requirente o el funcionario en quién aquél delegue esa facultad; y 3) Un funcionario designado por el Organismo.
Que aclara dicho Artículo que los funcionarios que cumplan estas tareas sin perjuicio de las que cumpla en su destino natural, no percibirán remuneración adicional por el ejercicio de tal función.
Que conforme lo autoriza el Artículo 98 del mencionado Reglamento, cuando se tratare de contrataciones para cuya apreciación se requieran conocimientos técnicos o especializados o bien para garantizar la correcta apreciación de criterios de sustentabilidad, la Comisión de Preadjudicaciones podrá requerir la intervención de peritos técnicos o solicitar informes a instituciones estatales o privadas con tales conocimientos específicos.
Que por otra parte, y con relación a la Comisión de Recepción, mediante los Artículos 168 y 169 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público se dispuso que la designación de sus integrantes, así como de los respectivos suplentes, deberá realizarse mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad competente para autorizar la convocatoria.
Que asimismo deberá estar integrada por TRES (3) miembros y DOS (2) suplentes.
Que en consecuencia corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
Que la DIRECCION LEGAL Y TECNICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley Nº 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, Expediente Nº 3933-S-2012 y 7764-D-2012.
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establécese que la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, se hallará integrada por: a) el titular del Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría del Público; b) el titular de la Unidad Requirente; c) el agente perteneciente a la SECRETARÍA GENERAL de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, Señor José FERRERO (DNI Nº20.241.072).
ARTÍCULO 2°: Establécese como miembros suplentes de la Comisión de Preadjudicaciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL a: a) el agente Cristian Ezequiel ORPHANOS (DNI N° 30.220.220) perteneciente a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría del Público; b) el titular del Departamento de GESTIÓN DEL EMPLEO Y SERVICIOS GENERALES dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría del Público.
ARTÍCULO 3°: Establécese que la Comisión de Recepción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, se hallará integrada por: a) el titular del Departamento de Gestión del Empleo y de los Servicios Generales dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría del Público; b) el titular de la Unidad Requirente; c) el agente perteneciente a la SECRETARÍA GENERAL de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, Señor José FERRERO (DNI Nº 20.241.072).
ARTÍCULO 4°: Establécese como miembros suplentes de la Comisión de Recepción de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a: a) el titular de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de esta Defensoría del Público; b) un agente perteneciente a la Unidad Requirente designado por el titular de la misma.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, y oportunamente archívese.