Se autoriza la modificación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, a los fines de adecuar el crédito disponible a las necesidades de gestión de esta Defensoría.
Buenos Aires, 07 noviembre de 2014
VISTO el Expediente N° 356/2014, la Ley 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, las Decisiones Administrativas N° 1 de fecha 3 de enero de 2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014 de Jefatura de Gabinete DE MINISTROS se realizó la distribución de créditos de acuerdo a los estipulado en el Artículo N° 5 de la Ley 26.895.
Que en la planilla anexa al Artículo N° 1 se encuentra la distribución de los créditos del Programa TREINTA Y SEIS (36) del Servicio Administrativo Financiero TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que resulta necesario realizar una modificación presupuestaria dentro del total de créditos asignados al Programa TREINTA Y SEIS (36) del Servicio Administrativo Financiero TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS (346) a los fines de adecuar el crédito disponible a las necesidades de gestión de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA ha tomado la intervención de su competencia, señalando que "esta Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, con ámbito de actuación en el Congreso de la Nación conforme Artículo 20 de la Ley N° 26.522, se rige por las disposiciones de los Artículos N° 34 de la Ley 24.156, N° 3° de la Ley N° 11.672 y N° 16 de la Ley 16.432, encontrándose entonces la Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual facultada a reajustar los créditos de su presupuesto por ser la máxima autoridad de este Organismo, con la limitación que sean dentro del total de créditos presupuestarios".
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 26.522 y la Resolución Conjunta de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES y la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de fecha 14 de noviembre de 2012, expedientes Nº 3933-S-2012 y Nº 7764-D-2012, y Artículos 34 de la Ley N° 24.156 y N° 3 de la Ley N° 11.672
Por ello,
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 01 – Poder Legislativo Nacional, Servicio Administrativo Financiero 346 – Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente Artículo que forma parte integrante del mismo.
Artículo 2°: Remítase copia certificada de la presente a la Oficina Nacional de Presupuesto.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, y oportunamente archívese.
ANEXO: ver PDF